Robledo de Chavela (BOCM-20231005-51)
Organización y funcionamiento. Nombramiento
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 5 DE OCTUBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 237

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
51

ROBLEDO DE CHAVELA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Habiéndose aprobado definitivamente el expediente delegación de competencias del alcalde, se publica el mismo para su general conocimiento y en cumplimiento del artículo 44
del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
Decreto de Alcaldía
Resultando que, con fecha diecisiete de junio de dos mil veintitrés, se constituyó la
Corporación Municipal, disponiendo esta Alcaldía de 30 días para la convocatoria de Pleno de la Corporación, en la que se dé cuenta de las resoluciones que, en materia de nombramiento de tenientes de alcalde, miembros de la Junta de Gobierno Local y presidentes de
las Comisiones Informativas Permanentes y Especiales, así como de las delegaciones conferidas por esta Alcaldía.
Considerando lo preceptuado en los artículos 20, 21 y 23 de la Ley 7/1985 de 2 de
abril, reguladora de las Bases de Régimen Local y artículos 38 y 11 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

Primero.—Modificar el decreto número 346/2023, de 30 de junio de 2023 y nombrar
tenientes de alcalde a los concejales siguientes, por este orden:
— Primer teniente de alcalde: D.a Coral Gloria Muñoz Manzano.
— Segundo Teniente de Alcalde: D.a Victoria Manzano Pozas.
A los tenientes de alcalde nombrados, previa aceptación de su cargo, les corresponde
en cuanto tales sustituir al alcalde en la totalidad de sus funciones y por el orden de su nombramiento, en los casos de ausencia, enfermedad o impedimento que le imposibilite para el
ejercicio de sus atribuciones.
Segundo.—Notificar personalmente la presente resolución a los designados, que se
considerará aceptada tácitamente salvo manifestación expresa.
Tercero.—Que de la presente resolución se dé cuenta al Pleno en la primera sesión que
este celebre, a los efectos de su conocimiento, y su remisión al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para su publicación en el mismo, así como en el tablón de anuncios del
Ayuntamiento, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente a la fecha de la misma.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante el alcalde-presidente de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien
interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al
de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el
recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo
hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer usted cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
Robledo de Chavela, a 22 de septiembre de 2023.—El alcalde, Mario Anselmo de la
Fuente Estévez.
(03/16.214/23)
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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

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HE RESUELTO