D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20231025-53)
Convenio – Convenio de 6 de octubre de 2023, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y la Federación Madrileña de Halterofilia, para el desarrollo de programas deportivos en centros educativos de la Comunidad de Madrid con población en edad escolar 2023/2024
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 25 DE OCTUBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 254
Estos importes son cantidades máximas y se imputarán al subconcepto 22802 “Convenios con instituciones sin fin de lucro”, del programa 336A, del presupuesto de gastos de
la Comunidad de Madrid, de cada una de las anualidades, siempre que exista crédito adecuado y suficiente para ello.
La aportación de la Comunidad de Madrid se destinará a sufragar los siguientes gastos:
1. Madrid Comunidad Deportiva: 6.560 euros.
— Técnicos deportivos: 3.360 euros.
Esta cantidad corresponde a un máximo de 1 sesión de 3 horas de duración (42 euros
por sesión) con 2 técnicos en 40 centros escolares.
— Plus de transporte: 800 euros.
Esta cantidad corresponde a la compensación de los gastos de transporte de los
técnicos cuando han de realizar su trabajo fuera del centro escolar en el que normalmente desarrollan su actividad, por importe de 10 euros por sesión.
— Gastos de coordinación: 1.000 euros.
Esta cantidad corresponde al coste de los gastos generales de coordinación de la
actividad del programa, que incluyen las siguientes actuaciones: inscripciones de
participantes a las competiciones, calendarios de sesiones divulgativas, organización de pruebas y torneos, conocimiento y resolución de problemas de desarrollo
del Programa en los centros y con los participantes, valoración de resultados de
torneos y pruebas, y confección de las clasificaciones finales, entre otros. Su importe es de 25 euros por cada centro escolar que participe en el programa.
— Material: 1.400 euros.
Esta cantidad se destina a la compra de barras, discos, cierres, balones medicinales, heavy bags, losetas para suelo y otro material que pudiera ser necesario para
el desarrollo de la actividad. El material tendrá en todo caso carácter fungible en
atención a su utilización para el desarrollo del programa.
2. Sábados deportivos: 1.560 euros.
— Técnicos deportivos: 960 euros.
Esta cantidad corresponde a un máximo de 12 sesiones de 4 horas de duración (20
euros por hora), con 1 técnico.
— Material: 600 euros.
Esta cantidad se destina a la compra del material que pudiera ser necesario para el
desarrollo de la actividad. El material tendrá en todo caso carácter fungible en
atención a su utilización para el desarrollo del programa.
Total: 8.120 euros.
La distribución del coste por anualidades se ha calculado teniendo en cuenta que deberán celebrarse 8 sesiones antes del fin de 2023 y 32 sesiones durante 2024 de “Madrid Comunidad Deportiva” y que todas las sesiones de “Sábados Deportivos” se celebrarán en 2024. En
caso de que surgieran imprevistos sobre el calendario de sesiones o se retrasara el inicio del
programa, se intentaría agrupar las sesiones en fechas alternativas a las inicialmente previstas
al objeto de conseguir celebrar todas las sesiones y cumplir los objetivos previstos en el programa. En caso de imposibilidad, la cantidad a abonar se reduciría en cada apartado proporcionalmente al coste de las sesiones efectivamente celebradas.
Esta cantidad constituye el umbral máximo de gasto, pero dado que se trata de una previsión y de que durante el desarrollo de los programas existe la posibilidad de que se produzcan desviaciones sobre lo previsto inicialmente, derivadas del número definitivo de participantes, que afecten al número de sesiones, torneos, o la necesidad sobrevenida de material u
otros gastos indispensables para el adecuado funcionamiento de los programas, la distribución de los gastos a realizar por la Federación será flexible en el marco de las obligaciones
recogidas en la cláusula tercera, siempre que quede justificada la necesidad y que no exceda
de la cifra máxima de gasto. El importe definitivo a abonar se determinará por la Dirección
General de Deportes en función de la justificación presentada por la Federación.
Tercera
Justificación y forma de pago
El pago se realizará previa presentación por la Federación de la documentación justificativa correspondiente a cada período. Así, la Federación presentará una primera justificación al concluir la actividad correspondiente a 2023, en todo caso antes del 21 de diciembre
BOCM-20231025-53
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 25 DE OCTUBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 254
Estos importes son cantidades máximas y se imputarán al subconcepto 22802 “Convenios con instituciones sin fin de lucro”, del programa 336A, del presupuesto de gastos de
la Comunidad de Madrid, de cada una de las anualidades, siempre que exista crédito adecuado y suficiente para ello.
La aportación de la Comunidad de Madrid se destinará a sufragar los siguientes gastos:
1. Madrid Comunidad Deportiva: 6.560 euros.
— Técnicos deportivos: 3.360 euros.
Esta cantidad corresponde a un máximo de 1 sesión de 3 horas de duración (42 euros
por sesión) con 2 técnicos en 40 centros escolares.
— Plus de transporte: 800 euros.
Esta cantidad corresponde a la compensación de los gastos de transporte de los
técnicos cuando han de realizar su trabajo fuera del centro escolar en el que normalmente desarrollan su actividad, por importe de 10 euros por sesión.
— Gastos de coordinación: 1.000 euros.
Esta cantidad corresponde al coste de los gastos generales de coordinación de la
actividad del programa, que incluyen las siguientes actuaciones: inscripciones de
participantes a las competiciones, calendarios de sesiones divulgativas, organización de pruebas y torneos, conocimiento y resolución de problemas de desarrollo
del Programa en los centros y con los participantes, valoración de resultados de
torneos y pruebas, y confección de las clasificaciones finales, entre otros. Su importe es de 25 euros por cada centro escolar que participe en el programa.
— Material: 1.400 euros.
Esta cantidad se destina a la compra de barras, discos, cierres, balones medicinales, heavy bags, losetas para suelo y otro material que pudiera ser necesario para
el desarrollo de la actividad. El material tendrá en todo caso carácter fungible en
atención a su utilización para el desarrollo del programa.
2. Sábados deportivos: 1.560 euros.
— Técnicos deportivos: 960 euros.
Esta cantidad corresponde a un máximo de 12 sesiones de 4 horas de duración (20
euros por hora), con 1 técnico.
— Material: 600 euros.
Esta cantidad se destina a la compra del material que pudiera ser necesario para el
desarrollo de la actividad. El material tendrá en todo caso carácter fungible en
atención a su utilización para el desarrollo del programa.
Total: 8.120 euros.
La distribución del coste por anualidades se ha calculado teniendo en cuenta que deberán celebrarse 8 sesiones antes del fin de 2023 y 32 sesiones durante 2024 de “Madrid Comunidad Deportiva” y que todas las sesiones de “Sábados Deportivos” se celebrarán en 2024. En
caso de que surgieran imprevistos sobre el calendario de sesiones o se retrasara el inicio del
programa, se intentaría agrupar las sesiones en fechas alternativas a las inicialmente previstas
al objeto de conseguir celebrar todas las sesiones y cumplir los objetivos previstos en el programa. En caso de imposibilidad, la cantidad a abonar se reduciría en cada apartado proporcionalmente al coste de las sesiones efectivamente celebradas.
Esta cantidad constituye el umbral máximo de gasto, pero dado que se trata de una previsión y de que durante el desarrollo de los programas existe la posibilidad de que se produzcan desviaciones sobre lo previsto inicialmente, derivadas del número definitivo de participantes, que afecten al número de sesiones, torneos, o la necesidad sobrevenida de material u
otros gastos indispensables para el adecuado funcionamiento de los programas, la distribución de los gastos a realizar por la Federación será flexible en el marco de las obligaciones
recogidas en la cláusula tercera, siempre que quede justificada la necesidad y que no exceda
de la cifra máxima de gasto. El importe definitivo a abonar se determinará por la Dirección
General de Deportes en función de la justificación presentada por la Federación.
Tercera
Justificación y forma de pago
El pago se realizará previa presentación por la Federación de la documentación justificativa correspondiente a cada período. Así, la Federación presentará una primera justificación al concluir la actividad correspondiente a 2023, en todo caso antes del 21 de diciembre
BOCM-20231025-53
BOCM