A) Disposiciones Generales - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20231005-2)
Estructura orgánica – Decreto 245 /2023, de 4 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad
11 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 237
JUEVES 5 DE OCTUBRE DE 2023
Pág. 29
DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA
Delegaciones de competencias
1. Las delegaciones de competencias otorgadas por los distintos órganos afectados
por este decreto continuarán vigentes hasta que sean expresamente revocadas o nuevamente otorgadas.
2. Cuando las delegaciones de competencias que mantienen sus efectos en virtud del
apartado anterior se hubiesen efectuado en favor de órganos suprimidos, las referidas delegaciones se entenderán vigentes en favor de los órganos en cuyo ámbito de actuación se encuadre la correspondiente competencia.
DISPOSICIÓN ADICIONAL CUARTA
Responsables de protección de datos personales
1. Los diferentes centros directivos de la consejería, son responsables del tratamiento de los datos personales en su respectivo ámbito de actividad, y les corresponde la gestión, coordinación y dirección del tratamiento de los datos, así como la determinación de
los fines y medios para garantizar el cumplimiento de la normativa en materia de protección de datos.
2. Adicionalmente a las competencias que se le atribuyen a la Secretaría General Técnica como responsable de sus propios tratamientos de datos, en relación a la función de coordinación en materia de protección de datos, éstas quedan recogidas en su participación en el
órgano colegiado Comité Delegado de Protección de Datos de la Consejería de Sanidad, la
cual le permite desarrollar las labores de coordinación e impulso de la protección de datos personales en los centros directivos y en la administración institucional adscrita a la consejería.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA
Modificaciones de crédito y plantillas
En tanto se proceda por la consejería competente a la adecuación de las estructuras orgánica y presupuestaria vigentes a la nueva organización administrativa resultante del presente
decreto, la gestión y tramitación de los expedientes se realizará por los órganos competentes
según la nueva distribución de competencias, con los créditos de los actuales programas.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA
Derogación normativa
Queda derogado el Decreto 1/2002, de 19 de enero, del Consejo de Gobierno, por el
que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad, así como cuantas otras
disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en el presente decreto.
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA
Habilitación normativa
Se autoriza al titular de esta consejería para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución del presente decreto.
Habilitación presupuestaria
1. Por el titular de la consejería competente en la materia se aprobarán las modificaciones presupuestarias y cuantas otras operaciones de carácter financiero y presupuestario
sean precisas para el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto.
2. De conformidad con lo establecido en la disposición transitoria tercera del Decreto 76/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, las adaptaciones que sean ne-
BOCM-20231005-2
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 237
JUEVES 5 DE OCTUBRE DE 2023
Pág. 29
DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA
Delegaciones de competencias
1. Las delegaciones de competencias otorgadas por los distintos órganos afectados
por este decreto continuarán vigentes hasta que sean expresamente revocadas o nuevamente otorgadas.
2. Cuando las delegaciones de competencias que mantienen sus efectos en virtud del
apartado anterior se hubiesen efectuado en favor de órganos suprimidos, las referidas delegaciones se entenderán vigentes en favor de los órganos en cuyo ámbito de actuación se encuadre la correspondiente competencia.
DISPOSICIÓN ADICIONAL CUARTA
Responsables de protección de datos personales
1. Los diferentes centros directivos de la consejería, son responsables del tratamiento de los datos personales en su respectivo ámbito de actividad, y les corresponde la gestión, coordinación y dirección del tratamiento de los datos, así como la determinación de
los fines y medios para garantizar el cumplimiento de la normativa en materia de protección de datos.
2. Adicionalmente a las competencias que se le atribuyen a la Secretaría General Técnica como responsable de sus propios tratamientos de datos, en relación a la función de coordinación en materia de protección de datos, éstas quedan recogidas en su participación en el
órgano colegiado Comité Delegado de Protección de Datos de la Consejería de Sanidad, la
cual le permite desarrollar las labores de coordinación e impulso de la protección de datos personales en los centros directivos y en la administración institucional adscrita a la consejería.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA
Modificaciones de crédito y plantillas
En tanto se proceda por la consejería competente a la adecuación de las estructuras orgánica y presupuestaria vigentes a la nueva organización administrativa resultante del presente
decreto, la gestión y tramitación de los expedientes se realizará por los órganos competentes
según la nueva distribución de competencias, con los créditos de los actuales programas.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA
Derogación normativa
Queda derogado el Decreto 1/2002, de 19 de enero, del Consejo de Gobierno, por el
que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad, así como cuantas otras
disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en el presente decreto.
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA
Habilitación normativa
Se autoriza al titular de esta consejería para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución del presente decreto.
Habilitación presupuestaria
1. Por el titular de la consejería competente en la materia se aprobarán las modificaciones presupuestarias y cuantas otras operaciones de carácter financiero y presupuestario
sean precisas para el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto.
2. De conformidad con lo establecido en la disposición transitoria tercera del Decreto 76/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, las adaptaciones que sean ne-
BOCM-20231005-2
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA