C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20231011-17)
Concesión becas – Orden 3897/2023, de 7 de octubre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se resuelve la convocatoria de becas para el estudio de Bachillerato en la Comunidad de Madrid para el curso 2023-2024
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 242
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 11 DE OCTUBRE DE 2023
Pág. 73
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
17
ORDEN 3897/2023, de 7 de octubre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se resuelve la convocatoria de becas para el estudio de
Bachillerato en la Comunidad de Madrid para el curso 2023-2024.
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero
Mediante la Orden 1142/2022, de 10 de mayo, de la entonces Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía, se aprobaron las bases reguladoras para la concesión de becas para el estudio de Bachillerato en la Comunidad de Madrid (publicada en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 19 de mayo de 2022). Igualmente, mediante la Orden 1018/2023, de 23 de marzo, del entonces Vicepresidente, Consejero
de Educación y Universidades, se aprobó la convocatoria de becas para el estudio de Bachillerato en la Comunidad de Madrid correspondiente al curso 2023-2024 (publicada en
extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 10 de abril de 2023).
Segundo
Seguidos los trámites legales oportunos y transcurrido el plazo de presentación de solicitudes establecido en el apartado séptimo de la Orden 1018/2023, se publicaron, con fecha 15 de junio de 2023, las listas de solicitudes presentadas y de solicitudes excluidas,
abriéndose a partir del día siguiente un plazo para la subsanación o mejora de las solicitudes, desde el 16 al 29 de junio de 2023, ambos inclusive.
Tercero
Transcurrido el período de subsanación, la Comisión de Valoración, tras analizar el
número de solicitudes admitidas para esta convocatoria, acordó, al amparo de lo establecido en el apartado noveno de la Orden 1018/2023, proponer la concesión de beca a todas
aquellas solicitudes que habían reunido los requisitos exigidos en la convocatoria, al existir crédito presupuestario disponible para cubrir la totalidad de las ayudas solicitadas.
Cuarto
La Comisión de Valoración elevó propuesta de resolución al Consejero de Educación,
Ciencia y Universidades.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero
DISPONGO
Primero
Conceder las becas para el estudio de Bachillerato para el curso 2023-2024, por el importe determinado en cada caso, a los solicitantes que figuran en el anexo I “Beneficiarios”
de esta orden.
BOCM-20231011-17
La competencia para la resolución de la convocatoria corresponde al Consejero de
Educación, Ciencia y Universidades, de acuerdo con lo previsto en el artículo 16 de la Orden 1142/2022, de 10 de mayo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de becas para el estudio de Bachillerato en la Comunidad de Madrid.
Vista la propuesta de resolución de la Comisión de Valoración,
B.O.C.M. Núm. 242
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 11 DE OCTUBRE DE 2023
Pág. 73
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
17
ORDEN 3897/2023, de 7 de octubre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se resuelve la convocatoria de becas para el estudio de
Bachillerato en la Comunidad de Madrid para el curso 2023-2024.
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero
Mediante la Orden 1142/2022, de 10 de mayo, de la entonces Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía, se aprobaron las bases reguladoras para la concesión de becas para el estudio de Bachillerato en la Comunidad de Madrid (publicada en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 19 de mayo de 2022). Igualmente, mediante la Orden 1018/2023, de 23 de marzo, del entonces Vicepresidente, Consejero
de Educación y Universidades, se aprobó la convocatoria de becas para el estudio de Bachillerato en la Comunidad de Madrid correspondiente al curso 2023-2024 (publicada en
extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 10 de abril de 2023).
Segundo
Seguidos los trámites legales oportunos y transcurrido el plazo de presentación de solicitudes establecido en el apartado séptimo de la Orden 1018/2023, se publicaron, con fecha 15 de junio de 2023, las listas de solicitudes presentadas y de solicitudes excluidas,
abriéndose a partir del día siguiente un plazo para la subsanación o mejora de las solicitudes, desde el 16 al 29 de junio de 2023, ambos inclusive.
Tercero
Transcurrido el período de subsanación, la Comisión de Valoración, tras analizar el
número de solicitudes admitidas para esta convocatoria, acordó, al amparo de lo establecido en el apartado noveno de la Orden 1018/2023, proponer la concesión de beca a todas
aquellas solicitudes que habían reunido los requisitos exigidos en la convocatoria, al existir crédito presupuestario disponible para cubrir la totalidad de las ayudas solicitadas.
Cuarto
La Comisión de Valoración elevó propuesta de resolución al Consejero de Educación,
Ciencia y Universidades.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero
DISPONGO
Primero
Conceder las becas para el estudio de Bachillerato para el curso 2023-2024, por el importe determinado en cada caso, a los solicitantes que figuran en el anexo I “Beneficiarios”
de esta orden.
BOCM-20231011-17
La competencia para la resolución de la convocatoria corresponde al Consejero de
Educación, Ciencia y Universidades, de acuerdo con lo previsto en el artículo 16 de la Orden 1142/2022, de 10 de mayo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de becas para el estudio de Bachillerato en la Comunidad de Madrid.
Vista la propuesta de resolución de la Comisión de Valoración,