D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20231011-38)
Convenio – Convenio de colaboración de 20 de septiembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales y el Ayuntamiento de Alcorcón para el desarrollo de la atención social primaria y otros programas por los servicios sociales de las entidades locales para el año 2023
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 228
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 11 DE OCTUBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 242
Para el cumplimiento del objeto del convenio suscrito no se requiere que el Encargado acceda a
ningún otro dato personal responsabilidad del Responsable del tratamiento y, en consecuencia,
no está autorizado en caso alguno al acceso o tratamiento de otro dato, que no sean los
especificados en dicho texto convencional. Si se produjera una incidencia durante la ejecución
del convenio que conllevará un acceso accidental o incidental a esos datos personales, el
Encargado deberá ponerlo en conocimiento del Responsable, en concreto de su Delegado de
Protección de Datos, con la mayor diligencia y a más tardar en el plazo de 24 horas.
Las partes responderán de las infracciones en las que hubiesen incurrido personalmente,
manteniendo indemne a la parte contraria frente a cualquier perjuicio que se derivase de ellas.
BOCM-20231011-38
(03/16.318/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 228
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MIÉRCOLES 11 DE OCTUBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 242
Para el cumplimiento del objeto del convenio suscrito no se requiere que el Encargado acceda a
ningún otro dato personal responsabilidad del Responsable del tratamiento y, en consecuencia,
no está autorizado en caso alguno al acceso o tratamiento de otro dato, que no sean los
especificados en dicho texto convencional. Si se produjera una incidencia durante la ejecución
del convenio que conllevará un acceso accidental o incidental a esos datos personales, el
Encargado deberá ponerlo en conocimiento del Responsable, en concreto de su Delegado de
Protección de Datos, con la mayor diligencia y a más tardar en el plazo de 24 horas.
Las partes responderán de las infracciones en las que hubiesen incurrido personalmente,
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BOCM-20231011-38
(03/16.318/23)
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791