C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20231013-19)
Concesión premios – Orden 3770/2023, de 2 de octubre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se conceden los premios extraordinarios de Educación Secundaria Obligatoria de la Comunidad de Madrid correspondientes al año académico 2022-2023
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 244
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 13 DE OCTUBRE DE 2023
Pág. 93
2. El importe total de los premios concedidos asciende a 44.000 euros, que se harán
efectivos con cargo al subconcepto 48399 del programa presupuestario 322O correspondiente al año 2023.
3. Mediante la correspondiente diligencia se consignará la obtención del Premio Extraordinario de Educación Secundaria Obligatoria de la Comunidad de Madrid tanto en el
historial como en el expediente académico del alumno premiado.
4. Quienes obtengan Premio Extraordinario de Educación Secundaria Obligatoria de
la Comunidad de Madrid, previa inscripción y siguiendo las condiciones que establezca la
normativa de aplicación, podrán optar a los Premios Nacionales de Educación Secundaria
Obligatoria, de cuya convocatoria recibirán la debida información por parte de la consejería competente en materia de Educación.
5. Los alumnos que obtengan el Premio Extraordinario de Educación Secundaria
Obligatoria de la Comunidad de Madrid recibirán un diploma acreditativo de tal distinción.
Tercero
Obligaciones del beneficiario
Las obligaciones del beneficiario serán las establecidas en el apartado decimocuarto
de la Orden 1796/2023, de 24 de mayo.
Cuarto
Ceremonia de entrega de los Premios
La Dirección General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza hará pública, cuando
corresponda, la fecha, hora y lugar de la ceremonia de entrega de los Premios.
Quinto
Recursos
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes ante el Consejero de Educación,
Ciencia y Universidades, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos
meses. Ambos plazos se computarán a partir del día siguiente al de la publicación de esta
orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de cuantos
otros recursos se estime oportuno deducir.
Madrid, a 2 de octubre de 2023.
BOCM-20231013-19
El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades,
EMILIO VICIANA DURO
B.O.C.M. Núm. 244
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 13 DE OCTUBRE DE 2023
Pág. 93
2. El importe total de los premios concedidos asciende a 44.000 euros, que se harán
efectivos con cargo al subconcepto 48399 del programa presupuestario 322O correspondiente al año 2023.
3. Mediante la correspondiente diligencia se consignará la obtención del Premio Extraordinario de Educación Secundaria Obligatoria de la Comunidad de Madrid tanto en el
historial como en el expediente académico del alumno premiado.
4. Quienes obtengan Premio Extraordinario de Educación Secundaria Obligatoria de
la Comunidad de Madrid, previa inscripción y siguiendo las condiciones que establezca la
normativa de aplicación, podrán optar a los Premios Nacionales de Educación Secundaria
Obligatoria, de cuya convocatoria recibirán la debida información por parte de la consejería competente en materia de Educación.
5. Los alumnos que obtengan el Premio Extraordinario de Educación Secundaria
Obligatoria de la Comunidad de Madrid recibirán un diploma acreditativo de tal distinción.
Tercero
Obligaciones del beneficiario
Las obligaciones del beneficiario serán las establecidas en el apartado decimocuarto
de la Orden 1796/2023, de 24 de mayo.
Cuarto
Ceremonia de entrega de los Premios
La Dirección General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza hará pública, cuando
corresponda, la fecha, hora y lugar de la ceremonia de entrega de los Premios.
Quinto
Recursos
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes ante el Consejero de Educación,
Ciencia y Universidades, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos
meses. Ambos plazos se computarán a partir del día siguiente al de la publicación de esta
orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de cuantos
otros recursos se estime oportuno deducir.
Madrid, a 2 de octubre de 2023.
BOCM-20231013-19
El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades,
EMILIO VICIANA DURO