Chapinería (BOCM-20231006-48)
Régimen económico. Ordenanza fiscal servicios enseñanza
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 238
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 6 DE OCTUBRE DE 2023
Pág. 197
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
48
CHAPINERÍA
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20231006-48
El Pleno del Ayuntamiento de Chapinería, en sesión extraordinaria celebrada el día 25
de septiembre de 2023, acordó la aprobación provisional de la modificación de las siguientes ordenanzas fiscales reguladoras de tasas:
— Ordenanza número 21: tasa por prestación del servicio de enseñanza en establecimientos docentes de las entidades locales.
— Ordenanza número 27: tasa por expedición de documentos administrativos.
Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará
aprobado definitivamente dicho acuerdo.
Chapinería, a 26 de septiembre de 2023.—La alcaldesa, Lucía Moya Domínguez.
(03/16.376/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 238
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 6 DE OCTUBRE DE 2023
Pág. 197
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
48
CHAPINERÍA
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20231006-48
El Pleno del Ayuntamiento de Chapinería, en sesión extraordinaria celebrada el día 25
de septiembre de 2023, acordó la aprobación provisional de la modificación de las siguientes ordenanzas fiscales reguladoras de tasas:
— Ordenanza número 21: tasa por prestación del servicio de enseñanza en establecimientos docentes de las entidades locales.
— Ordenanza número 27: tasa por expedición de documentos administrativos.
Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará
aprobado definitivamente dicho acuerdo.
Chapinería, a 26 de septiembre de 2023.—La alcaldesa, Lucía Moya Domínguez.
(03/16.376/23)
http://www.bocm.es
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ISSN 1989-4791