D) Anuncios - CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS - O. A. CONSORCIO REGIONAL DE TRANSPORTES PÚBLICOS REGULARES DE MADRID (BOCM-20231018-27)
Convenio – Adenda de 22 de septiembre de 2023, de prórroga entre la Universidad Complutense de Madrid y el Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid para la realización de prácticas
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 248
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 18 DE OCTUBRE DE 2023
Pág. 141
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Vivienda,Transportes e Infraestructuras
O. A. CONSORCIO REGIONAL DE TRANSPORTES PÚBLICOS
REGULARES DE MADRID
27
ADENDA de 22 de septiembre de 2023, de prórroga entre la Universidad Complutense de Madrid y el Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares
de Madrid para la realización de prácticas.
En Madrid, a 22 de septiembre de 2023,
REUNIDOS
De una parte, D.a María Concepción García Gómez, Vicerrectora de Formación Permanente, Empleabilidad y Emprendimiento, en representación de la Universidad Complutense de Madrid (en lo sucesivo UCM), nombrada por Decreto Rectoral 37/2023, de 28 de
junio, y actuando por delegación del Rector según Decreto Rectoral 28/2023, de 28 de junio, de establecimiento de los Vicerrectorados de la Universidad Complutense de Madrid,
de delegación de competencias y de diversas cuestiones de índole organizativo, publicado
en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de fecha 10 de julio de 2023.
Y de otra parte, D. Jorge Rodrigo Domínguez, en su condición de Presidente del Consejo de Administración del Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de
Madrid, designado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid de 19
de julio de 2023 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del 20 de julio
de 2023), actuando para la firma de este Convenio en el ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 6.2 de la Ley 5/1985 de 16 de mayo, de creación del Consorcio y el
artículo 12 de la Ley 1/1984, de 19 de enero, de Administración Institucional de la Comunidad de Madrid y en el artículo 6.2 b) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de
Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
Ambas partes se reconocen plena capacidad jurídica para suscribir el presente convenio, y a tal efecto
El 24 de septiembre de 2019, la Universidad Complutense de Madrid y el Consorcio
Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid, suscribieron un Convenio con el
fin de establecer las condiciones en las que estudiantes de la UCM realizaran en este Organismo, un programa de prácticas externas así como del Trabajo de Fin de Grado/Máster (en
adelante, TFG/TFM), de cualquier enseñanza impartida por la UCM, tanto oficiales como
propias, según las condiciones particulares de cada modalidad establecidas en el correspondiente programa formativo.
El convenio citado prevé en su cláusula octava una vigencia de cuatro años con efectos desde el día de su firma, estableciendo la posibilidad de prórroga del mismo mediante
acuerdo unánime de las partes por un período de hasta cuatro años adicionales, que debería
ser formalizado por escrito un mes antes de la expiración del plazo convenido, esto es, antes del 24 de septiembre de 2023.
Próxima la finalización del señalado período inicial de vigencia, las partes están de
acuerdo en acordar la prórroga del mismo, conforme a sus previsiones, y en tal sentido
adoptan el siguiente acuerdo de prórroga.
BOCM-20231018-27
MANIFIESTAN
B.O.C.M. Núm. 248
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 18 DE OCTUBRE DE 2023
Pág. 141
I. COMUNIDAD DE MADRID
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O. A. CONSORCIO REGIONAL DE TRANSPORTES PÚBLICOS
REGULARES DE MADRID
27
ADENDA de 22 de septiembre de 2023, de prórroga entre la Universidad Complutense de Madrid y el Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares
de Madrid para la realización de prácticas.
En Madrid, a 22 de septiembre de 2023,
REUNIDOS
De una parte, D.a María Concepción García Gómez, Vicerrectora de Formación Permanente, Empleabilidad y Emprendimiento, en representación de la Universidad Complutense de Madrid (en lo sucesivo UCM), nombrada por Decreto Rectoral 37/2023, de 28 de
junio, y actuando por delegación del Rector según Decreto Rectoral 28/2023, de 28 de junio, de establecimiento de los Vicerrectorados de la Universidad Complutense de Madrid,
de delegación de competencias y de diversas cuestiones de índole organizativo, publicado
en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de fecha 10 de julio de 2023.
Y de otra parte, D. Jorge Rodrigo Domínguez, en su condición de Presidente del Consejo de Administración del Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de
Madrid, designado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid de 19
de julio de 2023 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del 20 de julio
de 2023), actuando para la firma de este Convenio en el ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 6.2 de la Ley 5/1985 de 16 de mayo, de creación del Consorcio y el
artículo 12 de la Ley 1/1984, de 19 de enero, de Administración Institucional de la Comunidad de Madrid y en el artículo 6.2 b) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de
Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
Ambas partes se reconocen plena capacidad jurídica para suscribir el presente convenio, y a tal efecto
El 24 de septiembre de 2019, la Universidad Complutense de Madrid y el Consorcio
Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid, suscribieron un Convenio con el
fin de establecer las condiciones en las que estudiantes de la UCM realizaran en este Organismo, un programa de prácticas externas así como del Trabajo de Fin de Grado/Máster (en
adelante, TFG/TFM), de cualquier enseñanza impartida por la UCM, tanto oficiales como
propias, según las condiciones particulares de cada modalidad establecidas en el correspondiente programa formativo.
El convenio citado prevé en su cláusula octava una vigencia de cuatro años con efectos desde el día de su firma, estableciendo la posibilidad de prórroga del mismo mediante
acuerdo unánime de las partes por un período de hasta cuatro años adicionales, que debería
ser formalizado por escrito un mes antes de la expiración del plazo convenido, esto es, antes del 24 de septiembre de 2023.
Próxima la finalización del señalado período inicial de vigencia, las partes están de
acuerdo en acordar la prórroga del mismo, conforme a sus previsiones, y en tal sentido
adoptan el siguiente acuerdo de prórroga.
BOCM-20231018-27
MANIFIESTAN