Pozuelo de Alarcón (BOCM-20231010-70)
Organización y funcionamiento. Estructura Áreas Gobierno
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 241

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 10 DE OCTUBRE DE 2023

Pág. 221

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
70

POZUELO DE ALARCÓN

Con fecha 21 de septiembre de 2023, la alcaldesa-presidenta ha dictado Decreto con
el siguiente tenor literal:
El municipio de Pozuelo de Alarcón está incluido en el ámbito de aplicación del régimen de organización de los municipios de gran población por acuerdo del Pleno de la
Asamblea de Madrid de 21 de febrero de 2008, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID de 7 de marzo siguiente.
De conformidad con lo establecido en el artículo 123 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local (LRBRL) la determinación de los niveles esenciales de la organización municipal, entre ellos las Áreas de Gobierno, se regula en los correspondientes Reglamentos de naturaleza orgánica, sin perjuicio de las atribuciones del alcalde para determinar el número de tales órganos, competencia que, a su vez, atribuye al
alcalde el artículo 124 del mismo texto legal.
En este sentido, el Reglamento Orgánico de Gobierno y Administración del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón (ROGA) aprobado definitivamente por Acuerdo del Pleno
de 30 de julio de 2008, regula en distintos preceptos, entre ellos los artículos 30.1.e) y 39 del
Título II, el régimen de las Áreas de Gobierno, estableciéndose que la determinación de la
estructura y organización de cada Área de Gobierno corresponde al alcalde mediante decreto, que sus titulares serán responsables de un sector de materias de competencia del Ayuntamiento y ejercerán las funciones de dirección, planificación y coordinación previstas en el
Reglamento Orgánico, así como que los titulares de las Áreas de Gobierno municipal los
nombrará el alcalde entre los concejales que reúnan la condición de tenientes de alcalde.
Por otro lado, el ROGA, en su artículo 63, se refiere a las Concejalías-Delegadas encargadas de la actividad de parte de un conjunto homogéneo de materias de las Áreas de
Gobierno.
Tras la constitución del Ayuntamiento surgido de las elecciones celebradas el 28 de
mayo de 2023, por decreto de la alcaldesa-presidenta de 19 de junio de 2023 se estableció
la Estructura de este Ayuntamiento.
Con motivo de la renuncia al acta de concejal de D. José Tortosa de la Iglesia que, además de ser el tercer teniente de alcalde, tenía atribuida la titularidad del Área de Gobierno
de Servicios y Embellecimiento de la Ciudad es preciso modificar la estructura del Ayuntamiento, al suprimirse una Tenencia de Alcaldía, y quedar en tres según mi Decreto de 13
de septiembre de 2023.
Con la nueva estructura contenida en este Decreto se atribuyen, por un lado, al Área
de Gobierno de Medio Ambiente, Vivienda y Desarrollo de la Ciudad las competencias que
hasta ahora se venían ejerciendo por el Área de Gobierno de Servicios y Embellecimiento
de la Ciudad. Y, por otro lado, se realiza una nueva distribución de las competencias de la
Concejalía Delegada de Recursos Humanos, Salud Pública, Consumo, Policía Municipal,
Protección Civil y Emergencias, así como las de Atención al Ciudadano y Fiestas en distintas Concejalías Delegadas.
Por ello, en virtud de las competencias que tengo atribuidas vengo en acordar lo siguiente:
Primero.—El Gobierno y Administración del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón se
estructura y organiza en las tres Áreas de Gobierno siguientes:
— Área de Gobierno de Medio Ambiente, Vivienda y Embellecimiento y Desarrollo
de la Ciudad.
— Área de Gobierno de Economía, Hacienda, Digitalización y Seguridad Ciudadana
— Área de Gobierno de Familia y Conciliación, Cultura y Política Social.
Segundo.—Competencias de las Áreas de Gobierno, Concejalías Delegadas y Titulares de las Áreas y de las Concejalías Delegadas.

BOCM-20231010-70

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO