D) Anuncios - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20231026-30)
Convenio – Convenio de 11 de octubre de 2023, entre la Comunidad de Madrid y la Unión de Comunidades Islámicas de España, por el que se formaliza la concesión de una subvención directa por importe de 55.596 euros para la realización de actividades educativas durante 2023
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BOCM
Pág. 134
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 26 DE OCTUBRE DE 2023
f)
B.O.C.M. Núm. 255
nales, supere el coste de la actividad a desarrollar por el beneficiario, deberá reintegrar el exceso recibido.
La negativa u obstrucción a las actuaciones de control que se establecen en el artículo 12.4 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo.
Décimo tercera
Régimen jurídico y jurisdicción
1. El presente convenio, cuyo objeto es la concesión directa de una subvención con
base en el artículo 4.5.c) 3.o de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, queda sujeto a dicha Ley de Subvenciones, a los preceptos que tengan el
carácter de legislación básica estatal contenidos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones y a las normas imperativas de derecho público que regulan los
convenios administrativos y demás que resulten aplicables, a las que se entiende absolutamente sometido.
2. Ninguna cláusula de este convenio podrá ser interpretada en un sentido que menoscabe el ejercicio de las competencias legalmente atribuidas a la Comunidad de Madrid.
3. Las controversias que surjan entre las partes serán sometidas al fuero de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Y para que así conste, ambas partes firman el presente convenio en Madrid.
Madrid, a 11 de octubre de 2023.—El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, Emilio Viciana Duro.—El representante de la UCIDE, Mustafa Abdeselam Ahmed.
ANEXO I
— Una persona contratada para el desarrollo de las actividades formativas y educativas objeto del convenio, incluyendo nóminas, gastos de seguridad social e impuestos: 23.000 euros.
— Viaje cultural dirigido a familias en Andalucía. La actividad durará un fin de semana, esto es, salida el viernes y vuelta el domingo, pernoctando dos noches en el
destino: 6.000 euros.
— Clases de árabe e interculturalidad en la escuela complementaria de árabe: en esta escuela se imparten clases de lengua árabe y conceptos relacionados con las culturas españolas y de origen, a niños y niñas de entre 5 y 18 años de edad. Se imputarían los
gastos generados por el pago a los profesores que imparten las clases: 15.000 euros
que cubrirían entre 10 y 15 profesores.
— Programa de apoyo escolar y clases de refuerzo dirigido a alumnos en edad escolar
con problemas de adaptación. Contará con la supervisión de la persona contratada, así como de los colaboradores/profesores citados en las actividades anteriores,
que podrán hacer seguimiento de algunos alumnos que participan en las clases de
la escuela complementaria de árabe los sábados.
— Campamentos infantiles y juveniles: 8.600 euros.
— Celebración de fiestas de carácter religioso islámico en las que participan los niños y niñas de la escuela, e hijos e hijas de las familias que participan en las actividades y programas. En esta actividad participan los profesores que desarrollan
su labor en la escuela complementaria de árabe.
— Gastos generales en cuanto se encuentren vinculados al desarrollo de las actividades del convenio y supongan un gasto extra para la entidad: se incluyen aquellos
que se generan por la realización de las actividades, como pueden ser los fungibles, gastos de copias y tóner.
En total, en gastos generales se estima un gasto de 2.996 euros.
BOCM-20231026-30
ACTIVIDADES PARA EL AÑO 2023 Y PRESUPUESTO ESTIMATIVO
Pág. 134
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 26 DE OCTUBRE DE 2023
f)
B.O.C.M. Núm. 255
nales, supere el coste de la actividad a desarrollar por el beneficiario, deberá reintegrar el exceso recibido.
La negativa u obstrucción a las actuaciones de control que se establecen en el artículo 12.4 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo.
Décimo tercera
Régimen jurídico y jurisdicción
1. El presente convenio, cuyo objeto es la concesión directa de una subvención con
base en el artículo 4.5.c) 3.o de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, queda sujeto a dicha Ley de Subvenciones, a los preceptos que tengan el
carácter de legislación básica estatal contenidos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones y a las normas imperativas de derecho público que regulan los
convenios administrativos y demás que resulten aplicables, a las que se entiende absolutamente sometido.
2. Ninguna cláusula de este convenio podrá ser interpretada en un sentido que menoscabe el ejercicio de las competencias legalmente atribuidas a la Comunidad de Madrid.
3. Las controversias que surjan entre las partes serán sometidas al fuero de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Y para que así conste, ambas partes firman el presente convenio en Madrid.
Madrid, a 11 de octubre de 2023.—El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, Emilio Viciana Duro.—El representante de la UCIDE, Mustafa Abdeselam Ahmed.
ANEXO I
— Una persona contratada para el desarrollo de las actividades formativas y educativas objeto del convenio, incluyendo nóminas, gastos de seguridad social e impuestos: 23.000 euros.
— Viaje cultural dirigido a familias en Andalucía. La actividad durará un fin de semana, esto es, salida el viernes y vuelta el domingo, pernoctando dos noches en el
destino: 6.000 euros.
— Clases de árabe e interculturalidad en la escuela complementaria de árabe: en esta escuela se imparten clases de lengua árabe y conceptos relacionados con las culturas españolas y de origen, a niños y niñas de entre 5 y 18 años de edad. Se imputarían los
gastos generados por el pago a los profesores que imparten las clases: 15.000 euros
que cubrirían entre 10 y 15 profesores.
— Programa de apoyo escolar y clases de refuerzo dirigido a alumnos en edad escolar
con problemas de adaptación. Contará con la supervisión de la persona contratada, así como de los colaboradores/profesores citados en las actividades anteriores,
que podrán hacer seguimiento de algunos alumnos que participan en las clases de
la escuela complementaria de árabe los sábados.
— Campamentos infantiles y juveniles: 8.600 euros.
— Celebración de fiestas de carácter religioso islámico en las que participan los niños y niñas de la escuela, e hijos e hijas de las familias que participan en las actividades y programas. En esta actividad participan los profesores que desarrollan
su labor en la escuela complementaria de árabe.
— Gastos generales en cuanto se encuentren vinculados al desarrollo de las actividades del convenio y supongan un gasto extra para la entidad: se incluyen aquellos
que se generan por la realización de las actividades, como pueden ser los fungibles, gastos de copias y tóner.
En total, en gastos generales se estima un gasto de 2.996 euros.
BOCM-20231026-30
ACTIVIDADES PARA EL AÑO 2023 Y PRESUPUESTO ESTIMATIVO