D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20231020-28)
Expropiación – Orden 345/2023, de 27 de julio, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se somete a información pública la relación de bienes y derechos afectados por el “Proyecto ejecutivo de modernización de la infraestructura de riego de la zona regable de La Poveda (T. M. Fuentidueña de Tajo)”
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 168
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 20 DE OCTUBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 250
Segundo
La presente Orden será publicada en el BOCM, en uno de los diarios de mayor difusión
y comunicada a los Ayuntamientos en cuyo término radiquen los bienes o derechos objeto
de la expropiación, a efectos de su exposición en el tablón de anuncios. Asimismo, se publicará un anuncio en el “Boletín Oficial del Estado” para que sirva de notificación a los interesados desconocidos, de ignorado domicilio, o a los que, intentada la notificación, esta no
se pueda practicar, de conformidad a lo previsto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Tercero
Las afecciones que resultan necesarias para la ejecución del proyecto de obra y para
permitir y asegurar el posterior mantenimiento y conservación de las infraestructuras, que
se reseñan en el anexo a la presente Orden, se describen como:
— Expropiación en pleno dominio (EXP): Para la ubicación de infraestructuras y su
conservación. La superficie afectada depende de cada tipo de infraestructura.
— Servidumbre de paso (SP): Se constituyen por tiempo indefinido, entre tanto sean
necesarias para atender a la ejecución, conservación y mantenimiento de las instalaciones previstas en el proyecto.
— Ocupación temporal (OT): En esta zona, reflejada en los planos de afección, se
hará desaparecer temporalmente, todo obstáculo y sobre ella se realizarán todas
las obras y operaciones precisas, cuya duración está condicionada por la total ejecución del proyecto de obra, restituyéndose a su estado inicial una vez finalizados
los trabajos.
Cuarto
La relación de bienes y derechos afectados que se adjunta, podrá examinarse durante
quince (15) días, contados a partir del día siguiente a su notificación o, en su defecto, su publicación, en el Área de Desarrollo Rural de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación (calle Alcalá, número 16, planta baja; Madrid), previa cita en el teléfono 914 383 259, y en la página web de la Comunidad de Madrid ( comunidadmadrid.org ),
así como en las dependencias del Ayuntamiento de Fuentidueña de Tajo, previa cita en el
teléfono 918 728 002.
Durante el periodo establecido, los interesados podrán formular cuantas alegaciones
estimen oportunas, de conformidad con lo previsto en el artículo 19 de la LEF.
Se informa, conforme al artículo 14 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, que para
la realización de cualquier trámite del procedimiento expropiatorio:
1. Las personas físicas interesadas podrán elegir, en todo momento, si se van a comunicar con la Administración expropiante a través de medios electrónicos o no; salvo que
actúen en ejercicio de una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, en cuyo caso es obligatorio su uso.
2. En todo caso, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos, las
personas jurídicas y las entidades sin personalidad jurídica, así como sus representantes, debidamente acreditados.
El formulario genérico podrá descargarse y tramitarse electrónicamente en el enlace
correspondiente de la sede electrónica de la Comunidad de Madrid.
En el caso de personas físicas que no hayan optado por el uso de los medios electrónicos, una vez impreso y completado el formulario, se remitirá a la Oficina de Registro de la
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, calle Alcalá, número 16, 28014
Madrid, preferentemente, desde cualquiera de las oficinas de asistencia en materia de registro de la Comunidad de Madrid, de otras administraciones, de representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero, así como desde las oficinas de correos,
previo pago de la tarifa correspondiente en este último caso.
Madrid, a 27 de julio de 2023.—El Consejero de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, P. D. (Orden 369/2022, de 24 de febrero; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID de 3 de marzo de 2022), el Director General del Suelo, Ramón Cubián Martínez.
BOCM-20231020-28
Quinto
Pág. 168
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 20 DE OCTUBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 250
Segundo
La presente Orden será publicada en el BOCM, en uno de los diarios de mayor difusión
y comunicada a los Ayuntamientos en cuyo término radiquen los bienes o derechos objeto
de la expropiación, a efectos de su exposición en el tablón de anuncios. Asimismo, se publicará un anuncio en el “Boletín Oficial del Estado” para que sirva de notificación a los interesados desconocidos, de ignorado domicilio, o a los que, intentada la notificación, esta no
se pueda practicar, de conformidad a lo previsto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Tercero
Las afecciones que resultan necesarias para la ejecución del proyecto de obra y para
permitir y asegurar el posterior mantenimiento y conservación de las infraestructuras, que
se reseñan en el anexo a la presente Orden, se describen como:
— Expropiación en pleno dominio (EXP): Para la ubicación de infraestructuras y su
conservación. La superficie afectada depende de cada tipo de infraestructura.
— Servidumbre de paso (SP): Se constituyen por tiempo indefinido, entre tanto sean
necesarias para atender a la ejecución, conservación y mantenimiento de las instalaciones previstas en el proyecto.
— Ocupación temporal (OT): En esta zona, reflejada en los planos de afección, se
hará desaparecer temporalmente, todo obstáculo y sobre ella se realizarán todas
las obras y operaciones precisas, cuya duración está condicionada por la total ejecución del proyecto de obra, restituyéndose a su estado inicial una vez finalizados
los trabajos.
Cuarto
La relación de bienes y derechos afectados que se adjunta, podrá examinarse durante
quince (15) días, contados a partir del día siguiente a su notificación o, en su defecto, su publicación, en el Área de Desarrollo Rural de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación (calle Alcalá, número 16, planta baja; Madrid), previa cita en el teléfono 914 383 259, y en la página web de la Comunidad de Madrid ( comunidadmadrid.org ),
así como en las dependencias del Ayuntamiento de Fuentidueña de Tajo, previa cita en el
teléfono 918 728 002.
Durante el periodo establecido, los interesados podrán formular cuantas alegaciones
estimen oportunas, de conformidad con lo previsto en el artículo 19 de la LEF.
Se informa, conforme al artículo 14 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, que para
la realización de cualquier trámite del procedimiento expropiatorio:
1. Las personas físicas interesadas podrán elegir, en todo momento, si se van a comunicar con la Administración expropiante a través de medios electrónicos o no; salvo que
actúen en ejercicio de una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, en cuyo caso es obligatorio su uso.
2. En todo caso, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos, las
personas jurídicas y las entidades sin personalidad jurídica, así como sus representantes, debidamente acreditados.
El formulario genérico podrá descargarse y tramitarse electrónicamente en el enlace
correspondiente de la sede electrónica de la Comunidad de Madrid.
En el caso de personas físicas que no hayan optado por el uso de los medios electrónicos, una vez impreso y completado el formulario, se remitirá a la Oficina de Registro de la
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, calle Alcalá, número 16, 28014
Madrid, preferentemente, desde cualquiera de las oficinas de asistencia en materia de registro de la Comunidad de Madrid, de otras administraciones, de representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero, así como desde las oficinas de correos,
previo pago de la tarifa correspondiente en este último caso.
Madrid, a 27 de julio de 2023.—El Consejero de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, P. D. (Orden 369/2022, de 24 de febrero; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID de 3 de marzo de 2022), el Director General del Suelo, Ramón Cubián Martínez.
BOCM-20231020-28
Quinto