Parla (BOCM-20231017-57)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 17 DE OCTUBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 247

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
57

PARLA
RÉGIMEN ECONÓMICO

Extracto de la resolución de 3 de octubre 2023, por la que se aprueba la convocatoria
de subvenciones para el desarrollo de proyectos de teatro en institutos de Educación Secundaria para el curso 2023-2024.
BDNS (Identif.): 720044

BOCM-20231017-57

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:
Primero. Beneficiarios.—Podrán presentar a esta convocatoria todos los Institutos de
Educación Secundaria del Municipio de Parla.
Segundo. Objeto.—La presente convocatoria tiene por objeto promover la participación de toda la comunidad educativa, profesorado, padres y madres y alumnos/as en el desarrollo de iniciativas que vengan a mejorar la calidad de la educación en los centros educativos del Municipio de Parla.
Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento de Parla, aprobada en pleno de 28 de diciembre de 2004, y publicada definitivamente el
día 8 de marzo de 2005 en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Cuarto. Cuantía.—La cuantía máxima destinada a la convocatoria para el total de
proyectos que se presentan a subvención asciende a 5.000 euros La cuantía máxima individual por proyecto subvencionado será inferior a 3.000 euros. Este gasto se imputará a la
aplicación 323.489,06 euros Ayudas y Subvenciones a Centros Educativos.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de admisión de solicitudes
será de veinte días naturales contados a partir del día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Si las solicitudes no reunieran los datos exigidos o no vinieran acompañadas de la documentación necesaria se requerirá al interesado/a para que, en el plazo de diez días, subsane los defectos,
previniéndole de que, en caso contrario, su solicitud se archivará sin más trámite.
Parla, a 4 de octubre de 2023.—El concejal-delegado de Juventud, Educación, Transición
Ecológica, Movilidad Sostenible y Agenda 2030, Miguel Fuentes Sánchez.
(03/17.129/23)

http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791