A) Disposiciones Generales - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20231023-1)
Incremento retributivo personal sector público –  Acuerdo de 18 de octubre de 2023, del Consejo de Gobierno, sobre incremento retributivo adicional del personal al servicio del sector público de la Comunidad de Madrid para 2023
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 23 DE OCTUBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 252

I. COMUNIDAD DE MADRID

A) Disposiciones Generales
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
ACUERDO de 18 de octubre de 2023, del Consejo de Gobierno, sobre incremento retributivo adicional del personal al servicio del sector público de la Comunidad de Madrid para 2023.

El Decreto 137/2022, de 28 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen los criterios de aplicación de la prórroga automática de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2022 hasta la entrada en vigor de los Presupuestos Generales para 2023, dispone, en el apartado 1, de su artículo 7 que, en el año 2023, las
retribuciones del personal al servicio del sector público de la Comunidad de Madrid incluido en el ámbito de aplicación del artículo 21.1 de la Ley 4/2021, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2022, no podrán experimentar ningún incremento respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2022.
No obstante lo anterior, en su apartado 3, el artículo 7 del citado Decreto, permite que
las retribuciones íntegras del personal a que se refiere el artículo 21.1 de la Ley 4/2021, de 23
de diciembre, puedan experimentar, con respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2022,
un incremento en el mismo porcentaje que, en su caso, sea fijado en la normativa aprobada
por el Estado, teniendo dicho incremento el carácter de a cuenta del que se establezca en la
Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2023, habiéndose
habilitado al Consejo de Gobierno, por parte de la Ley 4/2021, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2022, para adoptar las decisiones que
procedan en esta materia en el marco de la política económica autonómica, manteniéndose
en vigor esa habilitación durante el período de prórroga.
En este sentido, el artículo 19.Dos.1 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, normativa básica conforme a lo previsto en
el apartado Once del mismo precepto legal, establece que las retribuciones del personal al
servicio del sector público no podrán experimentar un incremento global superior al 2,5 por
ciento respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2022, en términos de homogeneidad para
los dos períodos de la comparación, tanto por lo que respecta a efectivos de personal como
a la antigüedad del mismo. Dicho incremento se materializó en la Comunidad de Madrid por
Acuerdo, de 11 de enero de 2023, del Consejo de Gobierno, sobre incremento retributivo del
personal al servicio del sector público de la Comunidad de Madrid para el ejercicio 2023.
Asimismo, en el artículo 19.Dos.2.a) de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, se establece la posibilidad de que se aplique, para el mismo período, un incremento complementario del 0,5 por ciento vinculado a la evolución del Índice de Precios al Consumo Armonizado (IPCA) de modo que si la suma del IPCA del año 2022 y del IPCA adelantado del
mes de septiembre de 2023 fuera superior al 6 por ciento, se aplicaría un incremento retributivo adicional máximo del 0,5 por ciento, con efectos de 1 de enero de 2023.
Una vez publicados por el Instituto Nacional de Estadística (INE) los datos del IPCA
adelantado del mes de septiembre de 2023, se ha aprobado la aplicación de este incremento mediante Acuerdo del Consejo de Ministros de 3 de octubre de 2023, por el que se aprueba el incremento del 0,5 % en las retribuciones del personal al servicio del sector público
en aplicación de lo previsto en el artículo 19.Dos.2.a) de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, publicado en el “Boletín Oficial del Estado” de 5 de octubre de 2023 por Resolución de 4 de octubre de 2023 de la Secretaría de Estado de Función Pública.
Por lo expuesto, y como consecuencia de la actual situación económico financiera en
la que se encuentra la Comunidad de Madrid, es posible asumir el crecimiento de las retribuciones del personal al servicio de su sector público coincidente con el límite de los máximos porcentajes establecidos a esos efectos por dicha normativa básica estatal, con las excepciones previstas en la normativa legal presupuestaria autonómica.
En su virtud, al amparo de lo previsto en la disposición adicional decimonovena de la
Ley 4/2021, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid
para 2022, y el Decreto 137/2022, de 28 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que

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