Galapagar (BOCM-20231016-45)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 16 DE OCTUBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 246

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
45

GALAPAGAR
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

BOCM-20231016-45

Suplencia sexto teniente de alcalde por vacaciones.
Por decreto de Alcaldía número 4305/2023 de 2 de octubre, la Alcaldesa-Presidente
D.a Carla Isabel Greciano Barrado, en virtud de las facultades atribuidas a la Alcaldía en
el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local,
ha resuelto:
1. Disponer la sustitución en la dirección de las Áreas de Recursos Humanos y Deportes por el séptimo teniente de alcalde, don Miguel Ángel Domínguez Gutiérrez, desde el 2 al 6 de octubre de 2023, ambos inclusive.
2. Durante el período indicado el séptimo teniente de alcalde asumirá el ejercicio de las
competencias delegadas en el sexto teniente de alcalde por el decreto 2597/2023, de 20 de junio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 156 de 3 de julio de 2023).
3. La presente disposición será efectiva desde el día de la firma y el interesado dispondrá de un plazo de tres días para la aceptación de la misma, entendiéndose aceptada desde el momento en que ejercite las pertinentes funciones.
4. Esta resolución será notificada a los portavoces de los grupos municipales y a los
departamentos del Ayuntamiento para el despacho de la firma.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, cualquier interesado podrá interponer los siguientes recursos:
a) Con carácter potestativo un recurso de reposición que deberá presentar dentro del
plazo de un mes a contar desde el día siguiente a aquel en el que se notifique esta
resolución, según disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
b) Un recurso contencioso administrativo ante los juzgados de lo contencioso administrativo de la ciudad de Madrid, recurso que deberá presentar en el plazo de dos
meses a contar desde el día siguiente a aquel en el que se notifique esta resolución,
de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa (LJCA).
No obstante lo anterior puede interponer cualquier reclamación o recurso que estime
pertinente, ante cualquier órgano o autoridad.
Lo que se hace público para general conocimiento.
En Galapagar, a 3 de octubre de 2023.—La alcaldesa-presidente, Carla I. Greciano
Barrado.
(03/16.773/23)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791