Las Rozas de Madrid (BOCM-20231023-69)
Régimen económico. Ordenanzas fiscales
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 252
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 23 DE OCTUBRE DE 2023
Pág. 233
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
69
LAS ROZAS DE MADRID
El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 19 de octubre de 2023,
adoptó el acuerdo de aprobación provisional del expediente de modificación/aprobación de ordenanzas fiscales que han de regir para el ejercicio 2024 y siguientes, que afecta a las siguientes:
Modificación:
— Ordenanza fiscal general de gestión, recaudación e inspección.
— Ordenanza fiscal número 1 reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles.
— Ordenanza fiscal número 2 reguladora del impuesto sobre vehículos de tracción
mecánica.
— Ordenanza fiscal número 3 reguladora del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras.
— Ordenanza fiscal número 4 reguladora del impuesto sobre el incremento del valor
de los terrenos de naturaleza urbana.
— Ordenanza fiscal número 5 reguladora del impuesto sobre actividades económicas.
— Ordenanza fiscal número 6 reguladora de las contribuciones especiales.
— Ordenanza fiscal número 7 reguladora de la tasa por prestación de servicios urbanísticos y de actividades.
— Ordenanza fiscal número 8 reguladora de la tasa por prestación de servicios en el
cementerio municipal.
— Ordenanza fiscal número 9 reguladora de la tasa por prestación del servicio de distribución, alcantarillado y saneamiento.
— Ordenanza fiscal número 11 reguladora de la tasa por ocupación del subsuelo, suelo y vuelo de terrenos de uso público local, que pasa a denominarse ordenanza fiscal número 11 reguladora de la tasa por ocupación del subsuelo, suelo y vuelo de
la vía pública a favor de empresas explotadoras de servicios de suministros.
— Ordenanza fiscal número 12 reguladora de la tasa entrada vehículos a través de
aceras y reserva vía pública carga y descarga, que pasa a denominarse ordenanza
fiscal número 12 reguladora de la tasa por utilización privativa y/o aprovechamiento especial del dominio público local.
Aprobación:
— Ordenanza fiscal número 16 reguladora de la tasa por utilización privativa y/o
aprovechamiento especial de huertos urbanos municipales.
— Ordenanza fiscal número 17 reguladora de la tasa por prestación del servicio de
gestión de residuos de competencia local.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.1 y 2 del Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, se expondrán dichas modificaciones y aprobación, en su caso, en el tablón de anuncios
de este Ayuntamiento durante treinta días, dentro de los cuales los interesados podrán examinar
los expedientes y presentar las reclamaciones que estimen oportunas, publicándose el anuncio a
estos efectos en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Igualmente deberá publicarse el anuncio en un diario de los de mayor difusión de la Comunidad de Madrid.
Finalizado el plazo de exposición pública, el Ayuntamiento deberá adoptar el acuerdo
definitivo que proceda, resolviendo las reclamaciones que se hubieran presentado y aprobando la redacción definitiva de las modificaciones a que se refiere el acuerdo provisional.
En el caso de que no se presenten reclamaciones, se entenderá definitivamente aprobado el
acuerdo, hasta entonces provisional, sin necesidad de nuevo acuerdo plenario. El texto íntegro de las modificaciones deberá ser publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para su entrada en vigor.
En Las Rozas de Madrid, a 19 de octubre de 2023.—El concejal-delegado de Hacienda
y Transparencia, P. D. (Decreto 2468, de 17 de junio de 2023), Enrique González Gutiérrez.
(03/17.676/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20231023-69
RÉGIMEN ECONÓMICO
B.O.C.M. Núm. 252
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 23 DE OCTUBRE DE 2023
Pág. 233
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
69
LAS ROZAS DE MADRID
El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 19 de octubre de 2023,
adoptó el acuerdo de aprobación provisional del expediente de modificación/aprobación de ordenanzas fiscales que han de regir para el ejercicio 2024 y siguientes, que afecta a las siguientes:
Modificación:
— Ordenanza fiscal general de gestión, recaudación e inspección.
— Ordenanza fiscal número 1 reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles.
— Ordenanza fiscal número 2 reguladora del impuesto sobre vehículos de tracción
mecánica.
— Ordenanza fiscal número 3 reguladora del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras.
— Ordenanza fiscal número 4 reguladora del impuesto sobre el incremento del valor
de los terrenos de naturaleza urbana.
— Ordenanza fiscal número 5 reguladora del impuesto sobre actividades económicas.
— Ordenanza fiscal número 6 reguladora de las contribuciones especiales.
— Ordenanza fiscal número 7 reguladora de la tasa por prestación de servicios urbanísticos y de actividades.
— Ordenanza fiscal número 8 reguladora de la tasa por prestación de servicios en el
cementerio municipal.
— Ordenanza fiscal número 9 reguladora de la tasa por prestación del servicio de distribución, alcantarillado y saneamiento.
— Ordenanza fiscal número 11 reguladora de la tasa por ocupación del subsuelo, suelo y vuelo de terrenos de uso público local, que pasa a denominarse ordenanza fiscal número 11 reguladora de la tasa por ocupación del subsuelo, suelo y vuelo de
la vía pública a favor de empresas explotadoras de servicios de suministros.
— Ordenanza fiscal número 12 reguladora de la tasa entrada vehículos a través de
aceras y reserva vía pública carga y descarga, que pasa a denominarse ordenanza
fiscal número 12 reguladora de la tasa por utilización privativa y/o aprovechamiento especial del dominio público local.
Aprobación:
— Ordenanza fiscal número 16 reguladora de la tasa por utilización privativa y/o
aprovechamiento especial de huertos urbanos municipales.
— Ordenanza fiscal número 17 reguladora de la tasa por prestación del servicio de
gestión de residuos de competencia local.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.1 y 2 del Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, se expondrán dichas modificaciones y aprobación, en su caso, en el tablón de anuncios
de este Ayuntamiento durante treinta días, dentro de los cuales los interesados podrán examinar
los expedientes y presentar las reclamaciones que estimen oportunas, publicándose el anuncio a
estos efectos en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Igualmente deberá publicarse el anuncio en un diario de los de mayor difusión de la Comunidad de Madrid.
Finalizado el plazo de exposición pública, el Ayuntamiento deberá adoptar el acuerdo
definitivo que proceda, resolviendo las reclamaciones que se hubieran presentado y aprobando la redacción definitiva de las modificaciones a que se refiere el acuerdo provisional.
En el caso de que no se presenten reclamaciones, se entenderá definitivamente aprobado el
acuerdo, hasta entonces provisional, sin necesidad de nuevo acuerdo plenario. El texto íntegro de las modificaciones deberá ser publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para su entrada en vigor.
En Las Rozas de Madrid, a 19 de octubre de 2023.—El concejal-delegado de Hacienda
y Transparencia, P. D. (Decreto 2468, de 17 de junio de 2023), Enrique González Gutiérrez.
(03/17.676/23)
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ISSN 1989-4791
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