D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20231030-49)
Convenio – Convenio de 13 de octubre de 2023, de colaboración entre la Comunidad de Madrid y La Académie de France á Madrid (Casa de Velázquez), para el desarrollo de una residencia artística de investigación en la disciplina de coreografía
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BOCM
Pág. 284
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 30 DE OCTUBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 258
confirmado— afianzar sus orientaciones de trabajo y experimentar vías nuevas, a través de
una oferta de residencias, desde unos meses hasta un año.
VI. Que, dentro de las citadas residencias, la casa de Velázquez realiza una convocatoria para otorgar una residencia de artística de un mes de duración, a un artista en el ámbito de la coreografía, por lo que la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte considera
conveniente la colaboración entre la Casa de Velázquez y la Comunidad de Madrid para la
realización esa residencia artística.
VII. Que para la consecución de los referidos fines ambas partes acuerdan, a los efectos oportunos y de conformidad con la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público, suscribir un convenio de colaboración sujeto a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto del convenio
El objeto del presente convenio es el de establecer las condiciones de colaboración entre la
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de la Comunidad de Madrid y la Casa de Velázquez,
para el desarrollo de una residencia de investigación en la disciplina de coreografía.
Segunda
Obligaciones de Casa de Velázquez
1. Seleccionar al adjudicatario o adjudicataria de una residencia de investigación artística en la especialidad de Coreografía, convocada por la Casa de Velázquez, de un mes
de duración, a desarrollar entre los meses de febrero y marzo de 2024.
2. Gestionar, con el adjudicatario o adjudicataria de la Residencia de Investigación
artística, así como con las administraciones públicas titulares, la utilización de los espacios
adecuados para la realización de las actividades, así como los medios técnicos, materiales
y humanos que resulten necesarios para la buena marcha de las mismas.
3. Responsabilizarse del buen uso del espacio para la residencia artística coreográfica, en lo concerniente al mobiliario y al inmueble, así como de las zonas e instalaciones comunes y de acceso.
Tercera
Obligaciones de la Comunidad de Madrid
La Comunidad de Madrid, a través de la Dirección General de Promoción Cultural de
la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, facilitará el desarrollo de esta residencia artística de investigación en el Centro Coreográfico Canal, para el desarrollo del trabajo de
investigación relativo a la creación coreográfica, según la convocatoria realizada por la
Casa de Velázquez.
Cuarta
Condiciones económicas
Este convenio está exento de cualquier contraprestación económica por cualquiera de
las partes firmantes.
Quinta
Se creará una comisión mixta paritaria de vigilancia, control y seguimiento que resolverá los problemas de interpretación y cumplimiento que pudieran plantearse, con el fin de
adecuarse a las diversas circunstancias imprevistas que se pudieran producir.
El funcionamiento de dicha Comisión Mixta, se regulará por lo dispuesto en los artículos 15 a 18 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Dicha comisión estará integrada por dos representantes de la Asociación y dos representantes de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte.
BOCM-20231030-49
Comisión de seguimiento
Pág. 284
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 30 DE OCTUBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 258
confirmado— afianzar sus orientaciones de trabajo y experimentar vías nuevas, a través de
una oferta de residencias, desde unos meses hasta un año.
VI. Que, dentro de las citadas residencias, la casa de Velázquez realiza una convocatoria para otorgar una residencia de artística de un mes de duración, a un artista en el ámbito de la coreografía, por lo que la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte considera
conveniente la colaboración entre la Casa de Velázquez y la Comunidad de Madrid para la
realización esa residencia artística.
VII. Que para la consecución de los referidos fines ambas partes acuerdan, a los efectos oportunos y de conformidad con la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público, suscribir un convenio de colaboración sujeto a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto del convenio
El objeto del presente convenio es el de establecer las condiciones de colaboración entre la
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de la Comunidad de Madrid y la Casa de Velázquez,
para el desarrollo de una residencia de investigación en la disciplina de coreografía.
Segunda
Obligaciones de Casa de Velázquez
1. Seleccionar al adjudicatario o adjudicataria de una residencia de investigación artística en la especialidad de Coreografía, convocada por la Casa de Velázquez, de un mes
de duración, a desarrollar entre los meses de febrero y marzo de 2024.
2. Gestionar, con el adjudicatario o adjudicataria de la Residencia de Investigación
artística, así como con las administraciones públicas titulares, la utilización de los espacios
adecuados para la realización de las actividades, así como los medios técnicos, materiales
y humanos que resulten necesarios para la buena marcha de las mismas.
3. Responsabilizarse del buen uso del espacio para la residencia artística coreográfica, en lo concerniente al mobiliario y al inmueble, así como de las zonas e instalaciones comunes y de acceso.
Tercera
Obligaciones de la Comunidad de Madrid
La Comunidad de Madrid, a través de la Dirección General de Promoción Cultural de
la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, facilitará el desarrollo de esta residencia artística de investigación en el Centro Coreográfico Canal, para el desarrollo del trabajo de
investigación relativo a la creación coreográfica, según la convocatoria realizada por la
Casa de Velázquez.
Cuarta
Condiciones económicas
Este convenio está exento de cualquier contraprestación económica por cualquiera de
las partes firmantes.
Quinta
Se creará una comisión mixta paritaria de vigilancia, control y seguimiento que resolverá los problemas de interpretación y cumplimiento que pudieran plantearse, con el fin de
adecuarse a las diversas circunstancias imprevistas que se pudieran producir.
El funcionamiento de dicha Comisión Mixta, se regulará por lo dispuesto en los artículos 15 a 18 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Dicha comisión estará integrada por dos representantes de la Asociación y dos representantes de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte.
BOCM-20231030-49
Comisión de seguimiento