B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES - O. A. AGENCIA MADRILEÑA DE ATENCIÓN SOCIAL (BOCM-20231003-27)
Puesto libre designación – Resolución 1416/2023, de 22 de septiembre, del Gerente de la Agencia Madrileña de Atención Social, por la que se aprueba convocatoria pública para la provisión, de varios puestos de trabajo de carrera de naturaleza laboral, por el procedimiento de Libre Designación
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 235
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 3 DE OCTUBRE DE 2023
Pág. 117
I. COMUNIDAD DE MADRID
B) Autoridades y Personal
Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
O. A. AGENCIA MADRILEÑA DE ATENCIÓN SOCIAL
27
RESOLUCIÓN 1416/2023, de 22 de septiembre, del Gerente de la Agencia Madrileña de Atención Social, por la que se aprueba convocatoria pública para la
provisión, de varios puestos de trabajo de carrera de naturaleza laboral, por el
procedimiento de Libre Designación.
Con la finalidad de proveer, mediante el sistema de Libre Designación, varios puestos
de carrera reservados al personal laboral fijo de la Administración de la Comunidad de
Madrid y conforme a lo previsto en los artículos 30, 73 y siguientes del Convenio Colectivo Único para el Personal Laboral al Servicio de la Administración de la Comunidad de
Madrid (2021-2024), se procede a la aprobación de las siguientes
BASES DE CONVOCATORIA
Primera
Objeto
Es objeto de la presente convocatoria la provisión, mediante el sistema de Libre Designación, de los puestos de carrera de naturaleza laboral relacionados en el anexo I, con las
especificaciones y características indicadas en el mismo.
El régimen de desempeño de estos puestos de carrera, se acomodará a lo previsto por
el Convenio Colectivo único para el Personal Laboral al servicio de la Administración de la
Comunidad de Madrid (2021-2024).
De conformidad con lo establecido en el artículo 82 del vigente Convenio Colectivo
único para el Personal Laboral al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid
quien acceda a un puesto clasificado como de Libre Designación podrá ser sujeto al cese en
el mismo con carácter discrecional. También será causa de cese la amortización del puesto
de carrera o la modificación sustancial de sus características. Los efectos del cese serán los
establecidos en el artículo 83 del Convenio Colectivo citado.
Segundo
Podrán participar en la convocatoria quienes reúnan los siguientes requisitos:
a) Ostentar la condición de personal laboral fijo de la Administración de la Comunidad de Madrid incluido en el ámbito de aplicación del Convenio Colectivo, con
excepción del personal de las empresas públicas.
b) Encontrarse en activo, en excedencia por cuidado de hijos, por cuidado de familiares, por razón de violencia de género o por motivos particulares.
c) No hallarse cumpliendo una sanción de demérito que comporte la suspensión del
derecho a concurrir en convocatorias de provisión de puestos de carrera.
d) Pertenecer al grupo profesional, categoría y área de actividad a que se encuentre
adscrito los puestos convocados.
e) No haber sido condenado por sentencia firme por cualquier delito contra la libertad e indemnidad sexuales.
El requisito se acreditará mediante certificación negativa del Registro Central de
delincuentes sexuales. Los aspirantes de nacionalidad distinta de la española deberán acreditar, además de la certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales, la certificación negativa de condenas penales expedida por las
autoridades de su país de origen o de donde sean nacionales, respecto de los delitos
relacionados en el apartado 1 del artículo 3 del Real Decreto 1110/2015, de 11 de
BOCM-20231003-27
Condiciones y requisitos de participación
B.O.C.M. Núm. 235
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 3 DE OCTUBRE DE 2023
Pág. 117
I. COMUNIDAD DE MADRID
B) Autoridades y Personal
Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
O. A. AGENCIA MADRILEÑA DE ATENCIÓN SOCIAL
27
RESOLUCIÓN 1416/2023, de 22 de septiembre, del Gerente de la Agencia Madrileña de Atención Social, por la que se aprueba convocatoria pública para la
provisión, de varios puestos de trabajo de carrera de naturaleza laboral, por el
procedimiento de Libre Designación.
Con la finalidad de proveer, mediante el sistema de Libre Designación, varios puestos
de carrera reservados al personal laboral fijo de la Administración de la Comunidad de
Madrid y conforme a lo previsto en los artículos 30, 73 y siguientes del Convenio Colectivo Único para el Personal Laboral al Servicio de la Administración de la Comunidad de
Madrid (2021-2024), se procede a la aprobación de las siguientes
BASES DE CONVOCATORIA
Primera
Objeto
Es objeto de la presente convocatoria la provisión, mediante el sistema de Libre Designación, de los puestos de carrera de naturaleza laboral relacionados en el anexo I, con las
especificaciones y características indicadas en el mismo.
El régimen de desempeño de estos puestos de carrera, se acomodará a lo previsto por
el Convenio Colectivo único para el Personal Laboral al servicio de la Administración de la
Comunidad de Madrid (2021-2024).
De conformidad con lo establecido en el artículo 82 del vigente Convenio Colectivo
único para el Personal Laboral al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid
quien acceda a un puesto clasificado como de Libre Designación podrá ser sujeto al cese en
el mismo con carácter discrecional. También será causa de cese la amortización del puesto
de carrera o la modificación sustancial de sus características. Los efectos del cese serán los
establecidos en el artículo 83 del Convenio Colectivo citado.
Segundo
Podrán participar en la convocatoria quienes reúnan los siguientes requisitos:
a) Ostentar la condición de personal laboral fijo de la Administración de la Comunidad de Madrid incluido en el ámbito de aplicación del Convenio Colectivo, con
excepción del personal de las empresas públicas.
b) Encontrarse en activo, en excedencia por cuidado de hijos, por cuidado de familiares, por razón de violencia de género o por motivos particulares.
c) No hallarse cumpliendo una sanción de demérito que comporte la suspensión del
derecho a concurrir en convocatorias de provisión de puestos de carrera.
d) Pertenecer al grupo profesional, categoría y área de actividad a que se encuentre
adscrito los puestos convocados.
e) No haber sido condenado por sentencia firme por cualquier delito contra la libertad e indemnidad sexuales.
El requisito se acreditará mediante certificación negativa del Registro Central de
delincuentes sexuales. Los aspirantes de nacionalidad distinta de la española deberán acreditar, además de la certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales, la certificación negativa de condenas penales expedida por las
autoridades de su país de origen o de donde sean nacionales, respecto de los delitos
relacionados en el apartado 1 del artículo 3 del Real Decreto 1110/2015, de 11 de
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Condiciones y requisitos de participación