Torrelodones (BOCM-20231023-79)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 252
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 23 DE OCTUBRE DE 2023
Pág. 247
5. Desarrollo del proceso selectivo.
5.1. El procedimiento de selección será el de oposición libre. Constará de dos ejercicios de carácter obligatorio y eliminatorio.
5.2. El primero consistirá en contestar un cuestionario de 50 preguntas. Para cada
pregunta se propondrán tres respuestas alternativas, siendo solo una de ellas la correcta.
Cada pregunta contestada correctamente se valorará en positivo; la pregunta no contestada
no tendrá valoración, y la pregunta con contestación errónea se penalizará con la tercera
parte del valor asignado a la contestación correcta El tiempo máximo para la realización de
este ejercicio será de sesenta minutos. El tribunal podrá incluir preguntas de reserva cuyas
respuestas se tendrán en cuenta en el caso de anulación de alguna pregunta del ejercicio.
Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario alcanzar los 5 puntos para pasar al siguiente ejercicio.
5.3. El segundo será de carácter práctico y consistirá en la resolución de dos supuestos prácticos, a elegir entre 3 supuestos, sobre el temario que figura en las presentes bases,
debiendo ser leídos ante el Tribunal, el cual podrá hacer preguntas sobre lo expuesto con el
objeto de precisar conceptos. Se valorarán aspectos como la capacidad de análisis y de aplicación práctica de los contenidos demostrados, la solución de problemas de forma eficiente, la capacidad de utilización de recursos, la capacidad de expresión y coordinación de medios y elementos, y la proactividad en la solución de problemas. Cada uno de los dos
supuestos prácticos se calificará de 0 a 5 puntos. Para aprobar este ejercicio será necesario
obtener, en cada supuesto práctico, una calificación mínima de 2,00 puntos y obtener en entre ambos una puntuación mínima de 5.
6. Calificación definitiva y lista de aprobados.
La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por lo establecido en el
punto 8 de las bases generales.
7. Nombramiento en prácticas.
7.1. Publicada la relación de aprobados de la fase de oposición se procederá al nombramiento de Técnico de Administración General en prácticas por un período de dos meses.
7.2. Será requisito indispensable la superación de este período con la calificación de
Apto para el nombramiento como Funcionario de Carrera.
7.3. Al término del período de prácticas se evaluará a cada aspirante, en términos de
apto o no apto, la capacidad para el desarrollo del trabajo, la aplicación de los conocimientos teóricos, la adaptación a la estructura organizativa, la iniciativa y la actitud hacia el
servicio público.
Los órganos correspondientes de la Administración declararán mediante resolución
motivada, la pérdida de todos los derechos al nombramiento como funcionarios de carrera
de los aspirantes que resulten declarados no apto.
7.4. En el caso de no superar el período de prácticas, se procederá al nombramiento
en prácticas del siguiente candidato/a que haya superado la oposición en función de la mayor puntuación.
7.5. Cuando un funcionario que hubiera superado las pruebas selectivas, hubiera
prestado servicio como funcionario interino en una plaza igual a la que accede por un período mínimo de seis meses, no procederá la realización del período de prácticas.
ANEXO I
TEMARIO
1. Líneas fundamentales del constitucionalismo español. La Constitución española
de 1978. Los principios constitucionales: el Estado social y democrático de derecho.
2. Los derechos fundamentales: evolución histórica y conceptual. Los derechos fundamentales y las libertades públicas en la Constitución española. La protección de los derechos fundamentales. Los derechos económicos y sociales en la Constitución española.
Los deberes constitucionales.
3. El derecho de sufragio y sus clases. Sistemas electorales. El sistema electoral español. Los partidos políticos. Las organizaciones sindicales y empresariales. El derecho de
asociación.
BOCM-20231023-79
Grupo I. Derecho Constitucional
B.O.C.M. Núm. 252
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 23 DE OCTUBRE DE 2023
Pág. 247
5. Desarrollo del proceso selectivo.
5.1. El procedimiento de selección será el de oposición libre. Constará de dos ejercicios de carácter obligatorio y eliminatorio.
5.2. El primero consistirá en contestar un cuestionario de 50 preguntas. Para cada
pregunta se propondrán tres respuestas alternativas, siendo solo una de ellas la correcta.
Cada pregunta contestada correctamente se valorará en positivo; la pregunta no contestada
no tendrá valoración, y la pregunta con contestación errónea se penalizará con la tercera
parte del valor asignado a la contestación correcta El tiempo máximo para la realización de
este ejercicio será de sesenta minutos. El tribunal podrá incluir preguntas de reserva cuyas
respuestas se tendrán en cuenta en el caso de anulación de alguna pregunta del ejercicio.
Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario alcanzar los 5 puntos para pasar al siguiente ejercicio.
5.3. El segundo será de carácter práctico y consistirá en la resolución de dos supuestos prácticos, a elegir entre 3 supuestos, sobre el temario que figura en las presentes bases,
debiendo ser leídos ante el Tribunal, el cual podrá hacer preguntas sobre lo expuesto con el
objeto de precisar conceptos. Se valorarán aspectos como la capacidad de análisis y de aplicación práctica de los contenidos demostrados, la solución de problemas de forma eficiente, la capacidad de utilización de recursos, la capacidad de expresión y coordinación de medios y elementos, y la proactividad en la solución de problemas. Cada uno de los dos
supuestos prácticos se calificará de 0 a 5 puntos. Para aprobar este ejercicio será necesario
obtener, en cada supuesto práctico, una calificación mínima de 2,00 puntos y obtener en entre ambos una puntuación mínima de 5.
6. Calificación definitiva y lista de aprobados.
La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por lo establecido en el
punto 8 de las bases generales.
7. Nombramiento en prácticas.
7.1. Publicada la relación de aprobados de la fase de oposición se procederá al nombramiento de Técnico de Administración General en prácticas por un período de dos meses.
7.2. Será requisito indispensable la superación de este período con la calificación de
Apto para el nombramiento como Funcionario de Carrera.
7.3. Al término del período de prácticas se evaluará a cada aspirante, en términos de
apto o no apto, la capacidad para el desarrollo del trabajo, la aplicación de los conocimientos teóricos, la adaptación a la estructura organizativa, la iniciativa y la actitud hacia el
servicio público.
Los órganos correspondientes de la Administración declararán mediante resolución
motivada, la pérdida de todos los derechos al nombramiento como funcionarios de carrera
de los aspirantes que resulten declarados no apto.
7.4. En el caso de no superar el período de prácticas, se procederá al nombramiento
en prácticas del siguiente candidato/a que haya superado la oposición en función de la mayor puntuación.
7.5. Cuando un funcionario que hubiera superado las pruebas selectivas, hubiera
prestado servicio como funcionario interino en una plaza igual a la que accede por un período mínimo de seis meses, no procederá la realización del período de prácticas.
ANEXO I
TEMARIO
1. Líneas fundamentales del constitucionalismo español. La Constitución española
de 1978. Los principios constitucionales: el Estado social y democrático de derecho.
2. Los derechos fundamentales: evolución histórica y conceptual. Los derechos fundamentales y las libertades públicas en la Constitución española. La protección de los derechos fundamentales. Los derechos económicos y sociales en la Constitución española.
Los deberes constitucionales.
3. El derecho de sufragio y sus clases. Sistemas electorales. El sistema electoral español. Los partidos políticos. Las organizaciones sindicales y empresariales. El derecho de
asociación.
BOCM-20231023-79
Grupo I. Derecho Constitucional