Sevilla la Nueva (BOCM-20231019-82)
Régimen económico. Ordenanza fiscal
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 249
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 19 DE OCTUBRE DE 2023
Pág. 335
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
82
SEVILLA LA NUEVA
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20231019-82
El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el 5 de octubre de 2023,
acordó la aprobación provisional de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa
por actuación municipal de control previo o posterior al inicio de apertura de establecimientos.
Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días naturales a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y
presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.
Asimismo, estará a disposición de los interesados en la Sede Electrónica de este Ayuntamiento ( http://sevillalanueva.sedelectronica.es ).
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará
aprobado definitivamente dicho acuerdo.
En Sevilla la Nueva, a 6 de octubre de 2023.—El alcalde-presidente, Asensio Martínez
Agraz.
(03/17.004/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 249
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JUEVES 19 DE OCTUBRE DE 2023
Pág. 335
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
82
SEVILLA LA NUEVA
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20231019-82
El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el 5 de octubre de 2023,
acordó la aprobación provisional de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa
por actuación municipal de control previo o posterior al inicio de apertura de establecimientos.
Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días naturales a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y
presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.
Asimismo, estará a disposición de los interesados en la Sede Electrónica de este Ayuntamiento ( http://sevillalanueva.sedelectronica.es ).
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará
aprobado definitivamente dicho acuerdo.
En Sevilla la Nueva, a 6 de octubre de 2023.—El alcalde-presidente, Asensio Martínez
Agraz.
(03/17.004/23)
http://www.bocm.es
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ISSN 1989-4791