C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20231027-28)
Concesión subvenciones – Orden 1774/2023, de 13 de octubre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, para la concesión de una subvención directa al Grupo de Acción Local Asociación para el Desarrollo Integral de la Sierra Oeste de Madrid, por importe de 2.610.000 euros, para la ejecución de “La Acción de Cohesión Turismo Rural”, que forma parte del Plan Territorial de la Comunidad de Madrid 2021 (C.14. I1. Submedida 2. Planes de Sostenibilidad Turística en Destino), financiado con fondos Next Generation de la Unión Europea
25 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 256
VIERNES 27 DE OCTUBRE DE 2023
Pág. 191
las causas de prohibición establecidas en el mismo), las obligaciones establecidas en el artículo 14 de la misma Ley y en el artículo 8 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid (acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta de
resolución de concesión que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, en la forma que se determine reglamentariamente,
y sin perjuicio de lo establecido en la disposición adicional decimoctava de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común”, así como no tener deudas en período ejecutivo de pago
con la Comunidad de Madrid, salvo que estén debidamente garantizadas) y una declaración responsable del beneficiario respecto a la obtención de otras subvenciones, ayudas,
ingresos, o recursos que financien las actuaciones subvencionadas.
Una vez finalizada la fase de instrucción de acuerdo al artículo 71.3 de la Ley 4/2021,
de 23 de diciembre, se formaliza el siguiente paso en la Orden de concesión directa a los
beneficiarios singularizados.
En lo que respecta a las entidades beneficiarias, el mencionado Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Turismo de 21 de diciembre de 2021 establece que “las beneficiarias de
estas líneas de financiación son las comunidades autónomas, si bien los destinatarios finales de las mismas serán las entidades locales ejecutoras de los Planes de Sostenibilidad Turística en Destinos, así como las entidades locales en las que se realizan las Actuaciones de
Cohesión entre Destinos”
Por otro lado, dicho Acuerdo contempla que:
“Se creará una Comisión de Seguimiento para cada Plan Territorial en la que participará la Secretaría de Estado de Turismo y la comunidad autónoma correspondiente. En esta
Comisión se controlará el desarrollo de las inversiones, la ejecución del gasto y el cumplimiento de los hitos de cada una de las intervenciones que compongan el Plan Territorial. En
dichas reuniones, podrán participar, cuando se trate el seguimiento de las diferentes intervenciones, y a petición de cualquiera de los dos miembros de la Comisión, las entidades
gestoras de los diferentes instrumentos de intervención incluidos en el Plan Territorial para
aclarar los aspectos que se consideren necesarios”.
“La Comisión de Seguimiento tendrá capacidad de modificar algunas de las actuaciones previstas, previa solicitud motivada del destino, siempre que respondan a la misma finalidad, así como de ajustar la distribución de remanentes”.
Finalmente, en el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Turismo, de 21 de diciembre de 2021, se determina que, para la ejecución del Plan Territorial, le corresponden a
la Comunidad de Madrid, en la convocatoria 2021, un total de 34.440.000 euros, de los
cuales 10.440.000 euros se destinarán a la ACD, tal y como se describe a continuación:
P.T. COMUNIDAD
DE MADRID 2021
34,44
PSTD MANCOMUNIDAD VALLE
NORTE DEL LOZOYA-SIERRA
NORTE
MANCOMUNIDAD VALLE NORTE DEL LOZOYASIERRA NORTE
2.000.000,00 €
PSTD ADI-SIERRA OESTE
ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO INTEGRAL
DE LA SIERRA OESTE DE MADRID
2.000.000,00 €
PSTD SAN LORENZO
DE EL ESCORIAL
AYUNTAMIENTO DE SAN LORENZO
DE EL ESCORIAL
2.000.000,00 €
PSTD ARACOVE-COMARCA DE
LAS VEGAS Y DE LA ALCARRIA
COMARCA DE LAS VEGAS Y DE LA ALCARRIA
2.000.000,00 €
PSTD CIUDAD DE MADRID
AYUNTAMIENTO DE MADRID
PSTD ARANJUEZ
AYUNTAMIENTO DE ARANJUEZ
2.000.000,00 €
PSTD ALCALÁ DE HENARES
AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DE HENARES
2.000.000,00 €
PSTD ADESGAM SIERRA
GUADARRAMA
ASOCIACIÓN DE DESARROLLO SIERRA DE
GUADARRAMA (ADESGAM)
2.000.000,00 €
ACD TURISMO RURAL
MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS VALLE NORTE
DEL LOZOYA Y GRUPO DE ACCIÓN LOCAL
DE LA SIERRA NORTE DE MADRID
10.000.000,00 €
10.440.000,00 €
GRUPO DE ACCIÓN LOCAL ADI SIERRA OESTE
ASOCIACIÓN DE DESARROLLO DE LA SIERRA
DE GUADARRAMA
Por otra parte, la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, configura el sistema de
gestión del Plan de recuperación, Transformación y Resiliencia, junto a la Orden
HFP/1031/2021, de 29 de septiembre.
El objetivo perseguido por la presente distribución territorial de créditos relativos a la
línea de inversión C14.I1 es implementar actuaciones de impulso de la sostenibilidad turís-
BOCM-20231027-28
GRUPO DE ACCIÓN LOCAL Y ASOCIACIÓN DE
DESARROLLO RURAL COMARCA DE LAS VEGAS
Y LA ALCARRIA DE ALCALÁ
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 256
VIERNES 27 DE OCTUBRE DE 2023
Pág. 191
las causas de prohibición establecidas en el mismo), las obligaciones establecidas en el artículo 14 de la misma Ley y en el artículo 8 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid (acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta de
resolución de concesión que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, en la forma que se determine reglamentariamente,
y sin perjuicio de lo establecido en la disposición adicional decimoctava de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común”, así como no tener deudas en período ejecutivo de pago
con la Comunidad de Madrid, salvo que estén debidamente garantizadas) y una declaración responsable del beneficiario respecto a la obtención de otras subvenciones, ayudas,
ingresos, o recursos que financien las actuaciones subvencionadas.
Una vez finalizada la fase de instrucción de acuerdo al artículo 71.3 de la Ley 4/2021,
de 23 de diciembre, se formaliza el siguiente paso en la Orden de concesión directa a los
beneficiarios singularizados.
En lo que respecta a las entidades beneficiarias, el mencionado Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Turismo de 21 de diciembre de 2021 establece que “las beneficiarias de
estas líneas de financiación son las comunidades autónomas, si bien los destinatarios finales de las mismas serán las entidades locales ejecutoras de los Planes de Sostenibilidad Turística en Destinos, así como las entidades locales en las que se realizan las Actuaciones de
Cohesión entre Destinos”
Por otro lado, dicho Acuerdo contempla que:
“Se creará una Comisión de Seguimiento para cada Plan Territorial en la que participará la Secretaría de Estado de Turismo y la comunidad autónoma correspondiente. En esta
Comisión se controlará el desarrollo de las inversiones, la ejecución del gasto y el cumplimiento de los hitos de cada una de las intervenciones que compongan el Plan Territorial. En
dichas reuniones, podrán participar, cuando se trate el seguimiento de las diferentes intervenciones, y a petición de cualquiera de los dos miembros de la Comisión, las entidades
gestoras de los diferentes instrumentos de intervención incluidos en el Plan Territorial para
aclarar los aspectos que se consideren necesarios”.
“La Comisión de Seguimiento tendrá capacidad de modificar algunas de las actuaciones previstas, previa solicitud motivada del destino, siempre que respondan a la misma finalidad, así como de ajustar la distribución de remanentes”.
Finalmente, en el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Turismo, de 21 de diciembre de 2021, se determina que, para la ejecución del Plan Territorial, le corresponden a
la Comunidad de Madrid, en la convocatoria 2021, un total de 34.440.000 euros, de los
cuales 10.440.000 euros se destinarán a la ACD, tal y como se describe a continuación:
P.T. COMUNIDAD
DE MADRID 2021
34,44
PSTD MANCOMUNIDAD VALLE
NORTE DEL LOZOYA-SIERRA
NORTE
MANCOMUNIDAD VALLE NORTE DEL LOZOYASIERRA NORTE
2.000.000,00 €
PSTD ADI-SIERRA OESTE
ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO INTEGRAL
DE LA SIERRA OESTE DE MADRID
2.000.000,00 €
PSTD SAN LORENZO
DE EL ESCORIAL
AYUNTAMIENTO DE SAN LORENZO
DE EL ESCORIAL
2.000.000,00 €
PSTD ARACOVE-COMARCA DE
LAS VEGAS Y DE LA ALCARRIA
COMARCA DE LAS VEGAS Y DE LA ALCARRIA
2.000.000,00 €
PSTD CIUDAD DE MADRID
AYUNTAMIENTO DE MADRID
PSTD ARANJUEZ
AYUNTAMIENTO DE ARANJUEZ
2.000.000,00 €
PSTD ALCALÁ DE HENARES
AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DE HENARES
2.000.000,00 €
PSTD ADESGAM SIERRA
GUADARRAMA
ASOCIACIÓN DE DESARROLLO SIERRA DE
GUADARRAMA (ADESGAM)
2.000.000,00 €
ACD TURISMO RURAL
MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS VALLE NORTE
DEL LOZOYA Y GRUPO DE ACCIÓN LOCAL
DE LA SIERRA NORTE DE MADRID
10.000.000,00 €
10.440.000,00 €
GRUPO DE ACCIÓN LOCAL ADI SIERRA OESTE
ASOCIACIÓN DE DESARROLLO DE LA SIERRA
DE GUADARRAMA
Por otra parte, la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, configura el sistema de
gestión del Plan de recuperación, Transformación y Resiliencia, junto a la Orden
HFP/1031/2021, de 29 de septiembre.
El objetivo perseguido por la presente distribución territorial de créditos relativos a la
línea de inversión C14.I1 es implementar actuaciones de impulso de la sostenibilidad turís-
BOCM-20231027-28
GRUPO DE ACCIÓN LOCAL Y ASOCIACIÓN DE
DESARROLLO RURAL COMARCA DE LAS VEGAS
Y LA ALCARRIA DE ALCALÁ