Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (BOCM-20231005-36)
Dirección General de Política Energética y Minas. Autorización administrativa
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 5 DE OCTUBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 237

II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO
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MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO

Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se otorga a GR Mandarín Renovables, S. L. autorización administrativa previa para la instalación
fotovoltaica GR Mandarín de 80 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Soto del Real, Colmenar Viejo y Tres Cantos, en la
provincia de Madrid.
GR Mandarín Renovables, S. L., en adelante, el promotor, con fecha 9 de abril de 2021, solicita autorización administrativa previa de la planta solar fotovoltaica GR Mandarín, de 99,99
MWp, en el término municipal de Soto del Real, así como de las infraestructuras de evacuación asociadas, que son las siguientes: Líneas subterráneas de media tensión a 30 kV hasta
la subestación Mandarín 30/132 kV; subestación Eléctrica Mandarín 30/132 kV; Línea
aérea a 132 kV desde la subestación Mandarín 132/30 kV hasta la subestación colectora
Tres Cantos 132/220 kV; subestación eléctrica Colectora Tres Cantos 220/132 kV; y la Línea mixta a 220 kV desde la subestación colectora Tres Cantos 132/220 kV hasta la subestación Tres Cantos GIS 220 kV, propiedad de Red Eléctrica de España, S. A. U.
El expediente ha sido incoado en la Dependencia de Industria y Energía de la Delegación de Gobierno en Madrid, y se ha tramitado de conformidad con lo previsto en el Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte,
distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y con lo dispuesto en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, habiéndose solicitado los correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o de servicios de interés general
en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y derechos a su cargo.
Se han recibido contestaciones de la que no se desprende oposición de la Dirección
General de Transportes y Movilidad de la Consejería de Transportes e Infraestructuras de
la Comunidad de Madrid, de la Dirección General de Promoción Económica e Industrial de
la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid, de la Dirección General de Infraestructura de la Secretaría de Estado de Defensa del Ministerio de Defensa, y de Madrileña Red de Gas, S. A. U. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual expresa su conformidad con las mismas.
Se han recibido contestaciones del Ayuntamiento de Tres Cantos, Confederación Hidrográfica del Tajo O. A., Enagás, S. A., I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S. A. U., Canal de Isabel II, S. L. y de Telefónica, S. A., donde se muestran condicionantes a la ejecución de las actuaciones a llevar a cabo por el promotor. Se ha dado traslado al promotor de
dichas contestaciones, el cual manifiesta su conformidad con las mismas.
Se ha recibido informe del Ayuntamiento de Colmenar Viejo, en el que declara una serie de condicionados técnicos a cumplir por el proyecto para mostrar su conformidad. Se ha
dado traslado al promotor de dicha contestación, el cual manifiesta que se cumplirá con la
legislación en la materia para la correcta implantación de la planta fotovoltaica y la infraestructura de evacuación asociada. Se ha dado traslado al organismo de la respuesta, el cual
establece su disconformidad en relación con la línea de evacuación a 132 kV propuesta por
el promotor, y la afección que causa a la zona protegida P4 Dehesa de Navalvillar, así como
a zonas de protección arqueológicas calificadas tipo A, con restos catalogados como Bienes de Interés Cultural y pendientes de estudio pericial arqueológico. Respecto a las consideraciones en materia de medio ambiente, estas son objeto del trámite de evaluación de impacto ambiental ordinaria del proyecto del cual se ha resuelto la declaración de impacto
ambiental y las condiciones y medidas adicionales que deben ser tenidas en cuenta por parte del promotor para el proyecto.
Se ha recibido respuesta de Red Eléctrica de España, S. A. U., en el que pone de manifiesto, entre otros condicionados técnicos, que la línea de evacuación a 220 kV “SET Colectora Tres Cantos - SET Tres Cantos GIS” puede suponer afecciones sobre las infraestructuras eléctricas a 220 kV que conectan: San Sebastián de los Reyes-Tres Cantos
con San Sebastián de los Reyes-Tres Cantos GIS; La Cereal con Tres Cantos y; Tres Cantos con Tres Cantos GIS; todas propiedades del organismo en cuestión. Se ha dado trasla-

BOCM-20231005-36

Dirección General de Política Energética y Minas