Madrid (BOCM-20231002-63)
Régimen económico. Pleno del Ayuntamiento. Modificación presupuestaria
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 234

LUNES 2 DE OCTUBRE DE 2023

Pág. 291

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
63

MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO

Pleno del Ayuntamiento
Acuerdo del Pleno, de 28 de septiembre de 2023, por el que se aprueba la concesión
de un suplemento de crédito, por importe de 404.489,86 euros, en el presupuesto del Ayuntamiento de Madrid (Área de Gobierno de Obras y Equipamientos y Distrito de Latina).
El Pleno del Ayuntamiento en la sesión (12/2023) ordinaria celebrada el día 28 de septiembre de 2023, adoptó el siguiente acuerdo:
“Aprobar la concesión de un suplemento de crédito por importe de 404.489,86 euros
en el Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para 2022, prorrogado al ejercicio 2023 hasta la aprobación y publicación del nuevo presupuesto (Área de Gobierno de Obras y Equipamientos y Distrito de Latina), con el detalle de las aplicaciones presupuestarias que corresponden a este suplemento de crédito, que se recogen en las dotaciones del anexo.
La citada modificación se financia con el remanente de tesorería para gastos con financiación afectada resultante de la Liquidación del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid
del ejercicio 2022”.
ANEXO
CENTRO

SECCIÓN

PROGRAMA

ECONÓMICO

001

190

153.21

609.02

SISTEMAS DE COOPERACIÓN

DENOMINACIÓN

IMPORTE

001

210

153.22

210.01

REPARACIÓN MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE
VÍAS PÚBLICAS A CARGO DE PARTICULARES

395.729,64

TOTAL SUPLEMENTO DE CRÉDITO

8.760,22
404.489,86

RESUMEN POR CAPÍTULOS

CAPÍTULO

GASTOS
ALTAS

BAJAS

INGRESOS
TOTAL

MAYOR

MENOR

TOTAL

Capítulo 1
Capítulo 2

8.760,22

8.760,22

395.729,64

395.729,64

Capítulo 3
Capítulo 4
Capítulo 6
Capítulo 7
Capítulo 8

404.489,86

404.489,86

404.489,86

404.489,86

TOTAL

404.489,86

404.489,86

Lo que se hace público para general conocimiento, indicándose que contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse directamente recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la
publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.1, 10.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, todo ello sin perjuicio de que los
interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente en derecho (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Madrid, a 28 de septiembre de 2023.—El secretario general del Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.
(03/16.555/23)
http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

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Capítulo 9