C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20231007-1)
Extracto convocatoria subvenciones –  Extracto de la Orden de 29 de septiembre de 2023, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la financiación de los proyectos incluidos en la inversión 4 “Emprendimiento y microempresas”, del componente 23 “Nuevas políticas públicas para un mercado de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo”, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, Next Generation EU, en la Comunidad de Madrid y se procede a su convocatoria para el año 2023
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 239

SÁBADO 7 DE OCTUBRE DE 2023

Pág. 3

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
1

EXTRACTO de la Orden de 29 de septiembre de 2023, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueban las bases reguladoras de las
subvenciones destinadas a la financiación de los proyectos incluidos en la inversión 4 “Emprendimiento y microempresas”, del componente 23 “Nuevas políticas públicas para un mercado de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo”, en el
marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por
la Unión Europea, Next Generation EU, en la Comunidad de Madrid y se procede a su convocatoria para el año 2023.
BDNS: 719164

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8 de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
http://www.infosubvenciones.es/bdnstrans y en la página http://www.comunidad.madrid
Primero
1. Línea Primera. Personas trabajadoras autónomas.
Serán beneficiarias de esta línea de subvención aquellas personas trabajadoras autónomas,
dadas de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta
Propia o Autónomos (RETA), que cuenten con menos de diez trabajadores asalariados y tengan un volumen de negocio anual inferior a 2.000.000 de euros, cuyo domicilio fiscal se encuentre en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid de los siguientes requisitos:
a) Las personas trabajadoras autónomas con trabajadores asalariados, deberán haber
permanecido dadas de alta en el RETA ininterrumpidamente, y haber mantenido
como mínimo el mismo número de personas contratadas, durante los seis meses
anteriores a la fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
b) Igualmente podrán ser beneficiarias aquellas personas trabajadoras autónomas
con trabajadores contratados, que hayan permanecido dadas de alta en el RETA
en el plazo de los seis meses indicado en la letra anterior que, sin embargo, no hayan mantenido durante dicho período el número de personas contratadas, siempre
que mantengan su alta en el RETA, y como mínimo el mismo número de personas contratadas con el que cuenten en el momento de la publicación del extracto
de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, durante los seis meses siguientes a dicha publicación.
c) Las personas trabajadoras autónomas sin trabajadores contratados, deberán de estar dadas de alta ininterrumpidamente en el RETA, al menos seis meses antes de
la fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID, y mantenerse otros seis meses más de alta en dicho
régimen desde esa fecha.
2. Línea Segunda: Entidades Jurídicas.
Serán beneficiarias de esta línea de subvención aquellas microempresas, cualquiera
que sea su forma jurídica, comunidades de bienes, sociedades civiles y entidades de emprendimiento colectivo, que cuenten con menos de 10 trabajadores asalariados y tengan un
volumen de negocio anual inferior a 2.000.000 de euros, cuyo domicilio fiscal se encuentre en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, que además cumplan con alguno de
los siguientes requisitos:
a) Haber permanecido dadas de alta ininterrumpidamente en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) y haber mantenido, como mínimo, el mismo número de per-

BOCM-20231007-1

Beneficiarios