D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20231003-72)
Convenio – Convenio de 15 de septiembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales) y la Asociación Auxiliares del Buen Pastor-Villa Teresita, por el que se instrumenta la concesión directa de una subvención por importe de 60.000,00 euros, para el “Proyecto Amanecer” en 2023
20 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 235
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 3 DE OCTUBRE DE 2023
Pág. 251
la Administración concedente recabará de oficio las certificaciones acreditativas del cumplimiento de las citadas obligaciones.
En relación con esta cuestión, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 95 de
la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, el beneficiario, con la firma del presente convenio, otorga su consentimiento expreso a la consulta de las obligaciones tributarias por parte de la Administración concedente.
Asimismo, estará sujeta a las actuaciones de comprobación y verificación de la realización y gestión del proyecto y de sus gastos, por parte de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, la Intervención General de la Comunidad de Madrid, la Cámara de
Cuentas u otros órganos competentes conforme a la legislación vigente aplicable en materia de subvenciones, debiendo incorporar a todas las actividades que se realicen en base a
este Convenio, el logotipo oficial de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, haciendo constar en todas las publicaciones y material de información, difusión y divulgación del mismo la financiación de esta Administración.
Auxiliares del Buen Pastor-Villa Teresita se obliga a presentar declaración responsable de la persona representante legal de la entidad, como responsable de los tratamientos de
datos personales realizados como consecuencia del desarrollo del proyecto del presente
Convenio, por la que asuma cumplir con las obligaciones jurídicas, técnicas y organizativas establecidas en el Reglamento General UE 2016/679 del Parlamento Europeo y del
Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, por el que se
deroga la directiva 95/46/CE (en adelante RGPD) y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. Así como
que el tratamiento de los datos relativos a víctimas se encuentre sujeto a las prescripciones
establecidas en la Ley 5/2005, de 20 de diciembre, integral contra la violencia de género de
la Comunidad de Madrid, y expresamente en el artículo 28 de la misma relativo a la confidencialidad de los datos identificativos.
Quinta
Importe y abono de la subvención
La Comunidad de Madrid subvencionará los gastos previstos en el presente Convenio
por importe de sesenta mil euros (60.000,00 euros) con cargo a la partida 48070 del Programa 232B del Capítulo 4 Transferencias Corrientes, del presupuesto de gastos de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales 2022, prorrogado hasta la entrada en vigor de
los Presupuestos Generales para 2023.
El pago de este importe se realizará de forma anticipada en un pago único, a la firma
del Convenio mediante su ingreso en la cuenta y entidad bancaria que la Entidad beneficiaria designe a tal efecto.
De conformidad con el artículo 10 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones
de la Comunidad de Madrid, la entidad beneficiaria está exenta de constituir garantías para
efectuar el anticipo a cuenta.
Con carácter previo al pago de la subvención, Auxiliares del Buen Pastor-Villa Teresita deberá hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones, tributarias con la
hacienda estatal y autonómica, así como frente a la Seguridad Social, a cuyos fines la acreditación documental de esta situación se efectuará conforme a lo dispuesto en la cláusula
cuarta del presente convenio.
Sexta
Serán gastos subvencionables:
— Costes de Personal: retribuciones y costes de seguridad social del personal contratado.
El período subvencionable a efectos de gastos será desde el 1 de enero de 2023 hasta
el 31 de diciembre de 2023.
BOCM-20231003-72
Gastos y período subvencionable
B.O.C.M. Núm. 235
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 3 DE OCTUBRE DE 2023
Pág. 251
la Administración concedente recabará de oficio las certificaciones acreditativas del cumplimiento de las citadas obligaciones.
En relación con esta cuestión, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 95 de
la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, el beneficiario, con la firma del presente convenio, otorga su consentimiento expreso a la consulta de las obligaciones tributarias por parte de la Administración concedente.
Asimismo, estará sujeta a las actuaciones de comprobación y verificación de la realización y gestión del proyecto y de sus gastos, por parte de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, la Intervención General de la Comunidad de Madrid, la Cámara de
Cuentas u otros órganos competentes conforme a la legislación vigente aplicable en materia de subvenciones, debiendo incorporar a todas las actividades que se realicen en base a
este Convenio, el logotipo oficial de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, haciendo constar en todas las publicaciones y material de información, difusión y divulgación del mismo la financiación de esta Administración.
Auxiliares del Buen Pastor-Villa Teresita se obliga a presentar declaración responsable de la persona representante legal de la entidad, como responsable de los tratamientos de
datos personales realizados como consecuencia del desarrollo del proyecto del presente
Convenio, por la que asuma cumplir con las obligaciones jurídicas, técnicas y organizativas establecidas en el Reglamento General UE 2016/679 del Parlamento Europeo y del
Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, por el que se
deroga la directiva 95/46/CE (en adelante RGPD) y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. Así como
que el tratamiento de los datos relativos a víctimas se encuentre sujeto a las prescripciones
establecidas en la Ley 5/2005, de 20 de diciembre, integral contra la violencia de género de
la Comunidad de Madrid, y expresamente en el artículo 28 de la misma relativo a la confidencialidad de los datos identificativos.
Quinta
Importe y abono de la subvención
La Comunidad de Madrid subvencionará los gastos previstos en el presente Convenio
por importe de sesenta mil euros (60.000,00 euros) con cargo a la partida 48070 del Programa 232B del Capítulo 4 Transferencias Corrientes, del presupuesto de gastos de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales 2022, prorrogado hasta la entrada en vigor de
los Presupuestos Generales para 2023.
El pago de este importe se realizará de forma anticipada en un pago único, a la firma
del Convenio mediante su ingreso en la cuenta y entidad bancaria que la Entidad beneficiaria designe a tal efecto.
De conformidad con el artículo 10 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones
de la Comunidad de Madrid, la entidad beneficiaria está exenta de constituir garantías para
efectuar el anticipo a cuenta.
Con carácter previo al pago de la subvención, Auxiliares del Buen Pastor-Villa Teresita deberá hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones, tributarias con la
hacienda estatal y autonómica, así como frente a la Seguridad Social, a cuyos fines la acreditación documental de esta situación se efectuará conforme a lo dispuesto en la cláusula
cuarta del presente convenio.
Sexta
Serán gastos subvencionables:
— Costes de Personal: retribuciones y costes de seguridad social del personal contratado.
El período subvencionable a efectos de gastos será desde el 1 de enero de 2023 hasta
el 31 de diciembre de 2023.
BOCM-20231003-72
Gastos y período subvencionable