D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20231004-21)
Disolución asociación – Resolución de 15 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre disolución de la asociación empresarial denominada Asociación de Clínicas Privadas de Madrid (ACPM) (número de depósito de la Asociación 28000124)
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BOCM
Pág. 68
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 4 DE OCTUBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 236
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
21
RESOLUCIÓN de 15 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo
de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre disolución de la asociación empresarial denominada Asociación de Clínicas Privadas de Madrid
(ACPM) (número de depósito de la Asociación 28000124).
Visto el escrito de solicitud de suspensión y disolución de las organizaciones sindicales y empresariales presentado por D. Luis Mendicuti Sabater, en representación de la asociación empresarial denominada Asociación de Clínicas Privadas de Madrid (ACPM) y teniendo en cuenta los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero
Que se ha presentado acta de la asamblea general extraordinaria celebrada el 23 de
marzo de 2022, en la que se acuerda la disolución de la citada Asociación.
Dicha acta fue suscrita por el Presidente, D. Tomás Merina Ortega y la Secretaria General, D.a María del Pilar Ruiz Calabaza.
Al observarse defectos en la documentación presentada se requirió, con fecha 2 de agosto de 2023, la subsanación de los mismos, que fue efectuada el día 23 de agosto de 2023.
Segundo
Que examinada la documentación presentada se comprueba que la misma cumple todos los requisitos legales establecidos en la Ley 19/1977, de 1 de abril, Reguladora del Derecho de Asociación Sindical y Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, que la desarrolla.
A los anteriores Antecedentes, son de aplicación los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero
Que la Dirección General de Trabajo es competente para resolver la presente solicitud, de
conformidad con lo establecido en la Ley 19/1977, de 1 de abril, Reguladora del Derecho de
Asociación Sindical; Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las
organizaciones sindicales y empresariales constituidas al amparo de la Ley 19/1977, de 1 de
abril, y Real Decreto 932/1995, de 9 de junio, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la
Administración del Estado a la Comunidad de Madrid, en materia de Trabajo y demás disposiciones complementarias concordantes.
Que del análisis de la documentación aportada se comprueba que se ha cumplido el procedimiento de disolución de la Asociación, establecido en el artículo 35.1 de los estatutos,
así como en el artículo 10 del Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, por lo que procede su
publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de acuerdo con lo establecido en el artículo 13.3 de la citada disposición reglamentaria.
Por todo lo expuesto, esta Dirección General de Trabajo
ACUERDA
El depósito de la disolución de la asociación empresarial Asociacion de Clínicas Privadas de Madrid (ACPM); así como la inserción de esta Resolución en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a fin de dar publicidad a la admisión efectuada.
BOCM-20231004-21
Segundo
Pág. 68
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 4 DE OCTUBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 236
I. COMUNIDAD DE MADRID
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21
RESOLUCIÓN de 15 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo
de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre disolución de la asociación empresarial denominada Asociación de Clínicas Privadas de Madrid
(ACPM) (número de depósito de la Asociación 28000124).
Visto el escrito de solicitud de suspensión y disolución de las organizaciones sindicales y empresariales presentado por D. Luis Mendicuti Sabater, en representación de la asociación empresarial denominada Asociación de Clínicas Privadas de Madrid (ACPM) y teniendo en cuenta los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero
Que se ha presentado acta de la asamblea general extraordinaria celebrada el 23 de
marzo de 2022, en la que se acuerda la disolución de la citada Asociación.
Dicha acta fue suscrita por el Presidente, D. Tomás Merina Ortega y la Secretaria General, D.a María del Pilar Ruiz Calabaza.
Al observarse defectos en la documentación presentada se requirió, con fecha 2 de agosto de 2023, la subsanación de los mismos, que fue efectuada el día 23 de agosto de 2023.
Segundo
Que examinada la documentación presentada se comprueba que la misma cumple todos los requisitos legales establecidos en la Ley 19/1977, de 1 de abril, Reguladora del Derecho de Asociación Sindical y Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, que la desarrolla.
A los anteriores Antecedentes, son de aplicación los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero
Que la Dirección General de Trabajo es competente para resolver la presente solicitud, de
conformidad con lo establecido en la Ley 19/1977, de 1 de abril, Reguladora del Derecho de
Asociación Sindical; Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las
organizaciones sindicales y empresariales constituidas al amparo de la Ley 19/1977, de 1 de
abril, y Real Decreto 932/1995, de 9 de junio, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la
Administración del Estado a la Comunidad de Madrid, en materia de Trabajo y demás disposiciones complementarias concordantes.
Que del análisis de la documentación aportada se comprueba que se ha cumplido el procedimiento de disolución de la Asociación, establecido en el artículo 35.1 de los estatutos,
así como en el artículo 10 del Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, por lo que procede su
publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de acuerdo con lo establecido en el artículo 13.3 de la citada disposición reglamentaria.
Por todo lo expuesto, esta Dirección General de Trabajo
ACUERDA
El depósito de la disolución de la asociación empresarial Asociacion de Clínicas Privadas de Madrid (ACPM); así como la inserción de esta Resolución en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a fin de dar publicidad a la admisión efectuada.
BOCM-20231004-21
Segundo