D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20231027-37)
Convenio – Adenda de 3 de octubre de 2023, de prórroga del convenio entre el Servicio Madrileño de Salud y el Ilustre Colegio Oficial de Médicos de Madrid, para facilitar la prestación farmacéutica de los médicos jubilados que hayan prestado servicio en el Sistema Nacional de Salud
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 256
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 27 DE OCTUBRE DE 2023
Pág. 239
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Sanidad
SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD
37
ADENDA de 3 de octubre de 2023, de prórroga del convenio entre el Servicio
Madrileño de Salud y el Ilustre Colegio Oficial de Médicos de Madrid, para facilitar la prestación farmacéutica de los médicos jubilados que hayan prestado
servicio en el Sistema Nacional de Salud.
REUNIDOS
De una parte, D. Juan José Fernández Ramos, Viceconsejero de Sanidad y Director General del Servicio Madrileño de Salud, nombrado mediante Decreto 131/2023, de 5 de julio,
del Consejo de Gobierno, en nombre y representación del Servicio Madrileño de Salud, actuando en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6.2 del Decreto 76/2023, de 5 de
julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica básica de las
Consejerías de la Comunidad de Madrid, el artículo 23.2 a) del Decreto 24/2008, de 3 de
abril, por el que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento del Servicio Madrileño de Salud, y el Acuerdo del Consejo de Administración del Servicio Madrileño de Salud, de 9 de mayo de 2008, ratificado en su reunión de 17 de junio de 2020, por el que se
delegan determinadas competencias en materia de convenios.
Y de otra parte, D. Manuel Martínez-Sellés D’Oliveira Soares, Presidente del Ilustre
Colegio Oficial de Médicos de Madrid, en virtud de las elecciones celebradas el 17 de septiembre de 2020 en las que resultó elegido Presidente del Colegio Oficial de Médicos de
Madrid, cargo del que tomó posesión en fecha de 14 de octubre de 2022, de acuerdo con lo
dispuesto en el capítulo I, artículo 18, punto 11 de los Estatutos del Ilustre Colegio de Médicos de Madrid.
Ambas representaciones, en uso de las facultades conferidas, acuerdan suscribir la presente Adenda de prórroga del convenio por el que se establecen los mecanismos que permitan facilitar la prestación farmacéutica de los médicos jubilados que hubieran prestado
sus servicios en el Sistema Nacional de Salud, y en consecuencia,
EXPONEN
Primero
Que el día 15 de noviembre de 2019 las partes suscribieron el convenio entre el Servicio
Madrileño de Salud y el Colegio Oficial de Médicos de Madrid, para facilitar la prestación
farmacéutica a los médicos jubilados que hayan prestado sus servicios en el Sistema Nacional de Salud, con fecha de entrada en vigor el día de su firma.
Segundo
Tercero
En dicha cláusula se indica que antes de la finalización del plazo previsto, los firmantes del convenio podrán acordar unánimemente su prórroga por un período de hasta cuatro
años adicionales.
BOCM-20231027-37
En su cláusula décima se dispone que el referido convenio tendrá una duración de cuatro años desde el día de su perfección, que es el aquel en el que el convenio ha sido suscrito por el último de los firmantes, en este caso por la Viceconsejera de Asistencia Sanitaria,
con fecha 15 de noviembre de 2019.
B.O.C.M. Núm. 256
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VIERNES 27 DE OCTUBRE DE 2023
Pág. 239
I. COMUNIDAD DE MADRID
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37
ADENDA de 3 de octubre de 2023, de prórroga del convenio entre el Servicio
Madrileño de Salud y el Ilustre Colegio Oficial de Médicos de Madrid, para facilitar la prestación farmacéutica de los médicos jubilados que hayan prestado
servicio en el Sistema Nacional de Salud.
REUNIDOS
De una parte, D. Juan José Fernández Ramos, Viceconsejero de Sanidad y Director General del Servicio Madrileño de Salud, nombrado mediante Decreto 131/2023, de 5 de julio,
del Consejo de Gobierno, en nombre y representación del Servicio Madrileño de Salud, actuando en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6.2 del Decreto 76/2023, de 5 de
julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica básica de las
Consejerías de la Comunidad de Madrid, el artículo 23.2 a) del Decreto 24/2008, de 3 de
abril, por el que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento del Servicio Madrileño de Salud, y el Acuerdo del Consejo de Administración del Servicio Madrileño de Salud, de 9 de mayo de 2008, ratificado en su reunión de 17 de junio de 2020, por el que se
delegan determinadas competencias en materia de convenios.
Y de otra parte, D. Manuel Martínez-Sellés D’Oliveira Soares, Presidente del Ilustre
Colegio Oficial de Médicos de Madrid, en virtud de las elecciones celebradas el 17 de septiembre de 2020 en las que resultó elegido Presidente del Colegio Oficial de Médicos de
Madrid, cargo del que tomó posesión en fecha de 14 de octubre de 2022, de acuerdo con lo
dispuesto en el capítulo I, artículo 18, punto 11 de los Estatutos del Ilustre Colegio de Médicos de Madrid.
Ambas representaciones, en uso de las facultades conferidas, acuerdan suscribir la presente Adenda de prórroga del convenio por el que se establecen los mecanismos que permitan facilitar la prestación farmacéutica de los médicos jubilados que hubieran prestado
sus servicios en el Sistema Nacional de Salud, y en consecuencia,
EXPONEN
Primero
Que el día 15 de noviembre de 2019 las partes suscribieron el convenio entre el Servicio
Madrileño de Salud y el Colegio Oficial de Médicos de Madrid, para facilitar la prestación
farmacéutica a los médicos jubilados que hayan prestado sus servicios en el Sistema Nacional de Salud, con fecha de entrada en vigor el día de su firma.
Segundo
Tercero
En dicha cláusula se indica que antes de la finalización del plazo previsto, los firmantes del convenio podrán acordar unánimemente su prórroga por un período de hasta cuatro
años adicionales.
BOCM-20231027-37
En su cláusula décima se dispone que el referido convenio tendrá una duración de cuatro años desde el día de su perfección, que es el aquel en el que el convenio ha sido suscrito por el último de los firmantes, en este caso por la Viceconsejera de Asistencia Sanitaria,
con fecha 15 de noviembre de 2019.