D) Anuncios - CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS (BOCM-20231031-20)
Convenio –  Convenio de 13 de octubre de 2023, entre la Comunidad de Madrid (a través de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras) y el Ayuntamiento de Alcorcón, en virtud del cual se instrumenta la concesión directa de una subvención para la prestación de servicios de oficina de rehabilitación y para la ejecución de actuaciones de urbanización, reurbanización y mejora del entorno físico en el entorno residencial de rehabilitación programada de “Hogar 68, Virgen de Icíar, Universidad Popular, Torres Bellas y San José de Valderas”, en el municipio de Alcorcón, y se definen las obligaciones del Ayuntamiento de Alcorcón, como entidad colaboradora, dentro del Programa 1 del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, y en el Marco de C02.I01 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea, Next-Generation-EU
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 259

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 31 DE OCTUBRE DE 2023

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y en ejercicio de las competencias que a dichos órganos se confieren en el artículo 129 del
Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión.
2. El Ayuntamiento de Alcorcón autoriza de forma expresamente el acceso a la información contenida en el Registro de Titularidades Reales previsto en la Orden
JUS/319/2018, de 21 de marzo, por la que se aprueban los nuevos modelos para la presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales de los sujetos obligados a su publicación, y la cesión de información al Sistema de Fondos Europeos, a efectos de cumplir con
lo previsto en el artículo 22.2.d) del Reglamento (UE) 2021/241, y de su inclusión en una
base de datos única a efectos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
3. La Consejería con competencia en materia de vivienda aplicará la normativa
(europea, estatal y autonómica) referente a los conflictos de intereses. En particular, el artículo 53 del Real Decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público relativo a los principios
éticos, los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del
Sector Público, que regulan la obligación de abstención, así como la posibilidad de ser recusados por los interesados por esas mismas causas, y, entre otras, la Ley 19/2013, de 9 de
diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
4. Todos los intervinientes en las diferentes fases del procedimiento de concesión de
estas ayudas, así como los destinatarios últimos de las ayudas concedidas a actuaciones de
mejora y rehabilitación, quedan obligados a la firma de la declaración de ausencia de conflictos de intereses (DACI) incorporadas, como anexos al presente convenio.
5. Se ponen a disposición de los beneficiarios y solicitantes de ayudas los siguientes
canales de comunicación para informar de sospechas de fraude en la gestión y otorgamiento de ayudas:
— Canal de denuncias Infofraude de la Intervención General de la Administración
del Estado:
https://www.igae.pap.hacienda.gob.es/sitios/igae/es-ES/Paginas/denan.aspx
— Canal de sugerencias y quejas a través del Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid:
https://www.comunidad.madrid/transparencia/presentacion-sugerenciasyquejasadministracion-general-comunidad-madrid-resumen-y-presentacion
Decimonovena
Control de las ayudas
1. El presente convenio se regulará en materia de fiscalización y control, por lo dispuesto en el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas
urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Igualmente será de aplicación, las disposiciones relativas al programa 1 del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se
regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
2. El Ayuntamiento de Alcorcón se compromete a suministrar toda la información
necesaria para que la Comunidad de Madrid pueda cumplir con los compromisos adquiridos con el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana mediante la firma del
Acuerdo número 10 de Comisión Bilateral, de fecha 28 de noviembre de 2022.
3. Al objeto de garantizar la imparcialidad en el procedimiento de concesión de las
ayudas, los participantes en el proceso de preparación, elaboración y tramitación de las ayudas deberán cumplimentar la Declaración de Ausencia de Conflicto de Intereses, que se adjunta como Anexo I al presente convenio.

Principio de no causar perjuicio significativo al medio ambiente (DNSH) y etiquetado
climático
El principio DNSH acompañará a todas las fases de diseño, ejecución y justificación de
las actuaciones subvencionadas, y su incumplimiento podrá dar lugar al reintegro de la ayuda.
En cumplimiento del artículo 11 del Real Decreto 853/2021, el proyecto de las actuaciones incluirá un estudio de gestión de residuos de construcción y demolición que se desarrollará posteriormente en el plan de gestión de residuos de construcción y demolición,

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