D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20231010-30)
Autorización instalación eléctrica – Resolución de 8 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular, sobre autorización administrativa de cierre de una subestación de 45/15 kV, denominada “Polígono industrial Alcorcón II”, ubicada en el polígono industrial de Alcorcón en el término municipal de Alcorcón (Madrid), solicitado por I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S. A. U. Número Expediente: 2023P419-14-0141-00419.7/2023
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BOCM
Pág. 104
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 10 DE OCTUBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 241
Tercero
Del examen de la documentación que obra en el expediente se desprende que se ha seguido el procedimiento y cumplido los requisitos establecidos en la normativa citada, así
como los demás de general y pertinente aplicación, por lo que esta Dirección General, en el
uso de sus atribuciones legalmente establecidas.
RESUELVE
Primero
Autorizar a I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S. A. U., el cierre y desmantelamiento de
una subestación de intemperie de 45/15 Kv, denominada “Polígono industrial Alcorcón II”,
de 26 MVA de potencia, ubicada en el polígono industrial de Alcorcón en el término municipal de Alcorcón (Madrid), con coordenadas ETRS89 HUSO30 X: 430.150; Y:4.465.678.
Segundo
El cierre y desmantelamiento se realizará de acuerdo con el proyecto presentado, con
las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen, cumpliendo las prescripciones dispuestas en los reglamentos vigentes.
El plazo para el cierre y desmantelamiento será de 24 meses, contados a partir de la fecha de notificación de la presente resolución, advirtiéndole que si transcurrido dicho plazo
no hubiera sido presentada la solicitud del acta de cierre, acompañada de la documentación
establecida en el artículo 32 del Decreto 70/2010, se producirá la caducidad de la autorización, sin perjuicio de que el interesado pueda solicitar, por causas justificadas, una ampliación del plazo establecido.
La documentación a presentar con la solicitud de acta de cierre deberá incluir declaración
responsable en la que el solicitante certifique que dispone de las oportunas concesiones, autorizaciones o permisos de Administraciones, organismos o empresas de servicios de interés general que puedan verse afectados por la instalación, en los bienes y derechos a su cargo.
Tercero
BOCM-20231010-30
La presente autorización administrativa de cierre y desmantelamiento se concede sin
perjuicio de las obligaciones de disponer de las autorizaciones, licencias o concesiones que
fuese necesario obtener de otros Organismos Oficiales competentes o de terceros, así como
del cumplimiento por parte del titular de otras obligaciones con los propietarios de locales
y terrenos.
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada en el plazo de un mes a partir de su notificación ante el Secretario General Técnico de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior de la Comunidad de
Madrid conforme al artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Mediante este acto se notifica al interesado la resolución adoptada en el procedimiento de referencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre.
Madrid, a 8 de septiembre de 2023.—La Directora General de Transición Energética
y Economía Circular, Cristina Aparicio Maeztu.
(02/15.659/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 104
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 10 DE OCTUBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 241
Tercero
Del examen de la documentación que obra en el expediente se desprende que se ha seguido el procedimiento y cumplido los requisitos establecidos en la normativa citada, así
como los demás de general y pertinente aplicación, por lo que esta Dirección General, en el
uso de sus atribuciones legalmente establecidas.
RESUELVE
Primero
Autorizar a I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S. A. U., el cierre y desmantelamiento de
una subestación de intemperie de 45/15 Kv, denominada “Polígono industrial Alcorcón II”,
de 26 MVA de potencia, ubicada en el polígono industrial de Alcorcón en el término municipal de Alcorcón (Madrid), con coordenadas ETRS89 HUSO30 X: 430.150; Y:4.465.678.
Segundo
El cierre y desmantelamiento se realizará de acuerdo con el proyecto presentado, con
las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen, cumpliendo las prescripciones dispuestas en los reglamentos vigentes.
El plazo para el cierre y desmantelamiento será de 24 meses, contados a partir de la fecha de notificación de la presente resolución, advirtiéndole que si transcurrido dicho plazo
no hubiera sido presentada la solicitud del acta de cierre, acompañada de la documentación
establecida en el artículo 32 del Decreto 70/2010, se producirá la caducidad de la autorización, sin perjuicio de que el interesado pueda solicitar, por causas justificadas, una ampliación del plazo establecido.
La documentación a presentar con la solicitud de acta de cierre deberá incluir declaración
responsable en la que el solicitante certifique que dispone de las oportunas concesiones, autorizaciones o permisos de Administraciones, organismos o empresas de servicios de interés general que puedan verse afectados por la instalación, en los bienes y derechos a su cargo.
Tercero
BOCM-20231010-30
La presente autorización administrativa de cierre y desmantelamiento se concede sin
perjuicio de las obligaciones de disponer de las autorizaciones, licencias o concesiones que
fuese necesario obtener de otros Organismos Oficiales competentes o de terceros, así como
del cumplimiento por parte del titular de otras obligaciones con los propietarios de locales
y terrenos.
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada en el plazo de un mes a partir de su notificación ante el Secretario General Técnico de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior de la Comunidad de
Madrid conforme al artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Mediante este acto se notifica al interesado la resolución adoptada en el procedimiento de referencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre.
Madrid, a 8 de septiembre de 2023.—La Directora General de Transición Energética
y Economía Circular, Cristina Aparicio Maeztu.
(02/15.659/23)
http://www.bocm.es
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791