Getafe (BOCM-20231020-50)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 20 DE OCTUBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 250
6. Otorgar el visto bueno de las certificaciones que se expidan por las Unidades y Departamentos que comprende la Delegación.
7. Dirigir la política municipal en materia de juventud analizando y canalizando sus
necesidades y peticiones.
8. Planificar, coordinar y gestionar todas las actividades para jóvenes que se promuevan en el Ayuntamiento.
9. Fomentar y canalizar el asociacionismo juvenil.
10. Informar y asesorar a los jóvenes a través del Servicio de Información y Asesoramiento Juvenil.
11. Desarrollar y gestionar el Plan Local de Juventud.
12. Gestionar las distintas instalaciones juveniles.
13. Coordinación de todas las actividades educativas de formación permanente, ocupacional y reglada de adultos, de infancia y adolescencia, que se realizan en el municipio.
14. Velar por el derecho a la Educación: Escolarización y Mesa de Escolarización
permanente.
15. Coordinación entre la Escuela y el Municipio: entre los centros educativos, el
Ayuntamiento y otras Administraciones.
16. Consejo Escolar Municipal de Educación y participación en todos los Consejos
Escolares de los centros educativos.
17. Presidencia del Consejo Local de Atención a la Infancia y Adolescencia.
18. Orientación Escolar y Profesional y Atención Psicoeducativa.
19. Fijar la política educativa municipal mediante la elaboración del Plan Educativo Local.
20. Gestión y seguimiento del Plan de Absentismo escolar.
21. Gestión y seguimiento del Plan de Infancia y Adolescencia.
22. Plan de Actividades Extraescolares, actividades en períodos vacacionales y fines
de semana.
23. Planificación y gestión de actividades educativas, preventivas y de compensación.
24. Difusión, promoción y defensa de los derechos del Niño.
25. Planificación y programación del servicio y actividades de la Educación de Personas Adultas.
26. Planificación y programación del servicio y actividades de las Escuelas Infantiles Municipales y Casas de Niños.
27. Planes de evacuación y autoprotección en Escuelas Infantiles y Casas de Niños.
28. Planificación y gestión de planes de actividades formativas dirigidas a demandantes de empleo.
Asimismo, designar a dicha concejala como presidenta del Consejo Rector del Organismo Autónomo “Agencia Local de Empleo y Formación”.
Noveno.—Se confiere la Delegación de Deportes, Régimen Interior y Participación
Ciudadana a don Francisco Javier Santos Gómez, que comprende las siguientes Unidades
Administrativas:
— Deportes.
— Régimen Interior.
— Participación ciudadana y coordinación de barrios.
Delegándose en la misma las siguientes facultades:
1. Fijar y hacer cumplir las directrices generales de la Delegación.
2. Coordinar todas las actuaciones de la Delegación con facultad de dictar instrucciones y circulares para regular el ámbito de su actividad.
3. Resolver los conflictos de atribuciones que pudieran surgir entre los Servicios y
Unidades Administrativas contenidos en su Delegación.
4. Velar por el cumplimiento de los compromisos asumidos por el Ayuntamiento en
virtud de convenios.
5. Tramitar expedientes de subvenciones en su ámbito competencial.
6. Otorgar el visto bueno de las certificaciones que se expidan por las Unidades y Departamentos que comprende la Delegación.
7. Fijar la política deportiva municipal.
8. Gestionar las diferentes instalaciones deportivas municipales.
9. Planificar y gestionar las diferentes competiciones locales y otras actividades físicas y deportivas que se promuevan en el Ayuntamiento.
BOCM-20231020-50
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 20 DE OCTUBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 250
6. Otorgar el visto bueno de las certificaciones que se expidan por las Unidades y Departamentos que comprende la Delegación.
7. Dirigir la política municipal en materia de juventud analizando y canalizando sus
necesidades y peticiones.
8. Planificar, coordinar y gestionar todas las actividades para jóvenes que se promuevan en el Ayuntamiento.
9. Fomentar y canalizar el asociacionismo juvenil.
10. Informar y asesorar a los jóvenes a través del Servicio de Información y Asesoramiento Juvenil.
11. Desarrollar y gestionar el Plan Local de Juventud.
12. Gestionar las distintas instalaciones juveniles.
13. Coordinación de todas las actividades educativas de formación permanente, ocupacional y reglada de adultos, de infancia y adolescencia, que se realizan en el municipio.
14. Velar por el derecho a la Educación: Escolarización y Mesa de Escolarización
permanente.
15. Coordinación entre la Escuela y el Municipio: entre los centros educativos, el
Ayuntamiento y otras Administraciones.
16. Consejo Escolar Municipal de Educación y participación en todos los Consejos
Escolares de los centros educativos.
17. Presidencia del Consejo Local de Atención a la Infancia y Adolescencia.
18. Orientación Escolar y Profesional y Atención Psicoeducativa.
19. Fijar la política educativa municipal mediante la elaboración del Plan Educativo Local.
20. Gestión y seguimiento del Plan de Absentismo escolar.
21. Gestión y seguimiento del Plan de Infancia y Adolescencia.
22. Plan de Actividades Extraescolares, actividades en períodos vacacionales y fines
de semana.
23. Planificación y gestión de actividades educativas, preventivas y de compensación.
24. Difusión, promoción y defensa de los derechos del Niño.
25. Planificación y programación del servicio y actividades de la Educación de Personas Adultas.
26. Planificación y programación del servicio y actividades de las Escuelas Infantiles Municipales y Casas de Niños.
27. Planes de evacuación y autoprotección en Escuelas Infantiles y Casas de Niños.
28. Planificación y gestión de planes de actividades formativas dirigidas a demandantes de empleo.
Asimismo, designar a dicha concejala como presidenta del Consejo Rector del Organismo Autónomo “Agencia Local de Empleo y Formación”.
Noveno.—Se confiere la Delegación de Deportes, Régimen Interior y Participación
Ciudadana a don Francisco Javier Santos Gómez, que comprende las siguientes Unidades
Administrativas:
— Deportes.
— Régimen Interior.
— Participación ciudadana y coordinación de barrios.
Delegándose en la misma las siguientes facultades:
1. Fijar y hacer cumplir las directrices generales de la Delegación.
2. Coordinar todas las actuaciones de la Delegación con facultad de dictar instrucciones y circulares para regular el ámbito de su actividad.
3. Resolver los conflictos de atribuciones que pudieran surgir entre los Servicios y
Unidades Administrativas contenidos en su Delegación.
4. Velar por el cumplimiento de los compromisos asumidos por el Ayuntamiento en
virtud de convenios.
5. Tramitar expedientes de subvenciones en su ámbito competencial.
6. Otorgar el visto bueno de las certificaciones que se expidan por las Unidades y Departamentos que comprende la Delegación.
7. Fijar la política deportiva municipal.
8. Gestionar las diferentes instalaciones deportivas municipales.
9. Planificar y gestionar las diferentes competiciones locales y otras actividades físicas y deportivas que se promuevan en el Ayuntamiento.
BOCM-20231020-50
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