Getafe (BOCM-20231023-66)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 226
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 23 DE OCTUBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 252
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
66
GETAFE
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
D. Herminio Vico Algaba, concejal secretario de la Junta de Gobierno del Ayuntamiento
de Getafe, por decreto de 28 de septiembre de 2023.
Certifico: Que la Junta de Gobierno en sesión extraordinaria urgente celebrada el
día 29 de septiembre de 2023, modificado por la ordinaria de 4 de octubre de 2023, adoptó
el siguiente acuerdo:
Vistas las proposiciones de 28 de septiembre y de 4 de octubre de 2023; por unanimidad
se acuerda:
Primero.—Dejar sin efecto el acuerdo de la Junta de Gobierno de 21 de junio de 2023
sobre delegación de competencias de la Junta de Gobierno en concejalías delegadas.
Segundo.—Delegar en la Concejalía-Delegada de Hacienda, Recursos Humanos y
Modernización de la Administración las siguientes atribuciones:
1. La aprobación de las órdenes de pago a justificar, así como la aprobación, tras los
trámites oportunos de las cuentas justificativas de los mismos.
2. Adoptar las resoluciones que se deriven de los documentos y expedientes por operaciones no presupuestarias.
3. Aprobar la rectificación de los saldos iniciales de derechos y obligaciones de presupuestos cerrados.
4. El seguimiento y el control de la ejecución presupuestaria de los gastos e ingresos
municipales.
5. La concertación de operaciones de Tesorería, cuyo importe acumulado de las operaciones vivas en cada momento no superen el 15 por 100 de los ingresos liquidados en el
ejercicio anterior.
6. La autorización y disposición de gastos anuales de las cuotas de amortización e intereses de préstamos concertados, así como de amortizaciones anticipadas.
7. La disposición del gasto correspondiente a las dotaciones económicas establecidas para el funcionamiento de los grupos políticos, previamente autorizado por el Pleno.
8. La devolución de las fianzas de contrataciones y concesiones no patrimoniales.
9. La contratación de apertura de cuentas corrientes, la autorización y disposición de
gastos asociados a las mismas: comisiones bancarias y costes por rentabilidades derivadas
de tipos de interés negativos aplicables.
10. El nombramiento y contratación del personal funcionario y laboral, respectivamente.
11. La pérdida de la condición de funcionario por cualquier causa, salvo la separación del servicio, e incluyendo el cese en el desempeño de puestos de trabajo.
12. La rescisión o extinción contractual del personal laboral, así como las modificaciones contractuales.
13. Aprobación de las convocatorias de selección así como aprobación de listas provisionales y definitivas de admitidos y excluidos a la participación en cualquier proceso de
selección de personal funcionario y laboral, incluyendo la designación nominal de los
miembros del órgano de selección o de valoración, y la fijación de fecha y lugar, en su caso,
del comienzo del proceso.
14. Aprobación de las listas de espera derivadas de procesos selectivos.
15. La convocatoria de provisión de puestos de trabajo y demás resoluciones en dicha materia.
16. Las resoluciones en materia de permutas, traslados de puestos por necesidades
del servicio, asignación de tareas o responsabilidades distintas a las correspondientes al
puesto desempeñado que resulten adecuadas a su clasificación, grado o categoría, cuando
BOCM-20231023-66
«PROPOSICIÓN DE LA ALCALDESA SOBRE DELEGACIÓN
DE COMPETENCIAS DE LA JUNTA DE GOBIERNO
EN CONCEJALÍAS-DELEGADAS
Pág. 226
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 23 DE OCTUBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 252
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
66
GETAFE
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
D. Herminio Vico Algaba, concejal secretario de la Junta de Gobierno del Ayuntamiento
de Getafe, por decreto de 28 de septiembre de 2023.
Certifico: Que la Junta de Gobierno en sesión extraordinaria urgente celebrada el
día 29 de septiembre de 2023, modificado por la ordinaria de 4 de octubre de 2023, adoptó
el siguiente acuerdo:
Vistas las proposiciones de 28 de septiembre y de 4 de octubre de 2023; por unanimidad
se acuerda:
Primero.—Dejar sin efecto el acuerdo de la Junta de Gobierno de 21 de junio de 2023
sobre delegación de competencias de la Junta de Gobierno en concejalías delegadas.
Segundo.—Delegar en la Concejalía-Delegada de Hacienda, Recursos Humanos y
Modernización de la Administración las siguientes atribuciones:
1. La aprobación de las órdenes de pago a justificar, así como la aprobación, tras los
trámites oportunos de las cuentas justificativas de los mismos.
2. Adoptar las resoluciones que se deriven de los documentos y expedientes por operaciones no presupuestarias.
3. Aprobar la rectificación de los saldos iniciales de derechos y obligaciones de presupuestos cerrados.
4. El seguimiento y el control de la ejecución presupuestaria de los gastos e ingresos
municipales.
5. La concertación de operaciones de Tesorería, cuyo importe acumulado de las operaciones vivas en cada momento no superen el 15 por 100 de los ingresos liquidados en el
ejercicio anterior.
6. La autorización y disposición de gastos anuales de las cuotas de amortización e intereses de préstamos concertados, así como de amortizaciones anticipadas.
7. La disposición del gasto correspondiente a las dotaciones económicas establecidas para el funcionamiento de los grupos políticos, previamente autorizado por el Pleno.
8. La devolución de las fianzas de contrataciones y concesiones no patrimoniales.
9. La contratación de apertura de cuentas corrientes, la autorización y disposición de
gastos asociados a las mismas: comisiones bancarias y costes por rentabilidades derivadas
de tipos de interés negativos aplicables.
10. El nombramiento y contratación del personal funcionario y laboral, respectivamente.
11. La pérdida de la condición de funcionario por cualquier causa, salvo la separación del servicio, e incluyendo el cese en el desempeño de puestos de trabajo.
12. La rescisión o extinción contractual del personal laboral, así como las modificaciones contractuales.
13. Aprobación de las convocatorias de selección así como aprobación de listas provisionales y definitivas de admitidos y excluidos a la participación en cualquier proceso de
selección de personal funcionario y laboral, incluyendo la designación nominal de los
miembros del órgano de selección o de valoración, y la fijación de fecha y lugar, en su caso,
del comienzo del proceso.
14. Aprobación de las listas de espera derivadas de procesos selectivos.
15. La convocatoria de provisión de puestos de trabajo y demás resoluciones en dicha materia.
16. Las resoluciones en materia de permutas, traslados de puestos por necesidades
del servicio, asignación de tareas o responsabilidades distintas a las correspondientes al
puesto desempeñado que resulten adecuadas a su clasificación, grado o categoría, cuando
BOCM-20231023-66
«PROPOSICIÓN DE LA ALCALDESA SOBRE DELEGACIÓN
DE COMPETENCIAS DE LA JUNTA DE GOBIERNO
EN CONCEJALÍAS-DELEGADAS