Daganzo de Arriba (BOCM-20231016-43)
Organización y funcionamiento. Ordenanza fiscal
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 134
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 16 DE OCTUBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 246
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
43
DAGANZO DE ARRIBA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
BOCM-20231016-43
El Pleno del Ayuntamiento de Daganzo, en sesión ordinaria celebrada, el día 27 de
septiembre de 2023, acordó la modificación de la ordenanza fiscal F-6 ordenanza reguladora de la tasa por licencias urbanísticas.
Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local, se somete el expediente a información pública
por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones y sugerencias que estimen oportunas.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará
aprobado definitivamente dicho Acuerdo.
Lo que se hace público a los efectos legales establecidos.
Daganzo de Arriba, a 3 de octubre de 2023.—El alcalde-presidente (firmado).
(03/16.780/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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B.O.C.M. Núm. 246
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43
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BOCM-20231016-43
El Pleno del Ayuntamiento de Daganzo, en sesión ordinaria celebrada, el día 27 de
septiembre de 2023, acordó la modificación de la ordenanza fiscal F-6 ordenanza reguladora de la tasa por licencias urbanísticas.
Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local, se somete el expediente a información pública
por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones y sugerencias que estimen oportunas.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará
aprobado definitivamente dicho Acuerdo.
Lo que se hace público a los efectos legales establecidos.
Daganzo de Arriba, a 3 de octubre de 2023.—El alcalde-presidente (firmado).
(03/16.780/23)
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791