C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20231027-22)
Crédito presupuestario subvenciones –  Orden 3154/2023, de 25 de octubre, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se amplía la cuantía del crédito de la Orden 2411/2023, de 26 de julio, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se convocan para 2023 subvenciones destinadas a la realización de programas de interés general considerados de interés social, con cargo a los presupuestos generales de la Comunidad de Madrid, al 0,7 por 100 del rendimiento de los impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas y de Sociedades y al Plan Corresponsables, en el ámbito de la Comunidad de Madrid
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 256

VIERNES 27 DE OCTUBRE DE 2023

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2.o Sublínea 2. Innovación, promoción y apoyo a la autonomía de las personas mayores, en áreas de atención no atendida por otros servicios: 391.522,53 euros.
f) Línea F. Promoción de la acción voluntaria: 915.145,69 euros.
g) Línea G. Inserción social en determinados ámbitos: 5.682.780,43 euros.
1.o Sublínea 1. Jóvenes: 1.126.659,39 euros.
2.o Sublínea 2. Personas con VIH-SIDA: 668.738,77 euros.
3.o Sublínea 3. Personas inmigrantes: 2.929.354,53 euros.
4.o Sublínea 4. Personas drogodependientes: 406.123,19 euros.
5.o Sublínea 5. Pueblo gitano: 406.040,41 euros
6.o Sublínea 6. Población de territorios de Cañada Real y asentamientos en entornos chabolistas: 145.864,14 euros.
h) Línea H. Plan Corresponsables: 5.000.000 euros.
Segundo
Publicación
Publicar, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, la presente orden por
la que se declara la ampliación del importe del crédito presupuestario disponible para atender
las obligaciones de contenido económico derivadas de la concesión de subvenciones destinadas a la realización de programas de interés general considerados de interés social, con cargo
a los presupuestos generales de la Comunidad de Madrid, al 0,7 por 100 del rendimiento de
los impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas y de Sociedades y al Plan Corresponsables, en el ámbito de la Comunidad de Madrid, con cargo al presupuesto vigente.
Tercero
Recursos administrativos
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, en el
plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de la misma en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID o, directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, sin perjuicio de cuantos otros estime oportuno deducir.
Cuarto
Efectos
La presente orden producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 25 de octubre de 2023.
La Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales,
ANA DÁVILA-PONCE DE LEÓN MUNICIO

BOCM-20231027-22

(03/18.039/23)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791