Madrid (BOCM-20231016-25)
Organización y funcionamiento. Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias. Delegación funciones
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BOCM
Pág. 112
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 16 DE OCTUBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 246
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
25
MADRID
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Acuerdo de 29 de septiembre de 2023, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid,
por el que se avoca la competencia para el impulso y gestión del vivero de iniciativas para el
emprendimiento en agricultura urbana de la ciudad de Madrid, en el marco del programa
“Barrios Productores”, y delegarla en la Dirección General de Regeneración Urbana:
El Área de Gobierno de Políticas de Vivienda ostenta las competencias ejecutivas en
materia de rehabilitación y regeneración urbana, que en el mandato anterior correspondían
al Área de Gobierno de Desarrollo Urbano.
Las actuaciones de regeneración urbana persiguen una mejora física de la urbanización
y la edificación, así como la activación de acciones de mejora social y económica, desde
una perspectiva integral, si bien trabajando con enfoques complementarios, para garantizar
el éxito de la regeneración.
Con este propósito, la Dirección General de Planificación Estratégica, del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano, formuló en el mandato anterior el programa “Barrios Productores”, con el propósito de fomentar la economía verde de los barrios, desarrollando actuaciones que utilizan el barrio como recurso productivo, combinando este componente
socioeconómico con el componente ambiental, al contribuir a la renaturalización de la ciudad, reduciendo los efectos del cambio climático y de la isla de calor urbana.
Dicho programa está formulado con el objetivo específico de disponer parcelas vacantes del Patrimonio Municipal de Suelo para generar una red de espacios productivos (para
lo cual se necesita contar con un vivero de iniciativas para el emprendimiento en agricultura urbana) que tienen la doble misión de naturalizar los barrios y favorecer el emprendimiento ligado a la producción hortofrutícola alimentaria, la comercialización de productos
ecológicos y la hostelería, constituyéndose de este modo en una eficaz herramienta para la
regeneración de los barrios a partir de la agricultura urbana.
En el mandato actual se pretende dar continuidad a las actuaciones anteriormente indicadas. Por su parte, el Patrimonio Municipal de Suelo vacante en la ciudad de Madrid permite disponer de determinadas parcelas para este proyecto, localizadas en entornos residenciales y que constituyen lo que se ha denominado el “Banco de Tierras Municipal”, integrado
por parcelas dotacionales inscritas en el Inventario de Patrimonio Municipal de Suelo.
Conforme a lo dispuesto en el apartado 22.o 1.1.d) del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de
la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda, la Dirección General de Emprendimiento es
competente para impulsar y gestionar la red de viveros de empresa como espacios físicos de titularidad municipal para la promoción de las iniciativas emprendedoras y otros espacios de encuentro y promoción del emprendimiento.
No obstante, de conformidad con lo establecido en el artículo 10.1 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, existen razones de índole técnica y
económica que aconsejan que, de forma puntual, el impulso y la gestión del vivero de iniciativas para el emprendimiento en agricultura urbana en la ciudad de Madrid, en el marco del programa “Barrios Productores”, se realicen por la Dirección General de Regeneración Urbana.
Dichas razones se derivan, desde el punto de vista técnico, en el hecho de que el personal de la Dirección General de Regeneración Urbana ha desarrollado un proyecto similar
en el mandato anterior, contando con la experiencia y formación técnica necesaria para continuarlo, e incluso ampliarlo. Así, por medio de la presente avocación se da continuidad a
un proyecto ya iniciado, que se conoce adecuadamente.
Por su parte, desde el punto de vista económico, la Dirección General de Regeneración
Urbana se ha dotado de los recursos necesarios para el desarrollo de las funciones propias
de un vivero de emprendimiento en cuanto a la prestación a los emprendedores de los servicios de formación teórico-práctica en el campo de la agroecología, así como para el aseso-
BOCM-20231016-25
Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
25
MADRID
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Acuerdo de 29 de septiembre de 2023, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid,
por el que se avoca la competencia para el impulso y gestión del vivero de iniciativas para el
emprendimiento en agricultura urbana de la ciudad de Madrid, en el marco del programa
“Barrios Productores”, y delegarla en la Dirección General de Regeneración Urbana:
El Área de Gobierno de Políticas de Vivienda ostenta las competencias ejecutivas en
materia de rehabilitación y regeneración urbana, que en el mandato anterior correspondían
al Área de Gobierno de Desarrollo Urbano.
Las actuaciones de regeneración urbana persiguen una mejora física de la urbanización
y la edificación, así como la activación de acciones de mejora social y económica, desde
una perspectiva integral, si bien trabajando con enfoques complementarios, para garantizar
el éxito de la regeneración.
Con este propósito, la Dirección General de Planificación Estratégica, del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano, formuló en el mandato anterior el programa “Barrios Productores”, con el propósito de fomentar la economía verde de los barrios, desarrollando actuaciones que utilizan el barrio como recurso productivo, combinando este componente
socioeconómico con el componente ambiental, al contribuir a la renaturalización de la ciudad, reduciendo los efectos del cambio climático y de la isla de calor urbana.
Dicho programa está formulado con el objetivo específico de disponer parcelas vacantes del Patrimonio Municipal de Suelo para generar una red de espacios productivos (para
lo cual se necesita contar con un vivero de iniciativas para el emprendimiento en agricultura urbana) que tienen la doble misión de naturalizar los barrios y favorecer el emprendimiento ligado a la producción hortofrutícola alimentaria, la comercialización de productos
ecológicos y la hostelería, constituyéndose de este modo en una eficaz herramienta para la
regeneración de los barrios a partir de la agricultura urbana.
En el mandato actual se pretende dar continuidad a las actuaciones anteriormente indicadas. Por su parte, el Patrimonio Municipal de Suelo vacante en la ciudad de Madrid permite disponer de determinadas parcelas para este proyecto, localizadas en entornos residenciales y que constituyen lo que se ha denominado el “Banco de Tierras Municipal”, integrado
por parcelas dotacionales inscritas en el Inventario de Patrimonio Municipal de Suelo.
Conforme a lo dispuesto en el apartado 22.o 1.1.d) del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de
la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda, la Dirección General de Emprendimiento es
competente para impulsar y gestionar la red de viveros de empresa como espacios físicos de titularidad municipal para la promoción de las iniciativas emprendedoras y otros espacios de encuentro y promoción del emprendimiento.
No obstante, de conformidad con lo establecido en el artículo 10.1 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, existen razones de índole técnica y
económica que aconsejan que, de forma puntual, el impulso y la gestión del vivero de iniciativas para el emprendimiento en agricultura urbana en la ciudad de Madrid, en el marco del programa “Barrios Productores”, se realicen por la Dirección General de Regeneración Urbana.
Dichas razones se derivan, desde el punto de vista técnico, en el hecho de que el personal de la Dirección General de Regeneración Urbana ha desarrollado un proyecto similar
en el mandato anterior, contando con la experiencia y formación técnica necesaria para continuarlo, e incluso ampliarlo. Así, por medio de la presente avocación se da continuidad a
un proyecto ya iniciado, que se conoce adecuadamente.
Por su parte, desde el punto de vista económico, la Dirección General de Regeneración
Urbana se ha dotado de los recursos necesarios para el desarrollo de las funciones propias
de un vivero de emprendimiento en cuanto a la prestación a los emprendedores de los servicios de formación teórico-práctica en el campo de la agroecología, así como para el aseso-
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