C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20231020-21)
Personal control espectáculos públicos – Resolución de 9 de octubre de 2023, de la Dirección General de Seguridad, por la que se aprueban y se hacen públicos los listados provisionales de admitidos a las pruebas para la renovación del Certificado Acreditativo del Personal de Control de Acceso a Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas
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BOCM
Pág. 152
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 20 DE OCTUBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 250
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
21
RESOLUCIÓN de 9 de octubre de 2023, de la Dirección General de Seguridad,
por la que se aprueban y se hacen públicos los listados provisionales de admitidos a las pruebas para la renovación del Certificado Acreditativo del Personal
de Control de Acceso a Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas.
De conformidad con lo establecido en el artículo 5.1 de la Orden 734/2014, de 3 de
abril, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, por la que se aprueban las bases generales de las pruebas para la renovación del certificado acreditativo del personal de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas, y el Apartado
Quinto de la Orden 431/2023, de 8 de agosto, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior por la que se convocan pruebas para la renovación del certificado acreditativo
del personal de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas,
RESUELVO
Primero
Aprobar y hacer públicos los listados provisionales de aspirantes admitidos a las citadas
pruebas.
Segundo
Aprobar y publicar los listados provisionales de aspirantes no admitidos, hasta la subsanación de las deficiencias establecidas en el mismo, y de aspirantes excluidos, que se incorporan como Anexo I a esta Resolución. De conformidad con el artículo 68 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles,
contados a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución, para la subsanación
de los defectos detectados.
Tercero
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.2 de la Orden 734/2014, de 3 de abril,
de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, anteriormente citada,
los aspirantes que no figuren en el listado provisional de admitidos podrán dirigirse al Tribunal Calificador, sito en la sede del Área de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Dirección General de Seguridad (Calle Princesa, número 5, 1.a planta), para conocer las causas de su no admisión y dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados
a partir del día siguiente a la publicación de la presente Resolución, a fin de subsanar, en su
caso, el defecto que haya motivado su no inclusión expresa, de conformidad con el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
La subsanación de los defectos podrá realizarse a través del Registro de la Consejería
de Medio Ambiente, Agricultura e Interior (calle Alcalá 16 de Madrid), así como en los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas antes citada, remitiendo al Área
de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Madrid la siguiente documentación:
1. Los aspirantes incluidos en el listado de no admitidos, pendientes de subsanación,
aportarán la documentación acreditativa de la subsanación del defecto detectado.
2. Aquellos que no figuren en los listados de admitidos ni excluidos habrán de presentar copia de la solicitud de participación en las pruebas selectivas, junto con la documentación exigida en las bases generales.
BOCM-20231020-21
Cuarto
Pág. 152
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 20 DE OCTUBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 250
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
21
RESOLUCIÓN de 9 de octubre de 2023, de la Dirección General de Seguridad,
por la que se aprueban y se hacen públicos los listados provisionales de admitidos a las pruebas para la renovación del Certificado Acreditativo del Personal
de Control de Acceso a Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas.
De conformidad con lo establecido en el artículo 5.1 de la Orden 734/2014, de 3 de
abril, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, por la que se aprueban las bases generales de las pruebas para la renovación del certificado acreditativo del personal de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas, y el Apartado
Quinto de la Orden 431/2023, de 8 de agosto, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior por la que se convocan pruebas para la renovación del certificado acreditativo
del personal de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas,
RESUELVO
Primero
Aprobar y hacer públicos los listados provisionales de aspirantes admitidos a las citadas
pruebas.
Segundo
Aprobar y publicar los listados provisionales de aspirantes no admitidos, hasta la subsanación de las deficiencias establecidas en el mismo, y de aspirantes excluidos, que se incorporan como Anexo I a esta Resolución. De conformidad con el artículo 68 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles,
contados a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución, para la subsanación
de los defectos detectados.
Tercero
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.2 de la Orden 734/2014, de 3 de abril,
de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, anteriormente citada,
los aspirantes que no figuren en el listado provisional de admitidos podrán dirigirse al Tribunal Calificador, sito en la sede del Área de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Dirección General de Seguridad (Calle Princesa, número 5, 1.a planta), para conocer las causas de su no admisión y dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados
a partir del día siguiente a la publicación de la presente Resolución, a fin de subsanar, en su
caso, el defecto que haya motivado su no inclusión expresa, de conformidad con el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
La subsanación de los defectos podrá realizarse a través del Registro de la Consejería
de Medio Ambiente, Agricultura e Interior (calle Alcalá 16 de Madrid), así como en los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas antes citada, remitiendo al Área
de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Madrid la siguiente documentación:
1. Los aspirantes incluidos en el listado de no admitidos, pendientes de subsanación,
aportarán la documentación acreditativa de la subsanación del defecto detectado.
2. Aquellos que no figuren en los listados de admitidos ni excluidos habrán de presentar copia de la solicitud de participación en las pruebas selectivas, junto con la documentación exigida en las bases generales.
BOCM-20231020-21
Cuarto