C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20231026-24)
Extracto convocatoria subvenciones –  Extracto de la Orden 918/2023, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se convocan para el año 2023 las ayudas para la cooperación en el fomento de circuitos cortos y comercialización de proximidad en el marco del Programa de Desarrollo Rural de la Comunidad de Madrid 2014-2020, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y por la Administración General del Estado
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 102

JUEVES 26 DE OCTUBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 255

mos que se indican: 50 % de los costes elegibles, con incrementos porcentuales del 20 % en
los casos que se indican a continuación siempre que no se supere el máximo del 90 %:
a) Agrupaciones conformadas por, al menos, un joven agricultor (atendiendo a los
criterios de la medida 6 del PDR-CM 2014-2020).
b) Proyectos de comercialización de productos ecológicos certificados (operadores
inscritos en el Comité de Agricultura Ecológica de la Comunidad de Madrid).
c) Proyectos que desarrollen la totalidad de sus actividades en municipios incluidos
total o parcialmente en Red Natura 2000.
Quinto
Financiación de las ayudas
La Comunidad de Madrid efectuará los pagos correspondientes a subvenciones de capital
con cargo al programa 411A, subconcepto 47399 de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid por importe de 0 euros para el año 2023 y 400.000 euros para el año 2024.
Las ayudas serán cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural
(FEADER), por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (AGE) y por la Comunidad de Madrid (CM), según lo dispuesto en el Plan de Desarrollo Rural de la Comunidad de
Madrid 2014-2020 correspondiendo la participación en el gasto público de los diferentes
fondos cofinanciadores según los siguientes porcentajes: 80 % FEADER, 6,0 % Administración General del Estado (AGE) y 14,0 % Comunidad de Madrid.
Sexto
Plazo y forma de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles contados a partir del día
siguiente al de la publicación de este extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID.
Las solicitudes de subvenciones se presentarán por medios electrónicos mediante el
modelo que se incorpora como Anexo I a la orden de convocatoria, a disposición de los interesados en el portal de administración electrónica https://www.comunidad.madrid
Madrid, a 18 de octubre de 2023.
El Consejero de Medio Ambiente, Agricultura e Interior,
CARLOS NOVILLO PIRIS

BOCM-20231026-24

(03/17.901/23)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791