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Convenio – Adenda de 17 de octubre de 2023, de modificación del convenio entre la Comunidad de Madrid, Madrid Destino Cultura, Turismo y Negocio, S. A., e IFEMA Madrid para la promoción internacional de Madrid como destino turístico
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BOCM
Pág. 288
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 30 DE OCTUBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 258
equipo recogidos en la tabla 4 de dicho Anexo, sin que estas modificaciones suponga una
modificación de las aportaciones económicas al Convenio por ninguna de las partes firmantes, lo que conlleva la modificación del apartado 3 de la cláusula cuarta y penúltimo párrafo del punto 1.2 de la cláusula quinta.
IV. Que la estipulación décima del Convenio establece que, en cualquier momento
anterior a la finalización de su vigencia, el mismo podría ser modificado mediante acuerdo
expreso de los firmantes que deberá efectuarse en un nuevo documento suscrito por ambas
partes de acuerdo con el artículo 49.g) de la Ley 40/2015 de 1 de octubre de régimen jurídico del sector público.
De conformidad con lo expuesto las partes acuerdan suscribir la presente Adenda de
modificación del convenio entre la Comunidad de Madrid, Madrid Destino Cultura, Turismo y Negocio, S. A. e IFEMA Madrid para la promoción internacional de Madrid como
destino turístico.
ESTIPULACIONES
Primera
Se modifica el apartado 3 de la cláusula cuarta del convenio entre la Comunidad de
Madrid, Madrid Destino Cultura y Turismo y Negocio, S. A., e IFEMA Madrid para la promoción internacional de Madrid como destino turístico, suscrito el 21 de octubre de 2022,
quedando redactada de la siguiente forma:
“La cuantificación económica de las actuaciones a desarrollar por IFEMA Madrid en
los tres años de vigencia del Convenio se eleva a la cantidad de 2.400.000 euros (dos millones cuatrocientos mil euros) y corresponde al 50 % de los costes de los recursos señalados en el Anexo III”.
Segunda
Se modifica el penúltimo párrafo del punto 1.2 de la cláusula quinta del convenio entre
la Comunidad de Madrid, Madrid Destino Cultura y Turismo y Negocio, S. A., e IFEMA
Madrid para la promoción internacional de Madrid como destino turístico, suscrito el 21 de
octubre de 2022 quedando redactado de la siguiente forma:
“En caso de que la justificación anual de las actividades previstas en el presente convenio resultara inferior a la aportación económica realizada en cada ejercicio por la Comunidad de Madrid, la cantidad no utilizada se acumulará a la aportación del ejercicio posterior para ser utilizada en los mismos términos. Los gastos a justificar en cada anualidad
serán los realizados hasta 31 de diciembre. Si a la finalización de 2024 las aportaciones de
la Comunidad de Madrid realizadas a IFEMA Madrid no se hubiesen justificado en su totalidad, dicho remanente se reintegrará a la Comunidad de Madrid”.
Tercera
BOCM-20231030-50
Se modifica el Anexo III del Convenio entre la Comunidad de Madrid, Madrid Destino Cultura y Turismo y Negocio, S. A., e IFEMA Madrid para la promoción internacional
de Madrid como destino turístico, suscrito el 21 de octubre de 2022 quedando redactado de
la siguiente forma:
Pág. 288
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 30 DE OCTUBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 258
equipo recogidos en la tabla 4 de dicho Anexo, sin que estas modificaciones suponga una
modificación de las aportaciones económicas al Convenio por ninguna de las partes firmantes, lo que conlleva la modificación del apartado 3 de la cláusula cuarta y penúltimo párrafo del punto 1.2 de la cláusula quinta.
IV. Que la estipulación décima del Convenio establece que, en cualquier momento
anterior a la finalización de su vigencia, el mismo podría ser modificado mediante acuerdo
expreso de los firmantes que deberá efectuarse en un nuevo documento suscrito por ambas
partes de acuerdo con el artículo 49.g) de la Ley 40/2015 de 1 de octubre de régimen jurídico del sector público.
De conformidad con lo expuesto las partes acuerdan suscribir la presente Adenda de
modificación del convenio entre la Comunidad de Madrid, Madrid Destino Cultura, Turismo y Negocio, S. A. e IFEMA Madrid para la promoción internacional de Madrid como
destino turístico.
ESTIPULACIONES
Primera
Se modifica el apartado 3 de la cláusula cuarta del convenio entre la Comunidad de
Madrid, Madrid Destino Cultura y Turismo y Negocio, S. A., e IFEMA Madrid para la promoción internacional de Madrid como destino turístico, suscrito el 21 de octubre de 2022,
quedando redactada de la siguiente forma:
“La cuantificación económica de las actuaciones a desarrollar por IFEMA Madrid en
los tres años de vigencia del Convenio se eleva a la cantidad de 2.400.000 euros (dos millones cuatrocientos mil euros) y corresponde al 50 % de los costes de los recursos señalados en el Anexo III”.
Segunda
Se modifica el penúltimo párrafo del punto 1.2 de la cláusula quinta del convenio entre
la Comunidad de Madrid, Madrid Destino Cultura y Turismo y Negocio, S. A., e IFEMA
Madrid para la promoción internacional de Madrid como destino turístico, suscrito el 21 de
octubre de 2022 quedando redactado de la siguiente forma:
“En caso de que la justificación anual de las actividades previstas en el presente convenio resultara inferior a la aportación económica realizada en cada ejercicio por la Comunidad de Madrid, la cantidad no utilizada se acumulará a la aportación del ejercicio posterior para ser utilizada en los mismos términos. Los gastos a justificar en cada anualidad
serán los realizados hasta 31 de diciembre. Si a la finalización de 2024 las aportaciones de
la Comunidad de Madrid realizadas a IFEMA Madrid no se hubiesen justificado en su totalidad, dicho remanente se reintegrará a la Comunidad de Madrid”.
Tercera
BOCM-20231030-50
Se modifica el Anexo III del Convenio entre la Comunidad de Madrid, Madrid Destino Cultura y Turismo y Negocio, S. A., e IFEMA Madrid para la promoción internacional
de Madrid como destino turístico, suscrito el 21 de octubre de 2022 quedando redactado de
la siguiente forma: