Torrelaguna (BOCM-20231026-54)
Régimen económico. Modificación presupuestaria
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 250
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 26 DE OCTUBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 255
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
54
TORRELAGUNA
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20231026-54
En sesión plenaria de 27 de septiembre de 2023, se aprobó inicialmente el expediente
de modificación de crédito del vigente presupuesto municipal 3/2023, en su modalidad de
suplemento de crédito.
De conformidad con el acuerdo adoptado y con el artículo 177 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en concordancia con el artículo 169 del mismo texto legal,
y el artículo 38 en relación con el artículo 20 del Real Decreto 500/1990 de 20 de abril, se
expone al público en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID por plazo de
quince días hábiles, durante los cuales los interesados podrán examinarlos en las dependencias municipales y presentar reclamaciones ante el Pleno del Ayuntamiento.
La modificación de crédito se considerará definitivamente aprobada si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones ante el Pleno.
Torrelaguna, a 11 octubre de 2023.—El alcalde-presidente, Eduardo Burgos García.
(03/17.371/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 250
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 26 DE OCTUBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 255
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
54
TORRELAGUNA
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20231026-54
En sesión plenaria de 27 de septiembre de 2023, se aprobó inicialmente el expediente
de modificación de crédito del vigente presupuesto municipal 3/2023, en su modalidad de
suplemento de crédito.
De conformidad con el acuerdo adoptado y con el artículo 177 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en concordancia con el artículo 169 del mismo texto legal,
y el artículo 38 en relación con el artículo 20 del Real Decreto 500/1990 de 20 de abril, se
expone al público en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID por plazo de
quince días hábiles, durante los cuales los interesados podrán examinarlos en las dependencias municipales y presentar reclamaciones ante el Pleno del Ayuntamiento.
La modificación de crédito se considerará definitivamente aprobada si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones ante el Pleno.
Torrelaguna, a 11 octubre de 2023.—El alcalde-presidente, Eduardo Burgos García.
(03/17.371/23)
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ISSN 1989-4791