D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20231010-38)
Convenio –  Adenda de 19 de septiembre de 2023, de prórroga del convenio entre la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad de Madrid y Caixabank, S. A., para el programa Mi Primera Vivienda, de 19 septiembre de 2022
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 241

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 10 DE OCTUBRE DE 2023

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I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
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ADENDA de 19 de septiembre de 2023, de prórroga del convenio entre la Consejería
de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad de Madrid y Caixabank, S. A., para el programa Mi Primera Vivienda, de 19 septiembre de 2022.
REUNIDOS

De una parte, don Jorge Rodrigo Domínguez, en nombre y representación de la Comunidad de Madrid en su calidad de Consejero de Vivienda, Transportes e Infraestructuras en virtud del Decreto 41/2023, de 23 de junio, por el que se dispone su nombramiento y actuando al
amparo de lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
Y, de otra parte, D. Juan Antonio Peña Peña, con NIF ***1979**, en virtud de escritura de poder autorizada por el Notario del Ilustre Colegio de Cataluña D. Tomás Giménez
Duart, con el número 1435 de su protocolo, de 24 de mayo de 2017, en nombre y representación de Caixabank, S. A., con CIF A-08663619 y con domicilio social en Valencia, Calle
Pintor Sorolla, números 2-4, CP 46002.
Las Partes se reconocen capacidad y competencia suficientes para formalizar la presente Adenda de prórroga y, a tal efecto,

I. Que, con fecha de 19 de septiembre de 2022 fue suscrito el Convenio entre la entonces Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad de Madrid
y Caixabank, S. A., para el programa Mi Primera Vivienda, pactándose una duración inicial de un año a contar desde el día de su formalización.
II. Que, el Convenio tiene por objeto regular la colaboración de la entidad financiera en el programa Mi Primera Vivienda, regulado por la Orden 2350/2022, de 27 de julio,
de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, modificada por la Orden 1331/2023, de 26 de abril, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura (en adelante, la Orden) consistente en el apoyo a aquellas personas jóvenes que no superen los treinta y cinco años de edad, que siendo solventes y teniendo recursos, no disponen
sin embargo del ahorro previo necesario para la adquisición de su primera vivienda.
III. Que, el artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público, regula la duración y régimen de prórrogas de los convenios y el artículo 15 de la Orden y la cláusula séptima del Convenio, cuya prórroga se pretende, señalan
que, excepcionalmente, podrá acordarse la prórroga de común acuerdo del mismo hasta un
año más, siempre que por causas no imputables a la entidad financiera queden todavía cantidades depositadas por la Comunidad de Madrid no afectas a hipotecas. Se señala asimismo que todas las operaciones formalizadas al amparo del Convenio se regirán en cuanto a
sus efectos y duración a lo previsto en la Orden reguladora del programa y, en especial, a
lo señalado en el artículo 13 de la misma.
IV. Que, antes de la expiración de la vigencia del Convenio, habiendo ejecutado la Entidad la totalidad de los fondos asignados por la Comunidad de Madrid a la misma, y no obstante, dada la existencia de fondos depositados por la Comunidad de Madrid en otras entidades financieras y que no tienen previsto ejecutar en su totalidad, habiendo sido oída la entidad
financiera en sede de la Comisión de Seguimiento prevista en su cláusula décima, las partes
estiman conveniente acordar la prórroga por un año más, hasta el 19 de septiembre de 2024.
Por todo lo expuesto, suscriben la presente Adenda de acuerdo con las siguientes,

BOCM-20231010-38

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