B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20231031-2)
Convocatoria proceso selectivo – Orden 2527/2023, de 5 de octubre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, se convocan pruebas selectivas para el acceso, por el sistema general de acceso libre, a plazas de carácter laboral de la categoría profesional de Titulado Superior, Especialidad de Psicología General Sanitaria (Grupo I, Nivel 9, Área D) de la Comunidad de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 259
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 31 DE OCTUBRE DE 2023
Pág. 13
BASES ESPECÍFICAS
Primera
Normas generales
1. Se convocan dos procesos selectivos para el acceso a la categoría profesional de
Titulado Superior, Especialidad de Psicología General Sanitaria (Grupo I, Nivel 9, Área D)
de la Comunidad de Madrid, uno para la cobertura de doce (12) plazas por el sistema de acceso libre y otro para cubrir nueve (9) plazas por el sistema de promoción interna.
Del total de las doce plazas convocadas por el sistema de acceso libre, diez (10) corresponden a la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2020, aprobada mediante Decreto 123/2020, de 29 de diciembre y dos (2) a la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2021, aprobada por Decreto 241/2021, de 22 de
diciembre.
El total de las nueve (9) plazas convocadas por el sistema de promoción interna, corresponden a la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2020,
aprobada mediante Decreto 123/2020, de 29 de diciembre.
2. De conformidad con la normativa vigente relativa al acceso de las personas con
discapacidad a la Administración Pública, para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, y siempre que se cumplan los requisitos que, a tal efecto, se establecen en dicha normativa, se reserva una (1) plaza del total de las convocadas por el turno libre y una (1) plaza del total de
las convocadas por el turno de promoción interna. Las plazas reservadas para el cupo de discapacidad se acumularán a las del turno libre o promoción interna, en caso de no haber personas aspirantes aprobadas por cada uno de dichos cupos.
3. El proceso selectivo del turno de promoción interna se convoca de forma independiente al de acceso por el turno libre y finalizará antes que este último.
Segunda
1. Para ser admitidas y, en su caso, tomar parte en las pruebas selectivas bastará con
que las personas aspirantes manifiesten en sus solicitudes de participación que reúnen, además de los requisitos que se recogen en la base sexta.1 de la Orden 913/2019, de 26 de marzo, de la entonces Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, por
la que se aprueban las bases generales por las que se regirán las convocatorias de procesos selectivos de personal laboral de nuevo ingreso al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 79, de 3 de abril),
estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes alguna de las siguientes titulaciones:
— Licenciatura en Psicología o Grado en Psicología y Máster en Psicología General
Sanitaria.
— Título de Licenciado en Psicología General Sanitaria certificado de habilitación
expedido por el órgano competente en materia de sanidad para realizar en cualquier comunidad autónoma y en las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla actividades sanitarias en unidades/consultas de psicología autorizadas.
— Título de Psicólogo Especialista en la especialidad de Psicología Clínica expedido
por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá acreditarse su homologación por el Ministerio competente en materia.
En el caso de que las plazas incluidas en esta convocatoria implicaran contacto habitual con menores, las personas aspirantes no podrán haber sido condenadas por sentencia
firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, conforme a lo dispuesto en el
artículo 57.1 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de enero, de protección integral a la infancia
y adolescencia frente a la violencia.
Las personas participantes cuya nacionalidad sea distinta de la española, además de no
haber sido condenados por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual en España,
no podrán haberlo sido en su país de origen o de donde sean nacionales, respecto de los delitos relacionados en el apartado 1 del artículo 3 del Real Decreto 1110/2015, de 11 de diciembre, por el que se regula el Registro Central de Delincuentes Sexuales.
BOCM-20231031-2
Personas aspirantes
B.O.C.M. Núm. 259
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 31 DE OCTUBRE DE 2023
Pág. 13
BASES ESPECÍFICAS
Primera
Normas generales
1. Se convocan dos procesos selectivos para el acceso a la categoría profesional de
Titulado Superior, Especialidad de Psicología General Sanitaria (Grupo I, Nivel 9, Área D)
de la Comunidad de Madrid, uno para la cobertura de doce (12) plazas por el sistema de acceso libre y otro para cubrir nueve (9) plazas por el sistema de promoción interna.
Del total de las doce plazas convocadas por el sistema de acceso libre, diez (10) corresponden a la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2020, aprobada mediante Decreto 123/2020, de 29 de diciembre y dos (2) a la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2021, aprobada por Decreto 241/2021, de 22 de
diciembre.
El total de las nueve (9) plazas convocadas por el sistema de promoción interna, corresponden a la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2020,
aprobada mediante Decreto 123/2020, de 29 de diciembre.
2. De conformidad con la normativa vigente relativa al acceso de las personas con
discapacidad a la Administración Pública, para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, y siempre que se cumplan los requisitos que, a tal efecto, se establecen en dicha normativa, se reserva una (1) plaza del total de las convocadas por el turno libre y una (1) plaza del total de
las convocadas por el turno de promoción interna. Las plazas reservadas para el cupo de discapacidad se acumularán a las del turno libre o promoción interna, en caso de no haber personas aspirantes aprobadas por cada uno de dichos cupos.
3. El proceso selectivo del turno de promoción interna se convoca de forma independiente al de acceso por el turno libre y finalizará antes que este último.
Segunda
1. Para ser admitidas y, en su caso, tomar parte en las pruebas selectivas bastará con
que las personas aspirantes manifiesten en sus solicitudes de participación que reúnen, además de los requisitos que se recogen en la base sexta.1 de la Orden 913/2019, de 26 de marzo, de la entonces Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, por
la que se aprueban las bases generales por las que se regirán las convocatorias de procesos selectivos de personal laboral de nuevo ingreso al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 79, de 3 de abril),
estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes alguna de las siguientes titulaciones:
— Licenciatura en Psicología o Grado en Psicología y Máster en Psicología General
Sanitaria.
— Título de Licenciado en Psicología General Sanitaria certificado de habilitación
expedido por el órgano competente en materia de sanidad para realizar en cualquier comunidad autónoma y en las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla actividades sanitarias en unidades/consultas de psicología autorizadas.
— Título de Psicólogo Especialista en la especialidad de Psicología Clínica expedido
por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá acreditarse su homologación por el Ministerio competente en materia.
En el caso de que las plazas incluidas en esta convocatoria implicaran contacto habitual con menores, las personas aspirantes no podrán haber sido condenadas por sentencia
firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, conforme a lo dispuesto en el
artículo 57.1 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de enero, de protección integral a la infancia
y adolescencia frente a la violencia.
Las personas participantes cuya nacionalidad sea distinta de la española, además de no
haber sido condenados por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual en España,
no podrán haberlo sido en su país de origen o de donde sean nacionales, respecto de los delitos relacionados en el apartado 1 del artículo 3 del Real Decreto 1110/2015, de 11 de diciembre, por el que se regula el Registro Central de Delincuentes Sexuales.
BOCM-20231031-2
Personas aspirantes