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Convenio –  Adenda de 27 de septiembre de 2023, al convenio entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Fundación Orange para la señalización de los centros sanitarios mediante pictogramas dirigidos a personas con trastorno del espectro autista (TEA)
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 13 DE OCTUBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 244

Asimismo, mediante la correspondiente adenda, podrá ampliarse el ámbito de aplicación del convenio a los centros vinculados al Servicio Madrileño de Salud, recogidos en el
apartado 2 de la disposición adicional tercera del Decreto 2/2022, de 26 de enero.
Segunda
Ampliación del ámbito de aplicación del convenio
Las partes acuerdan ampliar el ámbito de aplicación del convenio entre la Comunidad
de Madrid a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Fundación Orange para la señalización de los centros sanitarios mediante pictogramas dirigidos a
personas con Trastorno del Espectro Autista (TEA), al Hospital Universitario Fundación Alcorcón, siéndole de aplicación su contenido y asumiendo el Hospital Fundación Alcorcón las
mismas obligaciones que, para el Servicio Madrileño de Salud, se recogen en el apartado 2
de la cláusula tercera del convenio.
Tercera
Modificación de la cláusula quinta
Se modifica la cláusula quinta del convenio, que queda redactada como sigue:
“Quinta
Financiación
La ejecución del presente convenio no generará obligaciones económicas para la Consejería de Sanidad ni el Servicio Madrileño de Salud ni el Hospital Fundación Alcorcón”.
Cuarta
Modificación de la cláusula sexta
Se modifica la cláusula sexta del convenio, que queda redactada como sigue:
“Sexta
Para el desarrollo del presente convenio y para resolver cuantas dudas y discrepancias
puedan surgir en la interpretación y aplicación del mismo, se crea una comisión mixta de
seguimiento cuya composición será la siguiente:
— La persona titular de la Dirección General con competencias en humanización,
atención y seguridad del paciente o persona en quien delegue, que actuará como
Presidente de la Comisión.
— La persona titular de la Dirección General en competencias en asistencia sanitaria
o persona en quien delegue.
— La persona titular de la Dirección Gerencia del Hospital Fundación Alcorcón o
persona en quien delegue.
— La persona titular de la Presidencia de la Fundación Orange o persona en quien
delegue.
Serán funciones de la comisión:
— Seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y de los compromisos asumidos por cada una de las partes.
— Resolver cuantas dudas y discrepancias surjan con respecto a la interpretación y
aplicación del convenio.
La comisión se constituirá en los dos meses siguientes a partir de la firma del convenio.
Se reunirá con carácter ordinario una vez al año, y con carácter extraordinario, cuando resulte necesario y lo solicite cualquiera de las partes, comunicando previamente los
asuntos a tratar.
El funcionamiento de la comisión se regulará por lo establecido en la sección 3 del capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público”.

BOCM-20231013-28

Comisión Mixta de Seguimiento