El Escorial (BOCM-20231002-75)
Régimen económico. Ordenanzas fiscales
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 234
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 2 DE OCTUBRE DE 2023
Pág. 319
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
75
EL ESCORIAL
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20231002-75
El Pleno del Ayuntamiento de la Leal Villa de El Escorial, en sesión ordinaria celebrada el día 27 de septiembre de 2023, acordó la aprobación provisional de la modificación de
las siguientes ordenanzas fiscales: “ordenanza reguladora para la determinación de la cuota tributaria del impuesto sobre bienes inmuebles”, “ordenanza fiscal de la tasa por ocupación de la vía pública con puestos, barracas, casetas de venta, espectáculos, atracciones o
recreo situados en terrenos de uso público local, así como industrias callejeras y ambulantes y rodaje cinematográfico”, “ordenanza fiscal de la tasa por ocupación de terrenos de uso
público con mesas, sillas, tribunas, tablados y otros elementos análogos con finalidad lucrativa”, “ordenanza general de recaudación de los tributos y otros ingresos de derecho público locales y fianzas y depósitos” y “ordenanza fiscal de los servicios deportivos del Ayuntamiento de El Escorial” y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17 del Real
Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la
Ley Reguladora de las Haciendas Locales, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar reclamaciones durante el plazo de treinta días contados a partir del día
hábil siguiente del de publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará
aprobado definitivamente dicho acuerdo.
En El Escorial, a 28 de septiembre de 2023.—La concejala-delegada de Hacienda,
Vanesa Herranz Benito.
(03/16.511/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 234
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 2 DE OCTUBRE DE 2023
Pág. 319
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
75
EL ESCORIAL
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20231002-75
El Pleno del Ayuntamiento de la Leal Villa de El Escorial, en sesión ordinaria celebrada el día 27 de septiembre de 2023, acordó la aprobación provisional de la modificación de
las siguientes ordenanzas fiscales: “ordenanza reguladora para la determinación de la cuota tributaria del impuesto sobre bienes inmuebles”, “ordenanza fiscal de la tasa por ocupación de la vía pública con puestos, barracas, casetas de venta, espectáculos, atracciones o
recreo situados en terrenos de uso público local, así como industrias callejeras y ambulantes y rodaje cinematográfico”, “ordenanza fiscal de la tasa por ocupación de terrenos de uso
público con mesas, sillas, tribunas, tablados y otros elementos análogos con finalidad lucrativa”, “ordenanza general de recaudación de los tributos y otros ingresos de derecho público locales y fianzas y depósitos” y “ordenanza fiscal de los servicios deportivos del Ayuntamiento de El Escorial” y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17 del Real
Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la
Ley Reguladora de las Haciendas Locales, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar reclamaciones durante el plazo de treinta días contados a partir del día
hábil siguiente del de publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará
aprobado definitivamente dicho acuerdo.
En El Escorial, a 28 de septiembre de 2023.—La concejala-delegada de Hacienda,
Vanesa Herranz Benito.
(03/16.511/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791