Bustarviejo (BOCM-20231013-56)
Régimen económico. Modificación presupuestaria
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 244

VIERNES 13 DE OCTUBRE DE 2023

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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BUSTARVIEJO
RÉGIMEN ECONÓMICO

Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de 26 de junio de 2023, por el que se aprueba el
expediente de modificación de créditos número 03/2023, del presupuesto en vigor, en la
modalidad de transferencia de crédito entre aplicaciones de distintas áreas de gasto, que no
afectan a altas y bajas de crédito de personal.
Aprobado definitivamente el expediente de transferencia de créditos entre aplicaciones
de gastos, de distinta área de gasto, que no afectan a bajas y altas de créditos de personal, al
no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los
efectos del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del texto refundido de la Ley Reguladora
de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
BAJAS EN PARTIDAS DE GASTOS
CAPÍTULO
2

DENOMINACION
Gastos corrientes en bienes y servicios

CREDITO DISPONIBLE

MOD

CRE. DEF

105.412,13 €

-80.748,48 €

24.663,65 €

ALTA EN LA PARTIDA DE INGRESOS
CAPÍTULO

DENOMINACION

CREDITO DISPONIBLE
0€

MOD
10.434,28 €

CRE. DEF

4

Transferencias corrientes

10.434,28 €

2

Gastos corrientes en bienes y servicios

0€

500,00 €

500,00 €

6

Inversiones reales

0€

51.814,20€

51.814,20€

1

Gastos de personal

50.529,48€

18.000,00 €

68.529,88 €

BOCM-20231013-56

Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, las personas interesadas podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la
interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo
impugnado.
Bustarviejo, a 29 de septiembre de 2023.—El alcalde-presidente, Tanausu Luis Perera.
(03/16.638/23)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791