Fuenlabrada (BOCM-20231019-62)
Organización y funcionamiento. Estructura Áreas Gobierno
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 249
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 19 DE OCTUBRE DE 2023
Pág. 245
Donde dice:
— “Área de gobierno municipal denominada Economía y Administración, en la que
se integrarán los servicios de Hacienda, Intervención, contabilidad, presupuestación,
política financiera y tesorería, coordinación administrativa y económica de las empresas públicas, gestión tributaria, contratación y patrimonio, desarrollo económico,
emprendimiento, empleo, industria, comercio, gestión de las personas, innovación.
Se adscriben a esta Área el Organismo Autónomo de Gestión Tributaria (OTAF),
Organismo Autónomo Centro de Iniciativas para la Formación y el Empleo, y la
Empresa Municipal Fuenlabrada Medios de Comunicación, S. A.”.
Debe decir:
— “Área de gobierno municipal denominada Economía y Administración, en la que
se integrarán los servicios de Hacienda, Intervención, contabilidad, presupuestación, política financiera y tesorería, coordinación administrativa y económica de
las empresas públicas, gestión tributaria, contratación y patrimonio, desarrollo
económico, emprendimiento, empleo, industria, comercio, gestión de las personas, innovación y servicio de sistemas y de tecnologías de la información y las
comunicaciones.
Se adscriben a esta Área el Organismo Autónomo de Gestión Tributaria (OTAF),
Organismo Autónomo Centro de Iniciativas para la Formación y el Empleo, y la
Empresa Municipal Fuenlabrada Medios de Comunicación, S. A.”.
Donde dice:
— “Área de gobierno municipal denominada Desarrollo Sostenible de la Ciudad, en la
que se integrarán los servicios de Urbanismo, Infraestructuras, Sostenibilidad, Plani-
BOCM-20231019-62
licía Municipal, Bomberos y Protección Civil, Convivencia, Interculturalidad y
Antidiscriminación, Feminismo y Diversidad, Sanidad y Consumo.
— Área de gobierno municipal denominada Gobierno Abierto, en la que se integrarán
los servicios de Oficina Comisión sugerencias y reclamaciones, coordinación
administrativa de las Juntas de Distrito, transparencia activa, pasiva y colaborativa,
gobierno abierto, protección de datos, atención ciudadana, estadística, archivo municipal, plan estratégico de calidad de los servicios, régimen interior y educación.
Se adscribe a esta Área la empresa pública Instituto Municipal de Limpieza y
Servicios (IMLS).
Segundo.—La Alcaldía ejercerá la superior coordinación de las Áreas de Gobierno
municipal, relaciones institucionales, gabinete de Alcaldía, protocolo, comunicación institucional y proyectos europeos, secretaria general del Pleno y titular de la Junta de Gobierno Local y Asesoría Jurídica.
Tercero.—Nombrar como concejales titulares responsables de coordinar las diferentes
Áreas de gobierno municipal:
— Área de gobierno municipal denominada Ciudad Viva, doña Mónica Sebastián Pérez.
— Área de gobierno municipal denominada Economía y Administración, don
Francisco Manuel Paloma González.
— Área de gobierno municipal denominada Desarrollo Sostenible de la Ciudad, doña
Ana María Pérez Santiago.
— Área de gobierno municipal denominada Derechos de la Ciudadanía, doña Raquel
López Rodríguez.
— Área de gobierno municipal denominada, Gobierno Abierto, don Isidoro Ortega López.
Cuarto.—Los titulares de las diferentes Áreas municipales, en su condición de miembros
de la Junta de Gobierno Local, podrán resolver sobre actos que afecten a terceros en materias
objeto de delegación especial en los servicios que correspondan a cada Área, así como asumir
la firma de las competencias delegadas en las diferentes Delegaciones englobadas en cada Área,
para los casos de ausencia, vacante o enfermedad de los titulares de dichas Delegaciones.
Quinto.—Los procedimientos iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de este
decreto se seguirán tramitando y se resolverán por los órganos que resulten competentes en
virtud del nuevo reparto de competencias.
Sexto.—Publíquese la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID y dese cuenta al Pleno, a fin de que quede enterado del mismo”.
Visto que se ha detectado una omisión en la descripción de algunas de las citadas
Áreas, debiendo corregirse la misma del siguiente modo:
B.O.C.M. Núm. 249
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 19 DE OCTUBRE DE 2023
Pág. 245
Donde dice:
— “Área de gobierno municipal denominada Economía y Administración, en la que
se integrarán los servicios de Hacienda, Intervención, contabilidad, presupuestación,
política financiera y tesorería, coordinación administrativa y económica de las empresas públicas, gestión tributaria, contratación y patrimonio, desarrollo económico,
emprendimiento, empleo, industria, comercio, gestión de las personas, innovación.
Se adscriben a esta Área el Organismo Autónomo de Gestión Tributaria (OTAF),
Organismo Autónomo Centro de Iniciativas para la Formación y el Empleo, y la
Empresa Municipal Fuenlabrada Medios de Comunicación, S. A.”.
Debe decir:
— “Área de gobierno municipal denominada Economía y Administración, en la que
se integrarán los servicios de Hacienda, Intervención, contabilidad, presupuestación, política financiera y tesorería, coordinación administrativa y económica de
las empresas públicas, gestión tributaria, contratación y patrimonio, desarrollo
económico, emprendimiento, empleo, industria, comercio, gestión de las personas, innovación y servicio de sistemas y de tecnologías de la información y las
comunicaciones.
Se adscriben a esta Área el Organismo Autónomo de Gestión Tributaria (OTAF),
Organismo Autónomo Centro de Iniciativas para la Formación y el Empleo, y la
Empresa Municipal Fuenlabrada Medios de Comunicación, S. A.”.
Donde dice:
— “Área de gobierno municipal denominada Desarrollo Sostenible de la Ciudad, en la
que se integrarán los servicios de Urbanismo, Infraestructuras, Sostenibilidad, Plani-
BOCM-20231019-62
licía Municipal, Bomberos y Protección Civil, Convivencia, Interculturalidad y
Antidiscriminación, Feminismo y Diversidad, Sanidad y Consumo.
— Área de gobierno municipal denominada Gobierno Abierto, en la que se integrarán
los servicios de Oficina Comisión sugerencias y reclamaciones, coordinación
administrativa de las Juntas de Distrito, transparencia activa, pasiva y colaborativa,
gobierno abierto, protección de datos, atención ciudadana, estadística, archivo municipal, plan estratégico de calidad de los servicios, régimen interior y educación.
Se adscribe a esta Área la empresa pública Instituto Municipal de Limpieza y
Servicios (IMLS).
Segundo.—La Alcaldía ejercerá la superior coordinación de las Áreas de Gobierno
municipal, relaciones institucionales, gabinete de Alcaldía, protocolo, comunicación institucional y proyectos europeos, secretaria general del Pleno y titular de la Junta de Gobierno Local y Asesoría Jurídica.
Tercero.—Nombrar como concejales titulares responsables de coordinar las diferentes
Áreas de gobierno municipal:
— Área de gobierno municipal denominada Ciudad Viva, doña Mónica Sebastián Pérez.
— Área de gobierno municipal denominada Economía y Administración, don
Francisco Manuel Paloma González.
— Área de gobierno municipal denominada Desarrollo Sostenible de la Ciudad, doña
Ana María Pérez Santiago.
— Área de gobierno municipal denominada Derechos de la Ciudadanía, doña Raquel
López Rodríguez.
— Área de gobierno municipal denominada, Gobierno Abierto, don Isidoro Ortega López.
Cuarto.—Los titulares de las diferentes Áreas municipales, en su condición de miembros
de la Junta de Gobierno Local, podrán resolver sobre actos que afecten a terceros en materias
objeto de delegación especial en los servicios que correspondan a cada Área, así como asumir
la firma de las competencias delegadas en las diferentes Delegaciones englobadas en cada Área,
para los casos de ausencia, vacante o enfermedad de los titulares de dichas Delegaciones.
Quinto.—Los procedimientos iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de este
decreto se seguirán tramitando y se resolverán por los órganos que resulten competentes en
virtud del nuevo reparto de competencias.
Sexto.—Publíquese la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID y dese cuenta al Pleno, a fin de que quede enterado del mismo”.
Visto que se ha detectado una omisión en la descripción de algunas de las citadas
Áreas, debiendo corregirse la misma del siguiente modo: