B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20231019-11)
Nombramiento –  Acuerdo de 18 de octubre de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se dispone el nombramiento de los miembros del Consejo de Administración de la Agencia Madrileña de Atención Social
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 249

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 19 DE OCTUBRE DE 2023

Pág. 43

I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal
Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
ACUERDO de 18 de octubre de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se
dispone el nombramiento de los miembros del Consejo de Administración de la
Agencia Madrileña de Atención Social.

La Ley 9/2015, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas, en el apartado Cinco de su artículo 5, regula la composición del Consejo de Administración de la
Agencia Madrileña de Atención Social, estableciendo, en concreto, en el subapartado 2 que
los miembros del Consejo de Administración serán nombrados y, en su caso, cesados por
acuerdo del Consejo de Gobierno, a propuesta del titular de la Consejería de adscripción,
salvo en los casos de los tres representantes de los ayuntamientos de la Comunidad de
Madrid y del Secretario del Consejo de Administración, que será a propuesta del Secretario General del organismo.
En el subapartado 1, del citado artículo, establece que el Consejo de Administración
de la Agencia Madrileña de Atención Social estará compuesto por los siguientes miembros:
a) Presidente: el Consejero competente en materia de servicios sociales.
b) Vicepresidente: el Viceconsejero competente en materia de servicios sociales.
c) Tres representantes de la Consejería competente en materia de servicios sociales,
con rango, al menos, de Director General.
d) El Director Gerente de la Agencia de la Comunidad de Madrid para la Reeducación y Reinserción del Menor Infractor.
e) Un representante de la Consejería competente en materia de sanidad, a propuesta
de dicha Consejería, con rango, al menos, de Director General.
f) Un representante de la Consejería competente en materia de educación, a propuesta de dicha Consejería, con rango, al menos, de Director General.
g) Un representante del Ayuntamiento de Madrid con experiencia en materia de
servicios sociales, a propuesta de dicho Ayuntamiento.
h) Dos representantes de los Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid, con experiencia en materia de servicios sociales, a propuesta de la Federación de Municipios de Madrid.
i) Será Secretario del Consejo de Administración, el funcionario de la Comunidad
de Madrid que haya sido nombrado Secretario General del Organismo.
Como consecuencia de la modificación de las estructuras orgánicas de las Consejerías
de la Comunidad de Madrid por el Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la
Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, y por el Decreto 76/2023, de 5 de julio, del Consejo de
Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, así como la celebración de elecciones municipales que han producido
cambios en la organización de las entidades locales, una vez recibidas nuevas propuestas
de nombramientos, por parte de los organismos con representación en el Consejo de Administración del AMAS, procede ahora adecuar la composición de dicho consejo a través del
correspondiente nombramiento, por Consejo de Gobierno, de todos sus miembros.
En virtud de lo anterior, y de conformidad con el artículo 31.c de la Ley 1/1983, de 13
de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, en relación con
el artículo 5. Cinco, subapartados 1 y 2, de la Ley 9/2015, de 28 de diciembre, de Medidas
Fiscales y Administrativas de la Comunidad de Madrid, a propuesta de la Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, en su reunión del día 18 de octubre de 2023,

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