D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO - INSTITUTO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (BOCM-20231019-26)
Convenio –  Convenio de 2 de octubre de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo) y la Universidad Francisco de Vitoria de Madrid, para la creación de la “Cátedra IRSST-UFV I+D+i en fomento de la cultura, educación e inclusión en seguridad, salud y bienestar”
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 249

JUEVES 19 DE OCTUBRE DE 2023

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gotipos, conforme a lo dispuesto en el Manual de Identidad Corporativa de la Comunidad
de Madrid, quedando expresamente excluida la publicidad o la difusión de cualquier producto o servicio que pueda prestar la misma.
La existencia de este convenio no supone en ningún caso una autorización a la Comunidad de Madrid a difundir su participación en las actividades de la Cátedra ni a hacer uso
de la imagen corporativa de la UFV de cualquier otro modo.
Decimoctava
Extinción del convenio
El presente convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto, o por incurrir en causa de resolución. Las causas de resolución son las contempladas en el artículo 51.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público.
En caso de incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de
alguno de los firmantes del convenio, se notificará a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un plazo de 30 días naturales con las obligaciones o compromisos incumplidos. Este requerimiento será comunicado a la Comisión de Seguimiento. Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo
dirigió notificará a la otra la concurrencia de la causa de resolución y se podrá entender resuelto el convenio.
Las dudas o cuestiones que pudieran plantearse en relación con el incumplimiento de
las obligaciones y compromisos asumidos por las partes de las actuaciones en curso o derivadas del convenio serán resueltas en la Comisión de Seguimiento.
En cualquier caso, las partes se comprometen a finalizar las acciones que estén en curso de ejecución en el momento en que cause efecto la resolución del convenio.
La Comisión de Seguimiento continuará en funciones y será la encargada de resolver
las cuestiones que pudieran plantearse en relación con las actuaciones en curso o derivadas
del convenio y, asimismo, para el caso de producirse la extinción, hasta que se resuelvan
las cuestiones pendientes.
Decimonovena
Publicidad y transparencia
Ambas partes se comprometen a cumplir con la obligación de dar publicidad al convenio, de conformidad con lo establecido tanto en el artículo 8 de la Ley 19/2013, de 9 de
diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, como en
el artículo 23.1 de la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la
Comunidad de Madrid; todo ello sin perjuicio del cumplimiento de las obligaciones impuestas, a efectos de publicidad del presente convenio, en virtud de lo establecido en los artículos 13 y siguientes del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por
el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
Vigésima
Las cuestiones litigiosas que puedan surgir en su interpretación, modificación extinción y efectos que pudieran derivarse del cumplimiento, interpretación y ejecución serán
conocimiento y competencia del orden jurisdiccional contencioso-administrativo, sin perjuicio de la función interpretativa de la Comisión de Seguimiento establecida en la cláusula quinta del presente convenio, de conformidad con lo establecido en el artículo 49.f) de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre.
El presente convenio utiliza un lenguaje inclusivo. Las referencias a personas, colectivos, o cargos citados en el texto en género masculino debe entenderse, por economía del
lenguaje, como masculino meramente gramatical.
Y en prueba de conformidad y para la debida constancia de todo lo convenido, ambas
partes firman el presente convenio en un único ejemplar electrónico.
Madrid, a 2 de octubre de 2023.—Por el IRSST, la Presidenta del Consejo de Administración, Rocío Albert López-Ibor.—Por la Universidad Francisco de Vitoria de Madrid, el
Rector, Daniel Sada Castaño.
(03/16.916/23)
http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20231019-26

Controversias y conflictos