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Convenio –  Convenio de 2 de octubre de 2023, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte y la Federación Madrileña de Natación, para el desarrollo de Programas Deportivos en centros educativos de la Comunidad de Madrid con población en edad escolar 2023/2024
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 253

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 24 DE OCTUBRE DE 2023

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las sesiones en fechas alternativas a las inicialmente previstas al objeto de conseguir celebrar todas las sesiones y cumplir los objetivos previstos en el programa. En caso de imposibilidad, la cantidad a abonar se reduciría en cada apartado proporcionalmente al coste de
las sesiones efectivamente celebradas.
A estos importes máximos hay que restar la cantidad de 10.000 euros, correspondientes a
la anualidad 2024, en concepto de desarrollo de programas deportivos, en virtud de las obligaciones que asume la Federación en el convenio firmado el día fecha 19 de octubre de 2022, entre la Comunidad de Madrid y la Federación Madrileña de Natación, “para colaboración en
la utilización de espacios deportivos y gestión del centro especializado de tecnificación deportiva en el Centro de Natación Mundial 86”, por lo que la actividad prevista en 2024 no
conlleva gasto con cargo al presente convenio.
Total: 295 euros.
Esta cantidad constituye el umbral máximo de gasto, pero dado que se trata de una previsión y de que durante el desarrollo de los programas existe la posibilidad de que se produzcan
desviaciones sobre lo previsto inicialmente, derivadas del número definitivo de participantes,
que afecten al número de sesiones, torneos, o la necesidad sobrevenida de material u otros
gastos indispensables para el adecuado funcionamiento de los programas, la distribución de
los gastos a realizar por la Federación será flexible en el marco de las obligaciones recogidas en la cláusula tercera, siempre que quede justificada la necesidad y que no exceda de la
cifra máxima de gasto. El importe definitivo a abonar se determinará por la Dirección General de Deportes en función de la justificación presentada por la Federación.
Tercera
El pago se realizará previa presentación por la Federación de la documentación justificativa correspondiente a cada período. Así, la Federación presentará una primera justificación al concluir la actividad correspondiente a 2023, en todo caso antes del 21 de diciembre
de 2023, y otra al concluir el programa en 2024, a la finalización del curso escolar, aunque
esta última justificación no genere ninguna obligación de pago a favor de la Federación con
cargo al convenio, y respetando en todo caso las cantidades máximas de cada anualidad establecidas en la cláusula segunda. En cada justificación de gasto, la Federación presentará declaración en la que reflejará, en su caso, los ingresos que haya obtenido de terceros destinados
específicamente a la financiación del coste de su participación en esta edición del Programa.
Las cantidades declaradas se deducirán de la cantidad pendiente de abono por la Comunidad de
Madrid de modo que el total percibido por la Federación nunca supere el coste de la actividad.
En el caso de los técnicos, se presentará la relación nominal, firmada por el presidente,
secretario general o gerente de la Federación, de los que hayan participado en los programas
en ese período, indicando el número de sesiones, día en que se hayan llevado a cabo y los
centros escolares o participantes con los que hayan desarrollado su actividad, con indicación
de las sesiones en las que haya habido necesidad de abonar plus de transporte y su coste, así
como las sesiones realizadas, en su caso, fuera de los centros escolares e indicando finalmente el gasto efectivo individualizado por cada técnico. Cuando en un mismo centro educativo
exista más de una escuela deportiva, se indicará tal circunstancia en la relación de sesiones.
Igualmente se presentará relación de los torneos llevados a cabo en cada período con indicación del número de árbitros participantes y del material específico necesario, indicando el
gasto efectivo total de cada torneo. No será necesario presentar justificación del pago a técnicos y árbitros.
Los gastos de coordinación federativa y de material, tanto el empleado en las sesiones
como el específico adquirido para los torneos, se acreditarán mediante facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil. El IVA,
podrá computarse como gasto en el caso en que se justifique la exención del mismo mediante el certificado correspondiente de la Agencia Tributaria.
En caso de que la coordinación del Programa la realicen trabajadores de la Federación,
podrán presentarse las nóminas junto con los documentos Relación de Liquidación de Cotizaciones (RLC) y Relación Nominal de Trabajadores (RNT) y un certificado del presidente,
secretario general o gerente en el que se señale qué porcentaje de su retribución corresponde a la actividad desarrollada para el Programa y, por tanto, se presenta para la justificación
del gasto del convenio.
La Subdirección General de Programas Deportivos revisará la justificación presentada por la Federación y comprobará que se ajusta a la actividad efectivamente llevada a cabo

BOCM-20231024-30

Justificación y forma de pago