B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20231027-4)
Convocatoria proceso selectivo – Orden 2562/2023, de 16 de octubre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan dos procesos selectivos, uno por el sistema general de acceso libre y otro por el sistema de promoción interna, para el acceso a plazas de carácter laboral de la categoría profesional de Diplomado en Enfermería Especialista, Especialidad Enfermería Geriátrica (Grupo II, Nivel 8, Área D) de la Comunidad de Madrid
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 256
VIERNES 27 DE OCTUBRE DE 2023
Pág. 41
ANEXO I
PROCESO SELECTIVO DE ACCESO LIBRE
Primero
Sistema de selección
1. El sistema selectivo será el de oposición.
2. El desarrollo de la fase de oposición se regirá por lo dispuesto en la base decimosegunda de la Orden 913/2019, de 26 de marzo, y por el programa que figura como
Anexo III de la presente convocatoria y estará integrada por los ejercicios que a continuación se indican, todos y cada uno de ellos de carácter obligatorio y eliminatorio.
2.1 Primer ejercicio: consistirá en contestar por escrito un cuestionario tipo test propuesto por el Tribunal, compuesto por ochenta (80) preguntas, más cinco (5) adicionales de
reserva que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las anteriores y que estarán distribuidas de forma equilibrada entre los distintos temas que integran el programa de
esta convocatoria, de acuerdo con la siguiente distribución:
— Las primeras diez (10) preguntas versarán sobre el temario general del programa.
— Las restantes setenta (70) preguntas versarán sobre el temario específico del programa.
Para cada pregunta se propondrán cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de
ellas la correcta. Cada pregunta contestada correctamente se valorará en positivo, la pregunta no contestada, es decir, que figuren las cuatro letras en blanco o con más de una opción de
respuesta, no tendrá valoración, y la pregunta con contestación errónea se penalizará con la
tercera parte del valor asignado a la contestación correcta.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de ochenta y cinco minutos.
2.2. Segundo ejercicio: las personas aspirantes, en un tiempo máximo de dos horas,
deberán desarrollar por escrito dos (2) supuestos prácticos propuestos por el Tribunal, de
entre los que componen el temario específico recogido en el Anexo III de esta convocatoria, pudiendo acudir a su realización con la documentación y el material que el Tribunal pudiera, en su caso, estimar oportuno a tal efecto y que se indicará en el momento de convocar el presente ejercicio.
El ejercicio será leído por las personas aspirantes en sesión pública ante el Tribunal,
que valorará la capacidad para aplicar los conocimientos a las situaciones prácticas que se
planteen en los supuestos a realizar, así como la amplitud de dichos conocimientos, el rigor
analítico, la claridad y el orden de ideas y la calidad de la expresión escrita, así como su forma de presentación y exposición, pudiendo iniciar el Tribunal a continuación de esta lectura un diálogo con cada aspirante durante un plazo máximo de quince minutos.
Los ejercicios escritos lo estarán de tal modo que permitan su lectura a cualquier
miembro del Tribunal calificador, evitando la utilización de abreviaturas o signos no usuales en el lenguaje escrito.
Segundo
1. Para la calificación de los ejercicios de la oposición, el Tribunal calificador se
ajustará a lo previsto en la base decimotercera de la Orden 913/2019, de 26 de marzo y a lo
establecido en la presente base.
2. Los ejercicios de la oposición se calificarán de la siguiente forma:
2.1. Primer ejercicio: se calificará de cero (0) a cuarenta (40) puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de veinte (20) puntos.
2.2. Segundo ejercicio: cada uno de los supuestos se calificará de cero (0) a treinta
(30) puntos, y será necesario para superar el ejercicio obtener un mínimo de quince (15)
puntos en cada supuesto.
La calificación final de este ejercicio será determinada mediante la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los supuestos, siendo necesario para superarlo obtener
un mínimo de treinta (30) puntos.
3. En cuanto a la calificación final, el Tribunal se ajustará a lo previsto en la base decimocuarta de la Orden 913/2019, de 26 de marzo, viniendo determinado el orden de las
personas aspirantes por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios que conforman la oposición, debiendo ser ordenados desde la mayor a la menor de aquellas puntua-
BOCM-20231027-4
Calificación de la oposición
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 256
VIERNES 27 DE OCTUBRE DE 2023
Pág. 41
ANEXO I
PROCESO SELECTIVO DE ACCESO LIBRE
Primero
Sistema de selección
1. El sistema selectivo será el de oposición.
2. El desarrollo de la fase de oposición se regirá por lo dispuesto en la base decimosegunda de la Orden 913/2019, de 26 de marzo, y por el programa que figura como
Anexo III de la presente convocatoria y estará integrada por los ejercicios que a continuación se indican, todos y cada uno de ellos de carácter obligatorio y eliminatorio.
2.1 Primer ejercicio: consistirá en contestar por escrito un cuestionario tipo test propuesto por el Tribunal, compuesto por ochenta (80) preguntas, más cinco (5) adicionales de
reserva que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las anteriores y que estarán distribuidas de forma equilibrada entre los distintos temas que integran el programa de
esta convocatoria, de acuerdo con la siguiente distribución:
— Las primeras diez (10) preguntas versarán sobre el temario general del programa.
— Las restantes setenta (70) preguntas versarán sobre el temario específico del programa.
Para cada pregunta se propondrán cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de
ellas la correcta. Cada pregunta contestada correctamente se valorará en positivo, la pregunta no contestada, es decir, que figuren las cuatro letras en blanco o con más de una opción de
respuesta, no tendrá valoración, y la pregunta con contestación errónea se penalizará con la
tercera parte del valor asignado a la contestación correcta.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de ochenta y cinco minutos.
2.2. Segundo ejercicio: las personas aspirantes, en un tiempo máximo de dos horas,
deberán desarrollar por escrito dos (2) supuestos prácticos propuestos por el Tribunal, de
entre los que componen el temario específico recogido en el Anexo III de esta convocatoria, pudiendo acudir a su realización con la documentación y el material que el Tribunal pudiera, en su caso, estimar oportuno a tal efecto y que se indicará en el momento de convocar el presente ejercicio.
El ejercicio será leído por las personas aspirantes en sesión pública ante el Tribunal,
que valorará la capacidad para aplicar los conocimientos a las situaciones prácticas que se
planteen en los supuestos a realizar, así como la amplitud de dichos conocimientos, el rigor
analítico, la claridad y el orden de ideas y la calidad de la expresión escrita, así como su forma de presentación y exposición, pudiendo iniciar el Tribunal a continuación de esta lectura un diálogo con cada aspirante durante un plazo máximo de quince minutos.
Los ejercicios escritos lo estarán de tal modo que permitan su lectura a cualquier
miembro del Tribunal calificador, evitando la utilización de abreviaturas o signos no usuales en el lenguaje escrito.
Segundo
1. Para la calificación de los ejercicios de la oposición, el Tribunal calificador se
ajustará a lo previsto en la base decimotercera de la Orden 913/2019, de 26 de marzo y a lo
establecido en la presente base.
2. Los ejercicios de la oposición se calificarán de la siguiente forma:
2.1. Primer ejercicio: se calificará de cero (0) a cuarenta (40) puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de veinte (20) puntos.
2.2. Segundo ejercicio: cada uno de los supuestos se calificará de cero (0) a treinta
(30) puntos, y será necesario para superar el ejercicio obtener un mínimo de quince (15)
puntos en cada supuesto.
La calificación final de este ejercicio será determinada mediante la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los supuestos, siendo necesario para superarlo obtener
un mínimo de treinta (30) puntos.
3. En cuanto a la calificación final, el Tribunal se ajustará a lo previsto en la base decimocuarta de la Orden 913/2019, de 26 de marzo, viniendo determinado el orden de las
personas aspirantes por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios que conforman la oposición, debiendo ser ordenados desde la mayor a la menor de aquellas puntua-
BOCM-20231027-4
Calificación de la oposición