D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20231013-22)
Convenio –  Convenio de 14 de septiembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, y la Empresa Pentatel Comunicaciones, S. L., para el patrocinio de las convocatorias autonómicas del concurso escolar Consumópolis correspondientes a los cursos escolares 2023-2024 y 2024-2025
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 13 DE OCTUBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 244

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
22

CONVENIO de 14 de septiembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, y la Empresa Pentatel Comunicaciones, S. L., para el patrocinio de las convocatorias autonómicas del concurso escolar Consumópolis correspondientes a los cursos escolares 2023-2024
y 2024-2025.
REUNIDOS

De una parte, D. Daniel Rodríguez Asensio, en calidad de Viceconsejero de Economía
y Empleo, nombrado por Decreto 91/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, actuando
por delegación de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, de acuerdo con lo previsto en la Orden de 3 de diciembre de 2021, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo,
por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones, en relación con el artículo 3 del Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la
Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de
las Consejerías de la Comunidad de Madrid; en adelante denominado Patrocinado.
Y de otra: D. Miguel Castro Palomino, actuando como administrador único en nombre
y representación de Pentatel Comunicaciones, S. L., con NIF B82682832, según escritura
pública otorgada en fecha 11 de junio de 2013, ante el notario de Madrid, don Ángel Almoguera Gómez, bajo el número 3025 de su protocolo, en adelante denominado Patrocinador.
Intervienen en nombre de los organismos o entidades que representan, que serán consideradas las partes del convenio y se reconocen, mutua y respectivamente, la competencia
y la capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente convenio y a tal efecto,

I. Que la Comunidad de Madrid tiene atribuida la competencia para el desarrollo legislativo, la potestad reglamentaria y la ejecución en materia de defensa del consumidor, de
acuerdo con las bases y la ordenación de la actividad económica general y la política monetaria del Estado, en los términos de lo dispuesto en el artículo 149.1 de la Constitución
Española, y en el artículo 27.10 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid,
aprobado por Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero.
II. Que la Ley 11/1998, de 9 de julio, de Protección de los Consumidores de la Comunidad de Madrid, en su artículo 3, reconoce como derecho básico de los consumidores
la educación en materia de consumo. A este respecto, la Comunidad de Madrid fomentará
la enseñanza, en todos los niveles educativos, de materias relacionadas con el consumo para
promover mayor libertad y racionalidad en el consumo de productos, bienes y servicios y
prevenir los riesgos derivados de su uso, y organizará, promoverá y desarrollará programas
de educación y formación de consumidores, de acuerdo con lo establecido en los artículos
19 y 20 de la citada Ley 11/1998. Entre otras finalidades, estas actuaciones estarán destinadas a colaborar con el personal docente en el desarrollo de la educación en esta materia en
sus respectivos ámbitos educacionales.
III. Que la Comunidad de Madrid tiene previsto organizar las fases autonómicas del
Concurso Escolar Consumópolis sobre consumo responsable, que es una iniciativa del Ministerio titular de las competencias de consumo, que se convoca todos los años vinculado a
la duración del curso académico desde 2005-2006 y en el que participa la Comunidad de
Madrid convocando la fase autonómica del concurso.
IV. Que el objetivo del concurso es sensibilizar a los escolares de la importancia que
tiene realizar los actos de consumo de forma crítica, solidaria, responsable y sostenible mediante la realización de determinadas actividades. En estas convocatorias autonómicas podrán participan, en régimen de concurrencia competitiva, escolares que estén matriculados

BOCM-20231013-22

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