D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20231017-30)
Convenio –  Adenda de 27 de septiembre de 2023, de modificación y prórroga del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud, y la Universidad San Pablo CEU, para la enseñanza clínica práctica en el grado de Medicina en centros de atención primaria
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 17 DE OCTUBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 247

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Sanidad
30

ADENDA de 27 de septiembre de 2023, de modificación y prórroga del convenio de
colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad,
el Servicio Madrileño de Salud, y la Universidad San Pablo CEU, para la enseñanza clínica práctica en el grado de Medicina en centros de atención primaria.
REUNIDOS

De una parte, la Excma. Sra. Consejera de Sanidad, D.a Fátima Matute Teresa, nombrada por Decreto 44/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid,
y actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 41.a) de la Ley 1/1983,
de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el apartado 3 del artículo 4 de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de Adecuación a la Normativa de la
Comunidad de Madrid a la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero, en la redacción dada por la
Ley 1/2001, de 29 de marzo.
De otra parte, el Ilmo. Sr. Viceconsejero de Sanidad y Director General del Servicio
Madrileño de Salud, D. Juan José Fernández Ramos, nombrado mediante Decreto 131/2023,
de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, en nombre y representación del Servicio Madrileño de Salud, actuando en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6.2 del Decreto 76/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura
orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, el artículo 23.2 a) del Decreto 24/2008, de 3 de abril, por el que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento del Servicio Madrileño de Salud y el Acuerdo del Consejo de Administración del
Servicio Madrileño de Salud, de 9 de mayo de 2008, ratificado en su reunión de 17 de junio de 2020, por el que se delegan determinadas competencias en materia de convenios.
Y de otra, la Excma. Sra. D.a Rosa María Visiedo Claverol, Rectora Magnífica, nombrada por el Patronato de la Universidad San Pablo-CEU en su junta de 13 de julio de 2019, actuando en nombre y representación de la Universidad San Pablo-CEU, con domicilio en
Madrid, calle de Isaac Peral, número 58, con NIF: G-28423275, en uso de las facultades conferidas por el artículo 37.1.c) del Decreto 31/2011, de 2 de junio, del Consejo de Gobierno,
por el que se aprueban las Normas de Organización y Funcionamiento de la Universidad San
Pablo CEU.
Las partes se reconocen mutuamente la capacidad legal necesaria y legitimación con
que intervienen para la formalización del presente documento y en su virtud,
EXPONEN
Primero

Segundo
Que el Servicio Madrileño de Salud (en adelante, SERMAS) es un ente de derecho público creado por la Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid (LOSCAM), dotado de personalidad jurídica propia y plena capacidad de
obrar para el cumplimiento de sus fines, teniendo entre sus funciones la gestión de los centros, servicios y establecimientos sanitarios adscritos al mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 24/2008, de 3 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se establece
su régimen jurídico y de funcionamiento.

BOCM-20231017-30

Que la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, tiene entre sus
competencias, las relativas a ordenación, gestión, coordinación y evaluación de las actividades relacionadas con la formación sanitaria dentro de su territorio en sus distintos niveles de grado, posgrado, formación de especialistas y planes de formación continuada del
personal de la Consejería de Sanidad [artículo 8.c) del Decreto 1/2022, de 19 de enero, del
Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de dicha Consejería].