Madrid (BOCM-20231027-46)
Régimen económico. Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias. Régimen económico. Ordenanzas fiscales
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 256

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 27 DE OCTUBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 256

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
46

MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO

La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en sesión celebrada el 26 de octubre
de 2023, ha aprobado los proyectos iniciales de las siguientes ordenanzas fiscales:
— Ordenanza por la que se modifica la Ordenanza Fiscal 13/2021, de 29 de diciembre, General de Gestión, Recaudación e Inspección.
— Ordenanza por la que se modifica la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por
Derechos de Examen.
— Ordenanza por la que se suprime la Tasa por la Prestación de Servicios Docentes
en los cursos de promoción o ascenso para funcionarios de los Cuerpos de Policía
Local y se deroga la Ordenanza Fiscal reguladora de la misma.
— Ordenanza por la que se modifica la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por
Utilización Privativa y Aprovechamientos Especiales constituidos en el Suelo,
Subsuelo o Vuelo de la vía pública a favor de Empresas Explotadoras de Servicios
de Suministros y se deroga la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Utilización Privativa y Aprovechamientos Especiales constituidos en el Suelo, Subsuelo
o Vuelo de la vía pública a favor de Empresas Titulares de Redes o Recursos de
Telecomunicaciones Fijas.
— Ordenanza por la que se modifica la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por
Expedición de Documentos Administrativos, la Ordenanza Fiscal reguladora de la
Tasa por Prestación de Servicios relacionados con licencias, autorizaciones y
otros documentos administrativos de autotaxis y la Ordenanza Fiscal reguladora
de las Tasas del Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
— Ordenanza por la que se modifica la Ordenanza reguladora de los Precios Públicos
por la Prestación de Servicios o la Realización de Actividades.
— Ordenanza por la que se modifica la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
— Ordenanza por la que se modifica la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Actividades Económicas.
— Ordenanza por la que se modifica la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.
— Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y
Obras.
— Ordenanza por la que se modifica la Ordenanza Fiscal reguladora de las Tasas por
Servicios y Actividades relacionados con el Medio Ambiente.
— Ordenanza por la que se modifica la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por
Utilización Privativa o Aprovechamiento Especial del Dominio Público Local.
— Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Prestación de Servicios Urbanísticos.
Igualmente ha acordado la apertura de un período de información pública durante un
plazo de treinta días naturales.
Lo que se hace público al objeto de que cuantas personas se consideren interesadas
puedan examinar los expedientes durante el indicado plazo de treinta días naturales, que comenzará a contar desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo establecido en el artículo 48 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid.
Asimismo, dentro del referido plazo, podrán formular por escrito las alegaciones que
consideren oportunas, dirigidas a la Oficina de la Secretaría de la Junta de Gobierno y presentarlas en cualquier registro del Ayuntamiento de Madrid o de cualquier otra forma admitida por el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

BOCM-20231027-46

Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias